EDICTO
En el Expediente N° 00219-2025-0-1905-JP-CI-01, seguido por LLESLY TANNY CABRAL ROPDRIGUEZ y en representación de su menor hija Safia Naif Espinoza Cabral y de su hija mayor JENNIFER JERALDYNE ESPINOZA CABRAL, sobre SUCESION INTESTADA, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Requena ha ordenado mediante resolución UNO, de fecha 18.03.2025. III. SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la presente solicitud de SUCESION INTESTADA, en la VIA NO CONTENCIOSA interpuesta por CABRAL RODRIGUEZ LLESLY TANNY (calidad de esposa) y en representación de su menor hija Safia Naif Espinoza Cabral, y así mismo también su hija mayor ESPINOZA CABRAL JENNIFER JERALDYNE solicita la sucesión intestada de quien en vida fue su esposo y padre de sus hijas: ANDY ESPINOZA FLORES y conforme a lo prescrito en los artículos 828° y 833° del Código acotado, PUBLIQUESE el extracto de la solicitud, por una sola vez, en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “La Región” de la ciudad de Iquitos (debiendo la parte accionante apersonarse a este Juzgado, a efectos de recoger los edictos para su correspondiente publicación) e INSCRIBASE en los Registros de Sucesión Intestada, Mandatos y Poderes y en los que tenga derechos y acciones la causante, para tal fin, CURSESE los partes judiciales a los Registros correspondientes; y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 832° y 835° del Código Procesal Civil. 2. AL PRIMER OTROSI DIGO; a lo expuesto, TENGASE PRESENTE Y AGREGUESE A LOS AUTOS. 3. Avocándose al conocimiento del presente proceso el señor juez que suscribe e interviniendo la secretaria judicial que autoriza, por disposición superior NOTIFIQUESE.
Requena 22 de mayo del 2025
Abg. ANGIE FRANCESCA SORIA OCAMPO
Secretaria Judicial de Paz Letrado
Módulo Básico de Justicia de Requena
V-1()B/
S/ 65.00
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