EDICTO CIVIL
Expediente N° 00010-2018-0-1906-JM-CI-01, el Señor Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali – Contamana, Doctor JOSUE W. CORDOVA PINTADO, secretario Judicial Abog. NOEMI JULCA ARAUJO, que autoriza por Disposición Superior, mediante Res. N° 03 de fecha 25 de Abril del 2018, ha resuelto: ADMITIR a trámite la demanda, interpuesta por WASHINGTON LARICO CAYO y SARA LUZ MELENDEZ HIDALGO, contra la SUCESION DE DON AMBROSIO MAYORA PRADA y DOÑA ROSA ELVINA MORENO VASQUEZ, en la Vía de PROCESO ABREVIADO; por lo que se ordena conferir traslado al demandado por el plazo de DIEZ (10) DIAS, a fin de que absuelva la presente acción, bajo apercibimiento de ser declarados en REBELDIA. Téngase por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos los anexos que se adjuntan No habiendo hecho referencia los actores a parientes cercanos de los fallecidos, corresponde: NOTIFICAR VIA EDICTO, debiéndose efectuar las publicaciones respectivas en el Diario Oficial “El Peruano” y en “La Región”, por un periodo de tres días consecutivos siendo que a partir del último día de publicación correrá el término de ley de DIEZ DIAS para que sea absuelta la demanda; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal de la Sucesión antes indicada, conforme lo dispone el artículo 435° del Código antes indicado. Al primer otrosí. ESTESE a lo resuelto en la presente resolución Al segundo otrosí: Téngase presente en su oportunidad. Al tercer otrosí: Téngase presente. Notifíquese.
Contamana, 30 de Abril del 2018
Abog. S. NOEMI JULCA ALVARADO
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto de Ucayali – Contamana
V-3(18,21 y 22)B/1918
S/.109.80
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