EDICTO JUDICIAL
En el Expediente Nº 00090-2017-25-1905-JR-PE-01, a cargo del Especialista Judicial Abog. Ronald Antony Barrera Paredes, el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante EDICTO JUDICIAL a los imputados Jorge Luis Gaya García, Wilson Antonio Macuyama Maytahuari, Golver Murayari Laulate, Nubia Rudith Bernaldes Chávez, Rogelio Bardales Gaviola, Alfredo Ramírez Gonzales, Alexander Pérez Chávez, Luz Angélica Romero Gonzales, Felipe Melena Paima, Wilson Ruiz Imunda, Rafael Caiña Maytahuari, José Alejandro Torres Pacaya, José Ríos Ramírez, Telfor Smith Gutiérrez Vela, Magno Melena Paima, Luz Murayari Ahuanari, Grecia Maria Pacaya Ahuanari, Ema Murayari Ahuanari, Manuel Maytahuari Silvano, Lety Canayo Guelle, José Sabino Ahuanari Pacaya, Cesar Alcides Maitahuari Silvano, Betman Guelle Acho, Semira Lucia Acho Canayo, Armando Pizango Bardales, Segundo Nelson Yahuarcani Tapullima, Wilson Macuyama Fababa, Tercero Julián Chávez Guelle, Pedro Curichimba Shuña, Mario Amaringo Ihuaraqui, Juan Feliciano Amaringo Ihuaraqui, Maura Elita Shahuano Arirama, Yen Mersita Merci Amaringo Shahuano, Pedro Ihuaraqui Guevara, Jaime Cobos Gómez, Lita Gutiérrez Pacaya, Nery Ayde Murayari Acho, Desiderio Angulo Pacaya, Rosa Olinda Ruiz Mohenos, Jeidin Shinarahua Arce, Alejandro Pinedo Chota, Elmer Melena Payma, Luis Salinas Curico, Maxima Huaicamari Silvano, Raúl Tamani Silvano, Neri Luna Pérez, Vicente Chávez Pezo, Milena Guelle Pacaya, Julián Álvaro Chávez Torres, Marlin Canayo Pinche, Dolores Ruiz Rengifo, Zoraida Chávez Murayari, Sara Yolanda Izquierdo Pacaya, Wilson Loja Ricopa, Edson Leandro Flores Silva, Henrry Rodríguez Pilco, Jaime Eladio Pérez Souza, Wilson Melena Paima, Julia Murayari Pacaya, Consuelo Gaviola Pacaya, Alfredo Gómez Jota, Víctor Salinas Curico, Estefita Chávez Ramos, Lucila Pacaya Canayo, Rider Raúl Navarro Venancino, Marcos Gaviola Pacaya con: RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE (09) Requena, 04 de abril del año 2023. DADO CUENTA, al estado actual del presente proceso; y, de su revisión, se advierte que mediante Resolución VEINTE se programó fecha y hora para audiencia de control de Requerimiento de Sobreseimiento para el día 06 de Diciembre del 2022, sin embargo la misma no pudo llevarse a cabo debido a que no retorno el cargo de notificación de los imputados, y las mismas retornaron con fecha posterior a la audiencia con razón a pesar de ser las mismas direcciones que se consigna en sus ficha Reniec, por tanto notifíquese en las direcciones que señala en el requerimiento de sobreseimiento así como en las direcciones de sus ficha Reniec sin perjuicio de notificar vía edicto judicial, además se pone en conocimiento al representante del Ministerio Publico que los imputados ELVA MARIA AMASIFUEN CUMAPA, PEDRO AHUARAQUI GUEVARA, PEDRO CURICHIMBA SHUÑA y JOSE ALEJANDRO TORRES PACAYA, salen en ficha reniec en restricciones CANCELACIÓN – FALLECIMIENTO, lo que se informa para los fines pertinentes; por lo que corresponde reprogramar la audiencia de su propósito de acuerdo a la agenda judicial. Por lo que, estando a ello, SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO para el día JUEVES TRECE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, a horas NUEVE DE LA MAÑANA [09:00 a.m.], de manera presencial, salvo que soliciten participar de manera virtual-para las partes procesales que lo consideren siempre que por su naturaleza, el daño o perjuicio irreparable lo justifique, y no exponga la salud de los participantes acatando los protocolos de salud pertinentes, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, sito en Calle Recreo s/n con 28 de Julio – Módulo Básico de Justicia de Requena, sub sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, con la presencia obligatoria del Fiscal a cargo del caso, del abogado defensor del imputado y del citado imputado, bajo los apercibimientos de ley. 2. NOTIFÍQUESE la presente resolución a los abogados defensores, fiscal, defensa pública y/o procurador competente, debiendo señalar cada uno sus cuentas de correo electrónico (con extensión gmail.com) y un número celular dentro de las VEINTICUATRO HORAS de notificados a fin de coordinar y viabilizar la realización de la referida audiencia lo cual DEBERÁ ser comunicada al correo institucional de mesa de partes de esta Sub Sede de Corte, esto es, mbjrequena@gmail.com. 3. EXHORTAR al fiscal de la causa a cumplir con sus funciones y asistir a las audiencias programadas y que han sido debidamente notificadas a su casilla electrónica, sin perjuicio que de persistir en su conducta, poner en conocimiento del Órgano de Control del Ministerio Publico a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. 4. Realice la Especialista de Audiencias Abog. Grecia Eunice Armas Orellana, con celular N° 935482530, la coordinación y actos preparativos para que la audiencia se lleve a cabo en la fecha y hora indicada bajo responsabilidad.
Notifíquese a todos los sujetos procesales y por Edicto Judicial a quien se lo requiera.
V-3(25,26 y 29)