JUZGADO DE PAZ LETRADO

EDICTO PENAL
EXP. N° 01082-2017
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada GLENDY SAJAMI COLLANTES, y al imputado HAROLD FELIPE VELA RAMIREZ  lo siguiente: RAZÓN:  Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que la Diligencia de Audiencia Única programada para el día 05FEB18 no se llevó a cabo, debido a las vacaciones judiciales de los trabajadores de ésta Sede de Corte, la misma que se llevó a cabo del 01 de Febrero al 03 de Marzo del año en curso, encontrando carga procesal acumulada; Asimismo, en la fecha se da providencia a la presente causa debido a las recargadas labores en ésta Secretaría, por el incremento de los procesos por violencia familiar.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.-  Iquitos, 23 de Marzo del 2,018.- RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veintitrés de Marzo Del Año Dos Mil Dieciocho.- DADO CUENTA  la razón de la cursora, téngase presente, y siendo el estado del proceso REPROGRÁMESE la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA para el DÍA LUNES SIETE DE MAYO del año en curso a horas TRES Y TREINTA DE LA TARDE,  la misma que se llevará a cabo en el  Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado Penal de Iquitos – TURNO “A”, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; BAJO APERCIBIMIENTO el imputado de procederse a su CONDUCCION COMPULSIVA al local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su declaración preventiva de la presente causa en caso de inconcurrencia.- Notifíquese mediante cédula de notificación y Edicto de Ley.
Iquitos, 23 de Marzo del 2,018.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04, 05, 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00118-2018
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al agraviado EFRAIN SANDOVAL JIMENEZ, y a la imputada LIDA SILVIA   CAHUAZA  IPUSHIMA  lo  siguiente: RESOLUCIÓN  NÚMERO  DOS
Iquitos, Veintiocho de Marzo Del Año Dos Mil Dieciocho DADO CUENTA el Acta de concurrencia que antecede, y siendo el estado del proceso REPROGRAMESE la Diligencia de AUDIENCIA ÚNICA, para el VIERNES VEINTISIETE DE ABRIL del año dos mil dieciocho a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA  (hora exacta) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado Penal de Iquitos – Turno “A” – sito en la Calle R. Palma N° 552 – 2° Piso;  DEBIENDO  la parte inculpada LIDA SILVIA CAHUAZA IPUSHIMA, concurrir obligatoriamente acompañado de su Abogado Defensor; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse en cuenta su conducta procesal al momento de resolver, sin perjuicio de ordenarse su CONDUCCION COMPULSIVA al local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se tendrá por desistido del presente proceso en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada.- NOTIFIQUESE mediante cédula y Edicto de Ley.
Iquitos, 28 de Marzo del 2,017.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04, 05, 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 01324-2017-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado CHRISTIAN JESUS PORTOCARRERO SILVA y a los inculpados  PAUL ENRIQUE GERALDY GUTIERREZ PINEDO y PAULO CESAR SHAPIAMA ICAHUATE, la Resolución Número Siete, de fecha Cuatro de Abril del año dos mil dieciocho, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra PAUL ENRIQUE GERALDY GUTIERREZ PINEDO y PAULO CESAR SHAPIAMA ICAHUATE por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de CHRISTIAN JESUS PORTOCARRERO SILVA, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal.- 2)  IMPÓNGASE contra los imputados orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MARTES VEINTINUEVE DE MAYO del dos mil dieciocho, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos por las recargadas audiencias señaladas que maneja el Despacho.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo los procesados recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de  las Calles Sargento Lores N° 702, esquina con calle Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; sin perjuicio de disponerse su CONDUCCIÓN COMPULSIVA conforme lo dispone el inciso 1) del artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 4 de Abril del 2,018
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04, 05, 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00710-2017-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a los agraviados NUBIA PAOLA AREVALO COBOS, y PAULO FERNANDO AREVALO RUIZ y a la inculpada NORMA COSTA PEREZ, la Resolución Número Treinta de Enero del dos mil dieciocho,  la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra NORMA COSTA PEREZ por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de NUBIA PAOLA AREVALO COBOS y PAULO FERNANDO AREVALO RUIZ, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal.- 2)  IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. – 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MIÉRCOLES TREINTA DE MAYO del dos mil dieciocho, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos por las recargadas audiencias señaladas que maneja el Despacho.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de  las Calles Sargento Lores N° 702, esquina con calle Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; sin perjuicio de disponerse su CONDUCCIÓN COMPULSIVA conforme lo dispone el inciso 1) del artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec. Interviniendo la Señora Juez que suscribe. Llámese severamente la atención a la secretaria judicial Jenny Carmen Vásquez Ramírez, a fin de que ponga mayor celo en el cumplimiento de sus funciones debiendo dar cuenta del trámite de los escritos en el más breve plazo, bajo responsabilidad funcional.
Iquitos, 29 de Enero del 2,018
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04, 05, 06)