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JUZGADO INVESTIGACION

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EDICTO PENAL
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA-NAUTA I
EXPEDIENTE: 00111-2016-62-1901-JR-PE-01
JUEZ: ABOG. ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO.
ESPECIALISTA: ABOG. AMALIE TAPULLIMA VARAS.
ESP. DE AUDIENCIA: ABOG. ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA.
IMPUTADO: RONAL SANDI IMAYNA Y OTROS.
DELITO    : ATENTADO CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE DE SERVICIO PUBLICO.
AGRAVIADO: EMPRESA PLUS PETROL NORTE S.A.
EMPRESA FLUVIAL TRANS TOURS.
LA SOCIEDAD.        
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN
RES. N° 09. AUTOS, VISTOS Y OÍDOS; [LA MOTIVACIÓN DE DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE ENCUENTRA REGISTRADA EN AUDIO]. POR TALES CONSIDERACIONES, SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA MARTES 23 DE OCTUBRE DEL 2018 A LAS 03:00 PM; CONSERVÁNDOSE LA VIGENCIA DE LOS APREMIOS DECRETADOS EN LA RES. N° 08. INTEGRÁNDOSE EL APERCIBIMIENTO PARA LOS DEFENSORES PRIVADOS DE IMPONÉRSELES UNA MULTA COMPULSIVA Y PRIGRESIVA DE 03 URP Y SER SUBROGADO POR UN DEFENSOR PÚBLICO. 3. DESIGNAR AL DEFENSOR PÚBLICO ADSCRITO A LA PROVINCIA DE LORETO – NAUTA- ABOG. JORGE CRUZ COAQUIRA LA DEFENSA DEL ACUSADO BENITO SAQUIRAY SANDI [DEJANDO A SALVO EL DERECHO DEL ACUSADO DE DESIGNAR A UN ABOGADO DE SU LIBRE ELECCIÓN]. NOTIFÍQUESE PARA TAL FIN AL DEFENSOR PÚBLICO SOBRECARTÁNDOSE LA RES. N° 08 Y EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO FISCAL. 4. NOTIFÍQUESE AL ACUSADO RONAL SANDI IMAYNA EN SU DOMICILIO PROCESAL, ASI COMO AL ACUSADO BENITO SAQUIRAY SANDI VÍA EDICTO PENAL.
V-3(19,20 y 21)

EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 108-2017-81, sobre Requerimiento de Acusación, en la investigación seguida contra SAULO FIGUEROA BARDALES Y OTRO, como presuntos AUTOR del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO a los procesados SAULO FIGUEROA BARDALES y SEGUNDO LADISLAO MORALES CHUMBE, con la parte pertinente de la Resolución número DOS, cuya redacción es la siguiente: “RESOLUCIÓN NUMERO DOS.- Iquitos, catorce de setiembre del 2018. Dado cuenta en la fecha con la razón de la Especialista de Audiencia que antecede: téngase presente y se dispone: REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DOS DE LA TARDE (02:00 p.m.), hora exacta, para la realización de la audiencia en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo a esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720-Iquitos, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de  poner en conocimiento de la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; y, para el primero de los nombrados de poner en conocimiento a su Fiscal Superior Coordinador de Fiscales Provinciales. Notifíquese la presente resolución a los procesados mediante edicto. Suscribe el Secretario Judicial del Juzgado por autorización expresa de la Señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122 del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del artículo 266 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(19,20 y 21)

NOTIFICACION VIA EDICTO
POR DISPOSICIÓN DE LA RESOLUCION NUMERO 31 DE FECHA 12-09-2018, NOTIFIQUESE VIA EDICTO AL IMPUTADO RADO RUIZ NICLER LA RES. N°26 DE FECHA 31-05-2018.
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO-NAUTA I
EXPEDIENTE: 00015-2016-12-1901-JR-PE-01
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO.
ESPECIALISTA: ESAUD JACOB GRANDEZ LOPEZ
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALÍA PROV. ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS.
IMPUTADO: ALFONSO HUAMAN FACHIN Y OTROS.
DELITO: MALVERSACIÓN DE FONDOS Y OTROS.
RESOLUCIÓN N° 26.
Nauta, Jueves 31 de Mayo del
2018. ESTANDO; al Oficio N° 151-2018-CEDENOT-CSJLIMASUR/PJ, DE FECHA 6.MAR.2018, al cual se acompaña copia Simple del Informe N° 01-2018, efectuado por el notificador José Pedro Chumpitaz Ramos, en el que se informa el extravía de las cedulas de notificación dirigidas al procesado Edgar Alcides Gómez Roca; agréguese a los autos; no resultando imprescindible su verificación en esta oportunidad. Y estando al Requerimiento Fiscal Mixto de fecha 15.FEB.2018; procédase conforme a lo establecido en el Art. 345° Inc. 1) del Código Procesal Penal (en el extremo del sobreseimiento y sus implicancias); así como lo preceptuado en el Art. 350° de la misma norma adjetiva (en el extremo de la acusación); por tal motivo CÓRRASE EL TRASLADO DEL REQUERMIENTO MIXTO A TODOS LOS SUJETOS PROCESALES POR UN PLAZO IMPRORROGABLE DE 10 DÍAS HÁBILES; siendo que vencido dicho plazo, PROCÉDASE conforme al estado del proceso. Al escrito de fecha 17.MAY.2018, presentado por el procesado Rhony Jesús Ibañez Pedroza, ESTÉSE A LO RESUELTO EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN. Notifíquese.
V-3(19,20 y 21)

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