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Iquitos

JUZGADO PAZ LETRADO

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EDICTO PENAL
EXP. N° 00084-2014-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a la agraviada SILVIA BLANCO CANAQUIRI y al denunciado PABLO FLORES HUAYA lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que han sido devueltas las cédulas de notificación pertenecientes a los sujetos procesales, manifestando el Notificador en sus Razones de Dicho, que las viviendas de los destinatarios se encuentra inundado por la creciente del Río Amazonas; Asimismo, el Notificador  EBER A. RUIZ SANTILLAN, informa también que no se puede cumplir con la mencionada diligencia por falta de presupuesto (FALTA DE PAGO DE MOVILIDAD LOCAL DESDE EL MES DE SETIEMBRE DEL 2,014 A LA FECHA).- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley. RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO Iquitos, Dieciocho de Marzo Del Año Dos Mil Quince.- DADO CUENTA el Acta de Inconcurrencia  que antecede, la misma que obra en autos a fojas  cincuenta y uno, téngase presente, estando a las cédulas devueltas con Razón de Dicho pertenecientes a la agraviada e imputado, y siendo el estado del proceso REPROGRAMESE la Diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el DIA MIERCOLES QUINCE DE ABRIL  del año dos mil quince a horas TRES Y TREINTA  DE LA TARDE  (hora exacta) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – sito en la Calle R. Palma N° 552 – 2° Piso;  DEBIENDO  la parte inculpada PABLO FLORES HUAYA, concurrir obligatoriamente acompañado de su Abogado Defensor; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al local del Juzgado  por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se procederá a prescindirse de su Declaración Preventiva del presente proceso en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada.- VUELVASE A NOTIFICAR a los sujetos procesales en su domicilio señalado en autos, con la Resolución Número Siete y la presente; sin perjuicio de notificárseles  mediante Edicto de ley.- Asimismo; HABILÍTESE al Notificador EBER E. RUIZ SANTILLAN, para el diligenciamiento de las Resoluciones antes mencionadas.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 18 de Marzo del 2,014
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(23,24 y 25)

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