27 C
Iquitos
spot_img

JUZGADO DE INVESTIGACION

Date:

Share:

EDICTO
EXPEDIENTE: N°0001-2015-79-1904-JR-PE-01
IMPUTADO: CARLOS MIGUEL TENORIO REQUEJO
LUIS HONORATO PITA DIAZ
YVAN ENRIQUE VASQUEZ VALERA
ELOY DEODOCIO TAPIA VALLEJOS
JOSE LUIS VILLEGAS VILLEGAS MORETTI
MARIO CRUZ DAVALOS
EDWIN SILVA MOREANO
THEMIS JHON RIVAS OCHOA
JUAN CARLOS HIDALGO PIÑA
SERGIO EMERSON SORIA AREVALO
AMADOR DANILO BARAZORDA GUTIERREZ
DELITO: CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
AGRAVIADO: EL ESTADO
  JUEZ: DR. EDWIN ENRIQUE VILLACORTA VEGA
ESPECIALISTA: ABOG. FERNANDO M. CHISCUL ALBORNOZ
Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Mariscal Ramón Castilla que despacha la Juez EDWUIN VILLACORTA VEGA, asistido por la Especialista Judicial que suscribe el presente se ha dispuesto que se notifique por EDICTO a los CARLOS MIGUEL TENORIO REQUEJO, LUIS HONORATO PITA DIAZ, YVAN ENRIQUE VASQUEZ VALERA, ELOY DEODOCIO TAPIA VALLEJOS, THEMIS JHON RIVAS OCHOA,  JUAN CARLOS HIDALGO PIÑA, AMADOR DANILO BARAZORDA GUTIERREZ y Otros , por la presunta comisión del delito contra La Administración Pública, en la modalidad de COLUSION, y PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en los Artículos 384° y 387° del Código Penal, en agravio del Gobierno Regional de Loreto. RESOLUCIÓN S/N. Caballo Cocha, Ocho de Marzo Del año dos mil Veintidós. Dado Cuenta: Y continuando con la audiencia de autos se advierte que le señor Eloy Tapia Alejo ha señalado en este acto de audiencia que en la actualidad vive en estados unidos, además ha señalado que su domicilio actual es en Calle Circular Los Lirios N° 207 – San Juan Bautista – Iquitos, también señalar que dicho imputado a sido válidamente notificado con el requerimiento acusatorio conforme obra a fojas 66 para que realice su contestación a la acusación, sin embargo lejos de contestar su acusación no la ha realizado, considerando que eso lo imposibilita pues una contestación a la acusación toda vez que dicha fase procesal ya a precluido, también precisar que el señor Sergio Emerson Soria Arévalo no ha sido también válidamente notificado en su dirección real que ha señalado el ministerio público, tampoco ha contestado pese a estar válidamente notificado del día 27/06/2019 conforme obra fojas 77, corriendo la misma suerte a lo ya señalado el señor Gerardo Dante Regalado Regalado y el señor José Luis Villegas Moretti tampoco han sido debidamente notificados, sin embargo obra en el presente cuaderno que han sido notificados complementaria mente por vía edictos en el diario la Región de Loreto y el Diario El Peruano de mayor circulación nacional, sin embargo a fin de no vulnerar su derecho de defensa tanto formal, y estando también a lo señalado el defensor de la legalidad ministerio público, se declara FRUSTADA la presente audiencia, y se reprograma para el DIA 11 DE ABRIL DEL 2022, A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, como tal queda notificados el representante del ministerio público, el señor procurador, el Dr. Luis Alberto Coello Ynope, el Dr. José Martín Rospligliosi Cruz, y el Dr. Alan Enrique Rengifo Vela, bajo apercibimiento de ser subrogados de la defensa en caso de inconcurrencia, notifíquese a los demás sujetos procesales, quienes deberán elegir un abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designárseles un abogado público en caso de incumplimiento, también ofíciese a la defensoría pública de Iquitos y pueda proveer un abogado defensor para los imputados, a fin de garantizar el derecho de defensa de los imputados, y no frustrar dicha audiencia, también complementariamente notifíquese vía edictos en el diario la Región de Loreto y el Peruano, así también queda notificado el señor Eloy Tapia y se le ordena que designe un abogado de libre elección para que asuma su defensa, bajo apercibimiento de designarle un abogado público en caso de incumplimiento, para la cual se le concede el plazo de tres días hábiles, notifíquese al señor Raúl Andrés Pineda Rodríguez en su domicilio real calle Teniente Pinglo N° 138 – Iquitos, notifíquese al señor Sergio Emerson Soria Arévalo, en su domicilio en la Urb. Río Mar MZ. L – LOTE 2 – Distrito de Belén – Iquitos, notifíquese al señor Gerardo Dante Regalado Regalado en calle Santa Rosa N° 274 – Lima, al señor Edwin Silva Moreano en Urb. Mesa Redonda Sánchez Cerro N° 313 – Lima, y al señor Mario Cruz Dávalos en la calle Canevaro N° 758 – I – Lince – Lima, a estos señores se les exhorta nombrar un abogado de libre elección, bajo apercibimiento de designárseles un abogado defensor público; notifíquese también al Dr. Fidel Morí Quiroz  abogado defensor de Juan Carlos Hidalgo Piña, bajo apercibimiento de ser subrogado de la defensa, y designarse un abogado de oficio para que pueda asumir la defensa del acusado en caso de no conectarse a la presente audiencia.
V-3(11,14 y 15)

