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JUZGADO MIXTO

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EDICTO PENAL
EXP- 0006-2010-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado PAUL RIVET PINEDO HUARATAPAIRO Y OTRO, en agravio de la menor de iniciales E.S.T.H., la Resolución número Treinta y cuatro, de fecha diecinueve de agosto del dos mil quince. DADO CUENTA: con el escrito presentado por el procesado NESTOR PIÑA PINEDO; agréguese a los autos y a lo que solicita; estando al estado del proceso: REPROGRAMESE la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA de los ACUSADOS: NESTOR PIÑA PINEDO y PAUL RIVET PINEDO HUARATAPAIRO; para el día MIERCOLES CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS TRES DE LA TARDE, debiendo los acusados concurrir al Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, en la fecha y hora precitada conjuntamente con sus abogados defensores de sus elección, a efectos de darse cumplimiento a dicha diligencia; bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ORDENANDO SU INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, OFICIÁNDOSE a la autoridad pertinente con tal fin, con conocimiento del Representante del Ministerio Publico. Notifíquese mediante cédula, y mediante EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(27,28 y 31)

EDICTO PENAL
EXP- 0008-2012-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado SEGUNDO BERNALDO LOJA GUERRA, en agravio de la menor de iniciales T.M.J.P. la Resolución número Veintisiete, de fecha veinticinco de agosto del dos mil quince. DADO CUENTA: los autos puestos a Despacho y estando al estado del proceso: CITESE a la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA del ACUSADO: LOJA GUERRA, SEGUNDO BERNALDO; para el día MARTES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo el acusado concurrir al Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, en la fecha y hora precitada conjuntamente con su abogado defensor de su elección, a efectos de darse cumplimiento a dicha diligencia; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ORDENANDO SU INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, OFICIÁNDOSE a la autoridad pertinente con tal fin. Notifíquese mediante cédulas, y mediante EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(27,28 y 31)

EDICTO PENAL
EXP- 00107-2008-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado FRANKLIN PANDURO SANCHEZ Y OTROS, en agravio de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA- SAN ROQUE, la Resolución número sesenta y uno,  de fecha quince de junio del dos mil quince.                          DADO CUENTA, con el Informe Final   AGRÉGUESE a los autos y de conformidad con el artículo 204° del Código de Procedimientos Penales PÓNGASE los autos de manifiesto por el termino de tres días y fecho elévese los autos al Superior Jerárquico con la debida nota de atención. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(27,28 y 31)

EDICTO PENAL
EXP- 00107-2008-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado FRANKLIN PANDURO SANCHEZ Y OTROS, en agravio de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA- SAN ROQUE, la Resolución número sesenta y dos, de fecha veinte de agosto del dos mil quince.               DADO CUENTA; con la razón del secretario cursor; téngase presente y siendo su estado de la causa; y a fin de no vulnerar sus derechos a la Legítima Defensa y en aplicación a lo dispuesto por el articulo ciento sesenta y cinco del Código Procesal Civil: NOTIFÍQUESE por EDICTO a las partes procesales la Resolución número sesenta y uno, de fecha quince de junio del dos mil quince, de fojas mil ochocientos y fecho ELEVESE los autos a la Superior Sala Penal de Loreto, con la debida nota de atención. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(27,28 y 31)

EDICTO PENAL
EXP- 00140-2009-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a la procesada DIANA TANGOA NATORCE, en agravio de la RENIEC, la Resolución número veintitrés, de fecha dieciocho de agosto del dos mil quince. DADO CUENTA; con el Dictamen Penal Varios N° 0064-2015, remitido por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de – Requena, agréguese a los autos y a lo que expone, estando al estado del proceso PÓNGASE LOS AUTOS, en despacho a fin que el señor Juez emita la Resolución correspondiente, con los apremios de ley. Al Primer Otrosí; téngase presente. Notificándose a las partes procesales mediante cedula y EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(27,28 y 31)

EDICTO PENAL
EXP- 00140-2009-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a la procesada DIANA TANGOA NATORCE, en agravio de la RENIEC, la Resolución número VEINTE,  de fecha doce de marzo del dos mil quince. DADO CUENTA; en la fecha y con el Dictamen Varios N° 15- 2015, remitido por la Fiscalía Penal Corporativa de Requena, agréguese a los autos y a lo que solicita y siendo su estado del proceso, a fin de no vulnerar su derecho a la Legítima Defensa y en aplicación a lo dispuesto por el articulo ciento sesenta y cinco del Código Procesal Civil: NOTIFÍQUESE por EDICTO a la procesada DIANA TANGOA NATORCE, la Resolución número Dieciocho, de fecha veinticinco de agosto del dos mil catorce, y fecho VUELVAN LOS AUTOS A LA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE REQUENA, a fin que se pronuncie según sus atribuciones. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(27,28 y 31)

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