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JUZGADO FAMILIA

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EDICTO
La señora Juez del tercer juzgado de familia, CITA, LLAMA  Y EMPLAZA a las personas de: TATIANA CRISTINA CABALLERO VASQUEZ y EDGAR CACHIQUE SORIA, para que se apersone al juzgado, a fin de notificarle la resolución número cuatro (04)- Audiencia Oral, de fecha 27 de febrero del dos mil diecisiete, que RESUELVE: 1) DICTAR COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN INMEDIATA QUE DEBERÁ CUMPLIR EL DEMANDADO EDGAR CACHIQUE SORIA. A)IMPEDIMENTO DE ACERCAMIENTO O PROXIMIDAD A LA VICTIMA EN SU DOMICILIO, CENTRO LABORAL Y/O VIA PUBLICA, CON FINES DE VIOLENCIA FÍSICA, a favor de la agraviada TATIANA CRISTINA CABALLERO VASQUEZ; por lo que, el denunciado EDGAR CACHIQUE SORIA, deberá abstenerse de agredir física y psicológicamente; denigrar, insultar, ofender, humillar, amenazar a la demandante, bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad en atención a lo previsto en el artículo 24° de la Ley 30364. 2) REMÍTASE COPIAS ERTIFICADAS DE LOS ACTUADOS A LA FISCALIA PENAL PROVINCIAL CORPORATIVA DE TURNO DE MAYNAS, por ser competente en atención a la Ley 30364 – Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar y al artículo 48.1° del Reglamento de la citada Ley. 3) OFICIAR Y EXHORTAR a la Comisaria PNP de Punchana, con el objeto de ejecutar la medida de protección dictada por este despacho; para tal fin se deberá proporcionar a la demandante un número telefónico al cual pueda recurrir en caso de repetirse estos hechos; debiendo informar su dependencia, cualquier incidencia producida hasta la culminación de la presente investigación, BAJO RESPONSABILIDAD. 4) EJECUTESE la presente resolución, disponiéndose que por secretaría se considere HITO estadístico y se remitan los actuados a Fiscalía correspondiente, BAJO RESPONSABILIDAD. Debiendo las citadas personas, concurrir al local del Tercer Juzgado de Familia Permanente de Maynas, sito en Av. Grau n° 720 (tercer piso) de la Corte Superior de Justicia de Loreto y traer consigo sus (DNI) Documento Nacional de identidad. NOTIFICÁNDOSE. Interviniendo la Señora Juez y por disposición superior la cursora respectiva, en el proceso de VIOLENCIA FAMILIAR, EXPEDIENTE N° 02858-2016-0-1903-JR-FT-02 Fdo. Dra. Rosita Varela Gonzalez, Juez titular.- Fdo. Abogada Annell Lady Pinedo Vásquez-Secretaria  Judicial.
Iquitos, 28 de febrero del 2017
V-3(01,02 y 03)

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