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JUZGADO MIXTO

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EDICTO
JUZGADO MIXTO- PRTOVINCIA DE LORETO NAUTA
EXPEDIENTE: 00103-2014-0-1901-JM-FC-01
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
ESPECIALISTA:  BURGA GARCIA MAGALI
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA LORETO NAUTA
TESTIGO: SILVANO TAMANI, OLGUIN
SILVANO MOZOMBITE, EVILA ROSA
DEMANDADO: SILVANO MOZOMBITE, BELISARIO
TAMANI LOMAS, LUIS ALEJANDRO
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.
Nauta, 21 de Marzo
Del año 2017
DADO CUENTA; siendo el estado del presente proceso y estando al Oficio N°029-2017-TNTEGOBERNADOR-9DEOCTUBRE-NAUTA; en el cual realiza la devolución de los cargos debidamente diligenciados, asimismo devuelve el la cédula del demandado Luis Alejandro Tamani Lomas; por lo que notifiques vía edicto la resolución número cinco a efectos de no vulnerar el debido proceso, por el lapso de tres días hábiles. Se prescinde de la cédula de notificación.
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.
Nauta, 23 de Febrero
Del año 2017.
AUTOS Y VISTOS: Siendo el estado del presente proceso avóquese a la señorita Magistrada BEATRIZ VELASQUEZ CONDORI Juez Supernumeraria del Juzgado Mixto de la Provincia de Loreto Nauta. Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, de la revisión de autos se observa que el demandado no absolvió la demanda dentro del término de ley habiendo sido notificado vía edicto del diez al doce de agosto del año dos mil dieciséis que obra en autos; SEGUNDO.- Que, según el artículo 458° del código Procesal Civil, “si transcurrido el plazo para contestar la demanda, el demandado a quien se le ha notificado válidamente, esta no lo hace, se le declara rebelde; TERCERO.- Que, de autos se advierte que el demandado ha sido notificado vía edicto, conforme es de verse del asiento de notificación de fojas 64 al 66; por lo que a la fecha ha vencido en exceso el plazo para contestar la demanda, en consecuencia se le deberá declarar rebelde; y conforme al estado del proceso, señalar fecha para la realización de la audiencia única. Por estos considerandos y de conformidad con la norma antes citada, SE RESUELVE: DECLARAR REBELDE a los demandados LUIS ALEJANDRO TAMANI LOMAS y BELISARIO SILVANO MOZOMBITE en consecuencia, SEÑALESE para el día MIERCOLES VEINTINUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEICISIETE a horas DOCE DEL MEDIO DIA, la realización de la Audiencia Única, en el local del Juzgado, con citación de las partes. Asimismo notifíquese Vía Edicto. Al escrito N° 86-2017 presentado por la representante del Ministerio Público ESTESE a lo resuelto en la presente resolución. NOTIFÍQUESE
ABG. MAGALI BURGA GARCIA
ESPECIALISTA JUDICIAL
JUZG. MIXTO DE LA PROVINCIA DE LORETO NAUTA
V-3(23, 24, 27)

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