JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Exp. Nº 01157-2013-87-1903-JR-PE-04, en los seguidos contra JEAN BARDALES RUIZ, por la presunta comisión del Delito Contra la Familia – Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de su menor hijo de iniciales J.B.M., debidamente representada por doña DISNARDA MURAYARI PANDURO; se NOTIFICA POR EDICTO al acusado JEAN BARDALES RUIZ, la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, de fecha 20/06/2014, cuyo contenido es el siguiente: “(…) estando al escrito que antecede con la cédula de notificación que se adjunta conteniendo la resolución número uno más requerimiento de acusación dirigido al acusado JEAN BARDALES RUIZ, presentado por  el letrado GUILLERMO GUIMET AVILA, estando a lo que se indica;  téngase por devuelto la cédulas de notificación; y, atendiendo a que dicho acusado no cuenta con abogado (particular o de oficio); NOTIFÍQUESELE en su domicilio real para que en el plazo de VEINTICUATRO HORAS designe al abogado de su elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de nombrarse abogado de oficio que lo represente en la audiencia; conforme lo prevé el artículo 85 del Código Procesal Penal y fecho, (…).”. FIRMADO: ABOG. KATIA ERIKA JORDAN CARPIO – JUEZ(S) DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA. ABOG. LUIS CARLOS PAREDES ARBILDO – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.
Iquitos, 12 de diciembre de 2014.
V-3(17,18 y 19)