25 C
Iquitos

JUZGADO MIXTO

Date:

Share:

EDICTO PENAL
EXP- 0004-2012-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado JHON SANCHEZ RENGIFO, en agravio del BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU y OTRO, la Resolución número Dieciséis, de fecha dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; en la fecha; con la opinión del dictamen fiscal, agréguese a los autos; y estando a la prescripción; PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO, a fin que el señor Juez emita la resolución que corresponda. Notificándose a las partes procesales mediante cedula y EDICTO. Hágase saber. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior; e interviniendo el secretario judicial que da cuenta.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00021-2010-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado MANUEL CARLOS FLORES TUESTA, en agravio de la menor de iníciales K.J.B.S., la Resolución número Veintisiete, de fecha trece de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; con el Dictamen, remitido por el Representante del Ministerio Publico- Requena; agréguese a los autos; habiendo Reproducido el Dictamen de fojas Ciento Tres y siguiente; y siendo su estado del proceso y en virtud de lo dispuesto por el artículo quinto del Decreto Legislativo Número ciento veinticuatro, modificado por la Ley 28117: PÓNGASE LOS AUTOS DE MANIFIESTO EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO POR EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS, plazo común para que los abogados defensores presenten los informes escritos que correspondan o soliciten informe oral; y Fecho PONGASE los autos en el despacho del señor Juez a fin de que emita la resolución correspondiente. Hágase saber. Notificándose a las partes mediante cedula y EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00050-2002-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a las partes procesales JORGE MOZOMBITE INUMA Y OTROS por el delito de DEPREDACION DE FLORA Y FAUNA LEGALMENTE PROTEGIDAS Y OTRO en agravio del ESTADO, la Resolución número Cuarenta y Cuatro, de fecha dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; en la fecha; con la opinión del dictamen fiscal, agréguese a los autos; y estando al Sobreseimiento; PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO, a fin que el señor Juez emita la resolución que corresponda. Notificándose a las partes procesales mediante cedula y EDICTO. Hágase saber. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00053-2010-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado AGUSTIN RIOS CAMPOS, en agravio de la menor de iniciales NLHT, la Resolución número Diecisiete, de fecha trece de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; en la fecha; con la opinión del dictamen fiscal, agréguese a los autos, y siendo su estado; PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO, a fin que el señor Juez emita la resolución que corresponda. Notificándose a las partes procesales mediante cedula y EDICTO. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00106-2006-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a las personas de RAFAEL PEREZ BENANCINO, JOSE MURAYARI TAMANI y ANTONIO TAMANI PACAYA,  todos ellos con domicilio en la Comunidad de Victoria – Rio Puinahua (Bretaña), la Resolución Veintisiete, de fecha trece de diciembre del presente año, DADO CUENTA, con el escrito presentado por la Fiscalía Provincial Civil- Familia de Requena; AGRÉGUESE a los autos  y   a lo que solicita; NOTIFIQUESE a las personas de DAYSI URQUIA MELENDEZ (Hermana del denunciado), RAFAEL PEREZ BENANCINO, (Propietario del lugar donde se cometió el ilícito penal), JOSE MURAYARI TAMANI, (Teniente gobernador), ANTONIO TAMANI PACAYA, (Agente Municipal), todos ellos con domicilio en la Comunidad de Victoria – Rio Puinahua (Bretaña) , a fin de llevarse a cabo la diligencia de RECONOCIMIENTO e IDENTIFICACION del denunciado ARISTIDES URQUIA MELENDEZ, la misma que se llevara a cabo el día MARTES TREINTA DE ENERO DEL  AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE, DIEZ Y ONCE DE LA MAÑANA, respectivamente, debiendo los mencionados líneas arriba, apersonarse al Local del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, en la fecha y hora indicada, bajo apercibimiento de ser conducidos mediante conducción compulsiva  o de grado o fuerza, por la Policía Nacional de Perú, en caso de inconcurrencia. Notifíquese mediante cedula y EDICTO. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(08,09 y 10)