EDICTO JUDICIAL
En el Expediente Nº 00031-2021-3-2019-85-1905-JR-PE-01, a cargo de la Especialista Judicial Abog. Fiorella Pereira Pinedo, el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante EDICTO JUDICIAL a los imputados FRANCISCO YAICATE RUE, MAX ROJAS CASTERNOQUE, EDWIN ASIPALI OJANAMA, RENEMER JAVIER MACEDO RODRIGUEZ, JORGE IHUARAQUI SILVANO, HUMBERTO HUANINCHE SACHIVO y GISELA VASQUEZ GONZALES, con: Razón: Señor magistrado, se da impulso al presente proceso penal con fecha actual, toda vez que el magistrado y los servidores públicos se encontraban haciendo uso del derecho vacacional desde el 01 al 15 de febrero, conforme a la Resolución Administrativa Nº 70-2022-CSJLO-PJ. Aunado a ello, tenemos los diversos inconvenientes que presenta el Escritorio Virtual de Aplicaciones, y que imposibilita la atención de los escritos pendientes de la secretaría. Lo que informo para los fines de ley. Requena, diecisiete de febrero del dos mil veintidós. RESOLUCION NUMERO UNO (01) Requena, tres de marzo del dos mil veintidós. AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha con el escrito signado con Nº 130-2022, presentado por Aderly Fernández López, Abogado Apoderado de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción del Distrito Judicial de Loreto; Y CONSIDERANDO: Primero: El artículo 102º del Código Procesal Penal, prescribe: Inciso 1: “El Juez de la Investigación Preparatoria, una vez que ha recabado información del Fiscal acerca de los sujetos procesales apersonados en la causa y luego de notificarles la constitución en actor civil resolverá dentro del tercer día.”. Segundo: En este orden de ideas, y advirtiéndose de las documentales que se adjuntan que el solicitante ha presentado su solicitud de incorporación como actor civil, debidamente motivada y sustentada, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 100º del acotado cuerpo normativo, teniendo en cuenta además, la Escritura Publica Nº 605 de fecha 03 de diciembre de 2020, mediante el cual el Dr. Javier Alonso Pacheco Palacios, Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, otorga poder a favor del recurrente; corresponderá previamente a resolver, el correr traslado a los sujetos procesales. Por estas consideraciones, SE DISPONE: CORRASE TRASLADO por el plazo de TRES DÍAS a los sujetos procesales con la solicitud de INCORPORACIÓN al proceso como ACTOR CIVIL presentada por Aderly Fernández López, Abogado Apoderado de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción del Distrito Judicial de Loreto. Al Primer otrosí, Téngase por DELEGADO la representación a favor de los letrados Zoila Tarazona Trujillo, María del Rosario Curiel Ramírez, Franklin Juan Jamanca Henostroza y Roling Marcellini Durand. Al segundo otrosí, Téngase por señalado como su domicilio procesal la Casilla Electrónica N° 72720, sin perjuicio de notificarle cuando ésta judicatura así lo disponga o cuando el Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE presente problemas de conexión y/u otras deficiencias, en el correo electrónico institucional padloreto@minjus.gob.pe.  NOTIFÍQUESE.
V-3(11,14 y 15)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Bellavista Callarú da ultimátum de 30 días al Estado y advierte posible adhesión a Brasil

Autoridades denuncian abandono estatal y avance del narcotráfico en la frontera con Colombia y Brasil. Las autoridades del centro poblado Bellavista Callarú, comunidad indígena de...

Corte de Loreto comprometido con la reinserción social de personas sentenciadas

A través de régimen de semilibertad para personas condenadas que ya no están en prisión, permitiéndoles trabajar o estudiar. Reduciendo la reincidencia y promoviendo una...

Contraloría supervisa obras y programas sociales en Mazán

Contralor César Aguilar llegó a esta lejana localidad de la selva junto a un equipo multidisciplinario de auditores dentro del operativo en Loreto. Con un...

Erosión del río Ucayali obliga a más de 100 familias a desarmar sus viviendas en Tiruntán

Municipalidad y Gobierno Regional activan ayuda humanitaria ante el avance del caudal y el riesgo de mayor afectación en las próximas semanas. La localidad de...

Hospital Regional activa plan de contingencia ante incremento de casos de dengue en Loreto

Director exhorta a la población a eliminar criaderos, evitar la automedicación y acudir oportunamente a los servicios de salud durante la temporada de lluvias. El...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente