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JUZGADO MIXTO

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EDICTO JUDICIAL – FAMILIA CIVIL
EXPEDIENTE: N° 00001-2025-0-1905-JM-FC-01
EXPEDIENTE: 00001-2025-0-1905-JM-FC-01
MATERIA: TUTELA
JUEZ: SALGADO DIAZ LUIS MIGUEL ANGEL
ESPECIALISTA: ASIPALI GARCIA ROLLY SLY
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA REQUENA
DEMANDADO: MEJIA PEREZ, WALTER
MACUYAMA TAMANI, BELLA
DEMANDANTE: MACUYAMA TAMANI, RAUL
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.
Requena, 04 de marzo de 2025.
AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con la demanda de TUTELA LEGÍTIMA DE MENOR, de fecha 06 de enero de 2025, se RESUELVE: 1) ADMITIR A TRÁMITE la demanda incoada por RAÚL MACUYAMA TAMANI sobre TUTELA DE DERECHO, contra BELLA MACUYAMA TAMANI (hija occisa), ADELMAR ESTEBAN PACAYA DEL ÁGUILA (yerno occiso), WALTER MEJÍA PEREZ (yerno occiso), y el MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA PROVINCIAL CIVIL Y DE FAMILIA DE REQUENA; la misma que se tramitará en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. 2) TÉNGASE POR OFRECIDOS los medios probatorios que se indican, reservándose su admisión y actuación en su determinado estadío procesal. 3) CÓRRASE TRASLADO a la Representante del MINISTERIO PÚBLICO – FISCALÍA PROVINCIAL CIVIL Y DE FAMILIA DE REQUENA, con la copia de la Demanda y Anexos y Auto Admisorio, en su dirección domiciliaria, a fin de que en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES de notificada con la presente resolución, formule contradicción en caso de considerarlo necesario; en atención al artículo 753° del Código Procesal Civil. 4) SEÑÁLESE FECHA Y HORA para la realización de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACION JUDICIAL para el día LUNES CINCO DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO (05.05.2025) A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 PM), HORA EXACTA; diligencia que llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Requena, ubicado en calle Recreo S/N (ref. frente al cementerio), bajo la modalidad presencial, bajo apercibimiento de declararse concluido el proceso en caso de inconcurrencia de las partes, conforme lo dispuesto in fine del artículo 203° del Código Procesal Civil. 5) NOTIFÍQUESE un extracto de la presente resolución mediante EDICTO JUDICIAL y RADIAL.
Abg. ROLLY SLY ASIPALI GARCIA
Especialista Judicial
Juzgado Mixto, en adición Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de la Provincia de Requena
V-3(25, 26 y 27)

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