DICTO PENAL
EXP- 00110-2009-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado PRUDENCIO SILVA RUIZ, en agravio de la menor de iniciales D.M.R.SH., la Resolución número Veinticinco, de fecha catorce de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; en la fecha; con el escrito presentado por AQUILES NAVAS MEZA, Abogado defensor del inculpado PRUDENCIO SILVA RUIZ; agréguese a los autos, a lo expuesto; Téngase por presentado sus alegatos, los mismos que serán merituados en su oportunidad, y siendo su estado de la causa PONGASE los autos en despacho a fin que el señor Juez emita la resolución correspondiente. Hágase saber. Notificándose a las partes procesales mediante cedula y EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00118-2005-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado ENRIQUE LOPEZ TAMANI, en agravio del ESTADO- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA- SAN ROQUE, la Resolución número Cuarenta, de fecha trece de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; en la fecha; con la opinión del dictamen fiscal, agréguese a los autos; y estando a la prescripción; PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO, a fin que el señor Juez emita la resolución que corresponda. Notificándose a las partes procesales mediante cedula y EDICTO. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00121-2009-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado JULIO CESAR LAVADO FRANCISCO, en agravio de la menor de iníciales O.H.S., la Resolución número Veintiocho, de fecha trece de diciembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; con el informe final   AGRÉGUESE a los autos; y de conformidad con el artículo 204° del Código de Procedimientos Penales. PÓNGASE los autos de manifiesto por el termino de tres días y fecho ELÉVESE los autos al superior jerárquico con la debida nota de atención. hágase saber, notificándose a las partes mediante cedula y EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
EXP- 00140-2009-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a la procesada DIANA TANGOA NATORCE, en agravio de la RENIEC, la Resolución número veintisiete, de fecha veintiocho de diciembre del dos mil diecisiete. FALLA: CONDENANDO a DIANA TANGOA NATORCE. como autor del delito CONTRA LA FE PÚBLICA en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del ESTADO – RENIEC, ilícito tipificado y sancionado en el primer párrafo del artículo 428° del Código Penal vigente al momento de ocurridos los hechos; y como tal le impongo la PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE TRES AÑOS, suspendida en su ejecución por el mismo plazo de DOS AÑOS ; imponiéndole las siguientes reglas de conductas las que deberá obligatoriamente cumplir la sentenciada mientras dure la condena: A) No ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juzgado, B) Comparecer personal y obligatoriamente al juzgado a informar y justificar sus actividades cada primer día del mes. C) Prohibición de acudir a lugares de dudosa y mala reputación. SE ADVIERTE: al sentenciado que el incumplimiento de estas reglas de conducta dará lugar a la aplicación del Artículo 59° del Código Penal. SEGUNDO.- FIJO POR CONCEPTO DE REPARACIÓN CIVIL la suma de  CIEN NUEVOS SOLES, que deberá abonar el sentenciado a favor de la parte agraviada representado por Estado Peruano- RENIEC, monto que deberá ser cancelado en el plazo de ley. MANDO: Que, esta sentencia sea leída en acto público y consentida o ejecutoriada que sea la misma, archívese los actuados en secretaría en el modo y la forma de ley, Notifíquese con apremio de Ley.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(08,09 y 0)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Justicia itinerante: Corte de Loreto acerca servicios judiciales y sociales a la comunidad de Ninarumi a través de la Feria Nacional Llapanchikpaq Justicia

La Corte Superior de Justicia de Loreto, bajo la dirección de su presidente, el Dr. Reynaldo Elías Cajamarca Porras, lideró con éxito la "X...

Corte de Loreto fortalece la justicia comunitaria con capacitación virtual a jueces de paz sobre la Ley 30364

La Corte Superior de Justicia de Loreto, firmemente comprometida con la erradicación de la violencia de género en toda la región, organizó con éxito...

“Fiscalía de Nauta trabaja muy lento, UPLAND hizo derrame petrolero en yacimiento Chambira y aún continúa la investigación preparatoria”

Informó el APU de la comunidad nativa Patuyacu, Marcos Joguista Igracio, ante OEFA. También exigió que OEFA que es quien fiscaliza y evalúa los derrames...

“No vamos a estar esperando hasta el próximo año que OEFA decida intervenir en derrames petroleros, mientras la gente se sigue contaminando”

Habló el Abog. Vidal Coa Mamani, asesor de PUINAMUDT (Feconaco)- Pueblos Indígenas Amazónicos Unidos en Defensa de sus Territorios. Sin pelos en la lengua, el...

“Queremos que nos expliquen por qué ha paralizado la obra del colegio emblemático Bardales”

Mencionó el consejero de la ciudad de Nauta, Marco Antonio Camones Mendoza. También narró que el Puente Rioja, avanza, pero de manera lenta dado que...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
EDICTO PENAL 1° JUZGADO PENAL UNIOERSONAL DE MAYNAS – Sede Central Expediente: 00021-2015-0-1903-JR-PE-01 Especialista Judicial: Cristina Sarai Petit Vásquez. Por el presente, la señora Juez, Abg. María Cecilia Ruiz Fernández, Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, hace de conocimiento que en el presente expediente signado con el N° 00021-2015-0-1903-JR-PE-01, seguido seguido por los querellantes Carlos Alberto Álvarez Santillán Y Greyse Dina Ramírez Flores por el Delito Contra el Honor, en la modalidad de DIFAMACION, previsto y sancionado en el artículo 132°, segundo párrafo del Código Penal, contra las querelladas Luz Núñez Padilla, Luz Padilla Saldaña, Lita Rengifo Del Águila, Consuelo Del Águila Saldaña De Flores, Martha Neri Del Águila Saldaña Y Elvira Del Águila De Rengifo; se dispuso Notificar al imputado para su concurrencia a la Audiencia de Juicio Oral, programada de acuerdo a la agenda del juzgado para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS 08:00 A.M, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, ubicada en la Av. Grau N° 720 –Nuevo Edificio – Tercer Piso; ello bajo apercibimiento de ser declaradas REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada. Iquitos, 21 de Diciembre de 2017 V-3(08,09 y 10) EDICTO PENAL 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – Sede Central EXPEDIENTE: 00264-2015-16-1903-JR-PE-02 Especialista Judicial: Nery Isabel Ramírez Cerván Por el presente, el señor Juez, Abg. Pedro Ivan Murillo Mendives, Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal, hace de conocimiento que en el presente expediente signado con el N° 00264-2015-16-1903-JR-PE-02, en el proceso que se sigue contra MARCO ANTONIO MARINO ROJAS, como autor de la comisión del delito Contra La Administración Pública, en la modalidad de RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 367° inciso3 del Código Penal; y, Contra La Vida El Cuerpo Y La Salud, en la modalidad de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 121° del Código Penal, en agravio de Estado Peruano y Julio Kennet Waidofer Curinuqui; se dispuso Notificar al referido imputado, a la Audiencia de Juicio Oral, programada acuerdo a la agenda del juzgado para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS 07:40 AM (hora exacta); quedando subsistente los apercibimientos decretados mediante resolución número uno, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL MAYNAS, ubicada en la Av. Grau N° 720 –Nuevo Edificio – Tercer Piso. Iquitos, 26 de Diciembre de 2017. V-3(08,09 y 10) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS EXPEDIENTE: 00643-2012-0-1903-JR-PE-05 JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA EDICTO En la causa N° 643-2012, seguido contra DELBARO ARMAS GARCIA por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACIÓN DE PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTIR, en agravio de PATRICIA SOLANGE MUÑOZ PEREZ, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la Resolución N° 34, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CUATRO.- Iquitos, veinte de diciembre del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA con el escrito, que antecede, agréguese a los autos y téngase presente; de esta manera estando al contenido del referido documento, procedente de la Dirección del Hospital Regional de Loreto, mediante el cual informa que para la evaluación psiquiátrica, el paciente tendrá que acudir al nosocomio para su atención respectiva y de acuerdo a la carga de atención que tiene el especialista en psiquiatría, se dispone: NOTIFICAR A LA PARTE AGRAVIADA – en su domicilio real – a fin de que se apersone al Hospital Regional de Loreto a fin de que se lleve a cabo la pericia psiquiátrica ordenada por el superior y una vez realizado el especialista en psiquiatría deberá remitir su Pericia a este juzgado. Debiendo notificarse también, por edicto penal. V-3(08,09 y 10) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS EXPEDIENTE: 01229-2012-0-1903-JR-PE-04 JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA DE DROGAS IMPUTADO: RENGIFO ECHEVARRIA, JOSE GIOVANNY DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. ALVA ECHEVARRIA, NORMA LUISA DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. OCHOA MEDINA, CLEMENTE DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. AGRAVIADO: DEL ESTADO PERUANO EDICTO En la causa N° 1229-2012-0, seguido contra JOSE GIOVANNY RENGIFO ECHEVARRÍA, NORMA LUISA ALVA ECHEVARRÍA y CLEMENTE OCHOA MEDINA por el DELITO DE T.I.D., en agravio del ESTADO, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la Resolución N° 21, según el siguiente detalle: RESOLUCION NUMERO VEINTIUNO.- Iquitos, uno de diciembre del dos mil diecisiete. AUTOS y VISTOS; dado cuenta con el Dictamen Fiscal que antecede, agréguese a los autos y téngase presente; (…) SE RESUELVE: 1) ACLÁRESE Y AMPLÍESE el auto apertorio de instrucción de fojas trescientos veinticinco a trescientos veintitrés, delimitando la imputación concreta, integrando medios probatorios; asimismo por excluida la circunstancia agravante y por definido el tipo penal, por lo que debe excluirse la circunstancia agravante contenida en el inciso 6) del artículo 297° del Código Penal, limitándose la misma al contenido del artículo 296°, primer párrafo del Código Penal, al no acreditarse conocimiento de la actividad desarrollada entre sí, por lo que deberá quedar redactado de la siguiente manera: “(…) RESUELVE: a) En la VIA ORDINARIA ABRIR INSTRUCCIÓN contra NORMA LUISA ALVA ECHEVARRÍA, CLEMENTE OCHOA MEDINA y JOSÉ GIOVANNY RENGIFO ECHEVARRÍA, como presuntos autores directos del Delito Contra la SALUD PÚBLICA – TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS en la modalidad de Favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico (…)”, quedando SUBSISTENTE lo demás que contiene. 2) PÓNGASE a conocimiento de las partes procesales; por el término de cinco días, a fin de presentar recursos o realizar ampliaciones en sus declaraciones si es que lo considerasen necesario, dentro del plazo de cinco de días de notificado con la presente resolución y para tal acto el auxiliar judicial deberá adjuntar a las partes procesales la resolución número uno y la presente resolución, a excepción del Ministerio Público por cuanto se convalidó su notificación. 3) CÚMPLASE con notificar a la Procuraduría Especializada en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas con la Denuncia Fiscal, Resolución número Uno, Dictamen N° 05-2017-MPFN-FETID-IQT y la presente resolución, para su conocimiento y fines pertinentes. 4) RECÁBESE el Informe Pericial N° 4471-2012, debiendo OFICIARSE a la Dirección de Criminalística de la PNP en la ciudad de Lima; vencido el plazo, REMITASE a la PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS para que proceda conforme a sus atribuciones. Al primer, segundo, tercer, cuarto y quinto otrosí digo: Téngase presente y cúmplase con efectuar la corrección de la foliación. Notifíquese. V-3(08,09 y 10) EDICTO PENAL Expediente N° 2014– 01694-2 – Cuaderno de debate Especialista Judicial: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN Juzgado Colegia Penal de Maynas Por el presente el Juzgado Colegiado Penal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 01694-2014-2-PE, se dispuso Notificar a las personas de EDWIN BARRERA TORRES, BAGNER GREY FACHIN RUIZ Y JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO DOS. Iquitos, veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete. AUTOS Y VISTOS (…). I PARTE RESOLUTIVA: Por los fundamentos expuestos, en la causa penal signado con el N° 2014 – 01694-2-PE denominado “CUADERNO DE DEBATES” seguido contra EDWIN BARRERA TORRES, BAGNER GREY FACHIN RUIZ Y JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, por el DELITO CONTRA EL PATRIMONIO – ROBO AGRAVADO, en agravio de MANUEL MATOS RODRIGUEZ. El Juzgado Colegiado Penal de Maynas, Resuelve: 1) CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso penal, que se sigue contra los acusados BAGNER GREY FACHIN RUIZ, EDWIN BARRERA TORRES Y JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, por el DELITO CONTRA LA CONTRA EL PATRIMONIO – ROBO AGRAVADO, acuerdo a lo previsto y sancionado en el