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JUZGADO FAMILIA

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EDICTO FAMILIA TUTELAR

El Señor Juez encargado del despacho del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, NOTIFICA al demandado CÉSAR AUGUSTO CUADROS DÁVILA, la parte resolutiva del Auto que dicta medida de protección a favor de la agraviada ERMITA RAMOS TAPULLIMA, emitido en la diligencia de Audiencia Oral en el Expediente Nº00360-2018-0-1903-JR-FT-02, sobre Violencia Familiar – Ley Nº30364:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Iquitos, veintiocho de febrero Del año dos mil dos mil dieciocho.-
Por tales consideraciones y normas glosadas; el señor Juez encargado del despacho del Segundo Juzgado de Familia de Maynas; RESUELVE: 1) DICTAR COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN INMEDIATA QUE DEBERÁ CUMPLIR EL DEMANDADO CÉSAR AUGUSTO CUADROS DÁVILA: A) EL IMPEDIMENTO DE APROXIMACIÓN, ACERCAMIENTO CON FINES DE MALTRATO FÍSICO O PSICOLÓGICO, EN AGRAVIO DE DOÑA ERMITA RAMOS TAPULLIMA, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTARSE UNA MEDIDA MÁS SEVERA, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. B) ABSTENCIÓN DE REALIZAR COMENTARIOS NEGATIVOS POR PARTE DEL DEMANDADO HACIA LA AGRAVIADA, CON FINES DE MALTRATO, A TRAVÉS DE SUS AMIGOS, FAMILIARES Y TERCEROS, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO PENALMENTE POR EL DELITO DE DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. C) ABSTENCIÓN DE REALIZAR COMUNICACIÓN DE EPISTOLAR Y ELECTRÓNICOS COMO POR MEDIOS DE REDES SOCIALES (WHATSAPP, MESSENGER, MENSAJES DE TEXTOS) Y OTROS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, CON FINES DE MALTRATOS POR EL DEMANDADO HACIA LA AGRAVIADA. D) PATRULLAJE EN EL ENTORNO FAMILIAR DE LA PARTE AGRAVIADA, POR PARTE DE LA POLICÍA NACIONAL DE SU JURISDICCIÓN, DEBIENDO ESTOS DAR CONOCIMIENTO DE LA DILIGENCIA ORDENADA. 2) Remítase los actuados a la FISCALIA PENAL DE TURNO, por ser competente en atención a la Ley 30364 – Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar. 3) PUESTO EN CONOCIMIENTO DE LA PARTE AGRAVIADA: TÉNGASE PRESENTE. PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL DENUNCIADO: TÉNGASE PRESENTE. 4) EJECUTESE la presente resolución disponiéndose que por secretaria se considere HITO estadístico y se remitan los actuados al Órgano Jurisdiccional correspondiente. Fdo. Dr. ALAN JOSUE GARCÍA MURRIETA.- Juez Supernumerario que interviene por vacaciones de la Titular.- Fdo.- Abogada NATALY MALDONADO RENGIFO – Secretaria Judicial que da cuenta.
Iquitos, 28 de Febrero del 2018
V-3(01, 02, 05)

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