EDICTO JUDICIAL
En el Expediente Nº 00218-2019-57-1905-JR-PE-01, a cargo del Especialista Judicial Abog. Ronald Antony Barrera Paredes, el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante EDICTO JUDICIAL a los imputados PIERO VELA GARCIA, JHITLER ERICK CAILA DEL AGUIA y DULCYNEA VILLAMAR DUEÑAS, con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (03). Requena, veintitrés de mayo del año dos mil veintidós. DADO CUENTA, al escrito Nº 492-2022 presentado por la Procuraduría General del Estado y al estado actual del presente proceso; y, de su revisión, se advierte que mediante Resolución Dos se programó fecha y hora para audiencia de control de Requerimiento mixto para el día 03 de Mayo del 2022, sin embargo la misma no pudo llevarse a cabo debido a que no fue notificado la procuraduría del ministerio público, conforme se aprecia en el Acta de Audiencia de la Especialista Judicial de Audiencias, por lo que corresponde reprogramar la audiencia de su propósito de acuerdo a la agenda judicial. Por lo que, estando a ello, SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE PLAZO DE DILIGENCIAS PRELIMINARES para el día LUNES CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, a horas ONCE DE LA MAÑANA [11:00 a.m.], de manera presencial, salvo que soliciten participar de manera virtual-para las partes procesales que lo consideren siempre que por su naturaleza, el daño o perjuicio irreparable lo justifique, y no exponga la salud de los participantes acatando los protocolos de salud pertinentes, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, sito en Calle Recreo s/n con 28 de Julio – Módulo Básico de Justicia de Requena, sub sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, con la presencia obligatoria del Fiscal a cargo del caso, del abogado defensor del imputado y del citado imputado, bajo los apercibimientos de ley. 2. Al escrito 492-2022, presentado por la procuraduría general del estado, téngase por apersonado a Aderly Fernández López, Abogado Apoderado de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Loreto, asimismo en el Primer Otrosí Digo delega representación a los abogados Zoila Sofia Tarazona Trujillo, Maria del Rocio Curiel Ramirez, Franklin Juan Jamanca Henostroza, Roling Marcellini Durand; al Segundo Otrosí Digo téngase por señalado el domicilio procesal en la Calle Brasil Nº 483, Iquitos, Casilla Electrónica Nº 72720 y correo electrónico padloreto@minjus.gob.pe. 3. NOTIFÍQUESE la presente resolución a los abogados defensores, fiscal, defensa pública y/o procurador competente, debiendo señalar cada uno sus cuentas de correo electrónico (con extensión gmail.com) y un número celular dentro de las VEINTICUATRO HORAS de notificados a fin de coordinar y viabilizar la realización de la referida audiencia lo cual DEBERÁ ser comunicada al correo institucional de mesa de partes de esta Sub Sede de Corte, esto es, mbjrequena@gmail.com. 4. EXHORTAR al fiscal de la causa a cumplir con sus funciones y asistir a las audiencias programadas y que han sido debidamente notificadas a su casilla electrónica, sin perjuicio que de persistir en su conducta, poner en conocimiento del Órgano de Control del Ministerio Publico a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. 5. Realice la Especialista de Audiencias Abog. Grecia Eunice Armas Orellana, con celular N° 935482530, la coordinación y actos preparativos para que la audiencia se lleve a cabo en la fecha y hora indicada bajo responsabilidad. Notifíquese a todos los sujetos procesales y por Edicto Judicial a quien se lo requiera.
V-3(27,30 y 31)
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