artículo 188° (tipo base) concordante con las circunstancias agravantes del inciso 4) con el concurso de dos o más personas, del primer párrafo, y el inciso 2) con abuso de la incapacidad física o mental de la víctima o mediante el empleo de insumos químicos o fármacos contra la víctima, vigente al momento de los hechos, en agravio de MANUEL MATOS RODRIGUEZ; la misma que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO COLEGIADO PENAL DE MAYNAS, ubicado en la CALLE GRAU N° 720 – 3do. PISO, Iquitos, para el día CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, fecha fijada según disponibilidad de la recargada y congestionada agenda temática, del Juzgado, debiendo las parte procesales apersonar ante el especialista de audiencia en la fecha y hora programada.- 2) NOTIFIQUESE al acusado BAGNER GREY FACHIN RUIZ, con documento nacional de identidad N° 45033563, de 29 años de edad, estado civil soltero, a quien se le notificará en la CALLE SARGENTO LORES N° 1362, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 3) NOTIFIQUESE al acusado EDWIN BARRERA TORRES, con documento nacional de identidad N° 41447958, de 35 años de edad, estado civil soltero, a quien se le notificará en la COMUNIDAD TALARA, DISTRITO DE MAQUIA, PROVINCIA DE REQUENA, LORETO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 4) NOTIFIQUESE a la acusada JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, con documento nacional de identidad N° 46727630, de 26 años de edad, estado civil soltero, a quien se le notificará en la CALLE 2 DE FEBRERO N° 236 – ANITA CABRERA – SAN JUAN BAUTISTA, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 5) NOTIFIQUESE al Abogado defensor de los acusados, a la letrada GRACE SORAYA REATEGUI DIAZ, en su domicilio procesal sito en la CASILLA ELECTRONICA N° 39579, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de excluírsele de la defensa y designarse a otro abogado defensor, además de informarse al Ministerio de Justicia de Lima.- 6) NOTIFIQUESE al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO responsable del caso al Fiscal Adjunto Provincial JEAN FRANCO PICCIOTTI DIAZ, con domicilio procesal CASILLA ELECTRONICA N° 94092, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP. Iquitos; 29 de diciembre de 2017 V-3(08,09 y 10)
Artículo siguiente
EDICTO PENAL 1° JUZGADO PENAL UNIOERSONAL DE MAYNAS – Sede Central Expediente: 00021-2015-0-1903-JR-PE-01 Especialista Judicial: Cristina Sarai Petit Vásquez. Por el presente, la señora Juez, Abg. María Cecilia Ruiz Fernández, Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, hace de conocimiento que en el presente expediente signado con el N° 00021-2015-0-1903-JR-PE-01, seguido seguido por los querellantes Carlos Alberto Álvarez Santillán Y Greyse Dina Ramírez Flores por el Delito Contra el Honor, en la modalidad de DIFAMACION, previsto y sancionado en el artículo 132°, segundo párrafo del Código Penal, contra las querelladas Luz Núñez Padilla, Luz Padilla Saldaña, Lita Rengifo Del Águila, Consuelo Del Águila Saldaña De Flores, Martha Neri Del Águila Saldaña Y Elvira Del Águila De Rengifo; se dispuso Notificar al imputado para su concurrencia a la Audiencia de Juicio Oral, programada de acuerdo a la agenda del juzgado para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS 08:00 A.M, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, ubicada en la Av. Grau N° 720 –Nuevo Edificio – Tercer Piso; ello bajo apercibimiento de ser declaradas REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada. Iquitos, 21 de Diciembre de 2017 V-3(08,09 y 10) EDICTO PENAL 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – Sede Central EXPEDIENTE: 00264-2015-16-1903-JR-PE-02 Especialista Judicial: Nery Isabel Ramírez Cerván Por el presente, el señor Juez, Abg. Pedro Ivan Murillo Mendives, Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal, hace de conocimiento que en el presente expediente signado con el N° 00264-2015-16-1903-JR-PE-02, en el proceso que se sigue contra MARCO ANTONIO MARINO ROJAS, como autor de la comisión del delito Contra La Administración Pública, en la modalidad de RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 367° inciso3 del Código Penal; y, Contra La Vida El Cuerpo Y La Salud, en la modalidad de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 121° del Código Penal, en agravio de Estado Peruano y Julio Kennet Waidofer Curinuqui; se dispuso Notificar al referido imputado, a la Audiencia de Juicio Oral, programada acuerdo a la agenda del juzgado para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS 07:40 AM (hora exacta); quedando subsistente los apercibimientos decretados mediante resolución número uno, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL MAYNAS, ubicada en la Av. Grau N° 720 –Nuevo Edificio – Tercer Piso. Iquitos, 26 de Diciembre de 2017. V-3(08,09 y 10) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS EXPEDIENTE: 00643-2012-0-1903-JR-PE-05 JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA EDICTO En la causa N° 643-2012, seguido contra DELBARO ARMAS GARCIA por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACIÓN DE PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTIR, en agravio de PATRICIA SOLANGE MUÑOZ PEREZ, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la Resolución N° 34, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CUATRO.- Iquitos, veinte de diciembre del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA con el escrito, que antecede, agréguese a los autos y téngase presente; de esta manera estando al contenido del referido documento, procedente de la Dirección del Hospital Regional de Loreto, mediante el cual informa que para la evaluación psiquiátrica, el paciente tendrá que acudir al nosocomio para su atención respectiva y de acuerdo a la carga de atención que tiene el especialista en psiquiatría, se dispone: NOTIFICAR A LA PARTE AGRAVIADA – en su domicilio real – a fin de que se apersone al Hospital Regional de Loreto a fin de que se lleve a cabo la pericia psiquiátrica ordenada por el superior y una vez realizado el especialista en psiquiatría deberá remitir su Pericia a este juzgado. Debiendo notificarse también, por edicto penal. V-3(08,09 y 10) JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS EXPEDIENTE: 01229-2012-0-1903-JR-PE-04 JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA DE DROGAS IMPUTADO: RENGIFO ECHEVARRIA, JOSE GIOVANNY DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. ALVA ECHEVARRIA, NORMA LUISA DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. OCHOA MEDINA, CLEMENTE DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. AGRAVIADO: DEL ESTADO PERUANO EDICTO En la causa N° 1229-2012-0, seguido contra JOSE GIOVANNY RENGIFO ECHEVARRÍA, NORMA LUISA ALVA ECHEVARRÍA y CLEMENTE OCHOA MEDINA por el DELITO DE T.I.D., en agravio del ESTADO, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la Resolución N° 21, según el siguiente detalle: RESOLUCION NUMERO VEINTIUNO.- Iquitos, uno de diciembre del dos mil diecisiete. AUTOS y VISTOS; dado cuenta con el Dictamen Fiscal que antecede, agréguese a los autos y téngase presente; (…) SE RESUELVE: 1) ACLÁRESE Y AMPLÍESE el auto apertorio de instrucción de fojas trescientos veinticinco a trescientos veintitrés, delimitando la imputación concreta, integrando medios probatorios; asimismo por excluida la circunstancia agravante y por definido el tipo penal, por lo que debe excluirse la circunstancia agravante contenida en el inciso 6) del artículo 297° del Código Penal, limitándose la misma al contenido del artículo 296°, primer párrafo del Código Penal, al no acreditarse conocimiento de la actividad desarrollada entre sí, por lo que deberá quedar redactado de la siguiente manera: “(…) RESUELVE: a) En la VIA ORDINARIA ABRIR INSTRUCCIÓN contra NORMA LUISA ALVA ECHEVARRÍA, CLEMENTE OCHOA MEDINA y JOSÉ GIOVANNY RENGIFO ECHEVARRÍA, como presuntos autores directos del Delito Contra la SALUD PÚBLICA – TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS en la modalidad de Favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico (…)”, quedando SUBSISTENTE lo demás que contiene. 2) PÓNGASE a conocimiento de las partes procesales; por el término de cinco días, a fin de presentar recursos o realizar ampliaciones en sus declaraciones si es que lo considerasen necesario, dentro del plazo de cinco de días de notificado con la presente resolución y para tal acto el auxiliar judicial deberá adjuntar a las partes procesales la resolución número uno y la presente resolución, a excepción del Ministerio Público por cuanto se convalidó su notificación. 3) CÚMPLASE con notificar a la Procuraduría Especializada en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas con la Denuncia Fiscal, Resolución número Uno, Dictamen N° 05-2017-MPFN-FETID-IQT y la presente resolución, para su conocimiento y fines pertinentes. 4) RECÁBESE el Informe Pericial N° 4471-2012, debiendo OFICIARSE a la Dirección de Criminalística de la PNP en la ciudad de Lima; vencido el plazo, REMITASE a la PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS para que proceda conforme a sus atribuciones. Al primer, segundo, tercer, cuarto y quinto otrosí digo: Téngase presente y cúmplase con efectuar la corrección de la foliación. Notifíquese. V-3(08,09 y 10) EDICTO PENAL Expediente N° 2014– 01694-2 – Cuaderno de debate Especialista Judicial: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN Juzgado Colegia Penal de Maynas Por el presente el Juzgado Colegiado Penal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 01694-2014-2-PE, se dispuso Notificar a las personas de EDWIN BARRERA TORRES, BAGNER GREY FACHIN RUIZ Y JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO DOS. Iquitos, veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete. AUTOS Y VISTOS (…). I PARTE RESOLUTIVA: Por los fundamentos expuestos, en la causa penal signado con el N° 2014 – 01694-2-PE denominado “CUADERNO DE DEBATES” seguido contra EDWIN BARRERA TORRES, BAGNER GREY FACHIN RUIZ Y JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, por el DELITO CONTRA EL PATRIMONIO – ROBO AGRAVADO, en agravio de MANUEL MATOS RODRIGUEZ. El Juzgado Colegiado Penal de Maynas, Resuelve: 1) CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso penal, que se sigue contra los acusados BAGNER GREY FACHIN RUIZ, EDWIN BARRERA TORRES Y JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, por el DELITO CONTRA LA CONTRA EL PATRIMONIO – ROBO AGRAVADO, acuerdo a lo previsto y sancionado en el artículo 188° (tipo base) concordante con las circunstancias agravantes del inciso 4) con el concurso de dos o más personas, del primer párrafo, y el inciso 2) con abuso de la incapacidad física o mental de la víctima o mediante el empleo de insumos químicos o fármacos contra la víctima, vigente al momento de los hechos, en agravio de MANUEL MATOS RODRIGUEZ; la misma que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO COLEGIADO PENAL DE MAYNAS, ubicado en la CALLE GRAU N° 720 – 3do. PISO, Iquitos, para el día CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, fecha fijada según disponibilidad de la recargada y congestionada agenda temática, del Juzgado, debiendo las parte procesales apersonar ante el especialista de audiencia en la fecha y hora programada.- 2) NOTIFIQUESE al acusado BAGNER GREY FACHIN RUIZ, con documento nacional de identidad N° 45033563, de 29 años de edad, estado civil soltero, a quien se le notificará en la CALLE SARGENTO LORES N° 1362, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 3) NOTIFIQUESE al acusado EDWIN BARRERA TORRES, con documento nacional de identidad N° 41447958, de 35 años de edad, estado civil soltero, a quien se le notificará en la COMUNIDAD TALARA, DISTRITO DE MAQUIA, PROVINCIA DE REQUENA, LORETO, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 4) NOTIFIQUESE a la acusada JESSICA ISABEL MONCADA LAUREANO, con documento nacional de identidad N° 46727630, de 26 años de edad, estado civil soltero, a quien se le notificará en la CALLE 2 DE FEBRERO N° 236 – ANITA CABRERA – SAN JUAN BAUTISTA, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 5) NOTIFIQUESE al Abogado defensor de los acusados, a la letrada GRACE SORAYA REATEGUI DIAZ, en su domicilio procesal sito en la CASILLA ELECTRONICA N° 39579, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de excluírsele de la defensa y designarse a otro abogado defensor, además de informarse al Ministerio de Justicia de Lima.- 6) NOTIFIQUESE al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO responsable del caso al Fiscal Adjunto Provincial JEAN FRANCO PICCIOTTI DIAZ, con domicilio procesal CASILLA ELECTRONICA N° 94092, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP. Iquitos; 29 de diciembre de 2017 V-3(08,09 y 10)