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JUZGADO DE PAZ LETRADO

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EDICTO
En el Expediente Nº 00031-2015-1905-JP-FC-01, seguido por BAI MENQUE ELBA ESHCO contra COYA BUNU ANDRES BAI, sobre  ALIMENTOS,  el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Requena ha ordenado mediante resolución CINCO, de fecha 08 Julio del 2016: SE RESUELVE: 1) DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA, de fecha cuatro de noviembre del año dos mil quince, que declara Fundada la demanda interpuesta por BAI MENQUE ELBA ESHCO, sobre Alimentos, contra COYA BUNU ANDRÉS BAI, debiendo cumplir con lo ordenado en Sentencia, bajo los apercibimientos y responsabilidades indicadas en la misma Sentencia. 2) Al escrito N° 537-2015, presentado por la demandante, TENGASE por DESIGNADO al abogado defensor Julio Abel Ríos Alva, con Registro CAL N° 21059, quien ejercerá la defensa de la parte demandante; TENGASE por CONSIGNADO su domicilio procesal, lugar donde se le harán llegar las providencias que se emanen en el presente expediente judicial. Al Primer Otrosí Digo.- TÉNGASE PRESENTE la CUENTA DE AHORROS N° 04-524-577742, cuya titular es la recurrente; y, advirtiéndose que el referido letrado ya no labora en esta Provincia: NOTIFIQUESE también al domicilio real de la demandante. 3) Al escrito N° 543-2015 presentado por el Banco de la Nación, AGRÉGUESE a los autos y póngase en conocimiento a las partes del proceso, para los fines que consideren pertinente. 4) OFICIESE a la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO – DREL – MAYNAS – IQUITOS, para que cumpla con efectuar la retención de las remuneraciones que percibe el demandado COYA BUNU ANDRES BAI y efectué los depósitos correspondientes en la CUENTA DE AHORROS N° 04-524-577742, cuya titular es BAI MENQUE ELBA ESCHCO; conforme a lo ordenado por Sentencia de fecha cuatro de noviembre del año dos mil quince, suma que asciende al cuarenta por ciento (40%) mensuales. 5) Llámese severamente la atención al secretario anterior Frank Mitchelson Del Águila Tuesta a fin de poner mayor celo en el ejercicio de sus funciones, por no dar cuenta de los escritos proveídos en su debida oportunidad. Notifíquese.
Requena, 27 de Setiembre del 2016.
Secretaria Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Requena
Nubi Leysi Sánchez Casas
V-3(10,11 y 12)

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