EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00220-2019-31-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Felix Salinas Taminchi, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, ilícito previsto en el articulo 122º – B del Código Penal, en agravio de Libia Chavez Mucushua ; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante edicto a la persona de Felix Salinas Taminchi y agraviada Libia Chávez Mucushua con la presente resolución. Resolución Nro. 03.- San Lorenzo, diecisiete de junio Del año dos mil veintiuno. DADO CUENTA; Con la razón emitida por la especialista judicial y estado actual del presente proceso, téngase presente y agréguese a los autos y considerando Primero.- Que, de la revisión de autos del presente expediente se observa que no se instalo audiencia de requerimiento de sobreseimiento por motivo que los cargos de notificación de la partes procesales imputada y agraviada no han retornado pese haberse remitido el oficio Nº 133-2021-JIP-DM-MAMM-PJ a efectos de que se realice las respetivas notificaciones; sin embargo, no se ha cumplido con devolver las cedulas de notificación debidamente diligenciadas motivo por el cual debe notificarse por la vía más idónea ello es vía edicto con el fin de seguir con el trámite del presente proceso y no generar dilaciones innecesarias, teniendo en cuenta la disponibilidad de la agenda que maneja este juzgado y la agenda judicial electrónica, lo que debe tenerse presente. Segundo.- Que, hasta la fecha las partes procesales imputado y agraviado no han sido válidamente notificados con resolución numero uno y anexos (traslado de sobreseimiento), y a efectos de no vulnerar el derecho a la defensa y evitar futuras nulidades corresponde reiterar notificación de resolución numero uno y anexos a la parte imputada y agraviada conforme corresponde; estando a lo antes expuesto. SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR para el día JUEVES DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) para la realización de la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO, a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Datem del Marañón y/o virtual(Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo- San Lorenzo); la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y los sujetos procesales asistente y/o citados. 2) NOTIFIQUESE vía edicto al imputado Felix Salinas Taminchi y agraviada Libia Chavez Mucushua conforme lo prescribe artículo 128 del C.P.P y reitérese notificación de resolución numero uno más anexos conforme corresponde. NOTIFÍQUESE Resolución Nro.01.- San Lorenzo, treinta de noviembre Del año dos mil veinte.SE RESUELVE: 1) CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DIAS UTILES con el requerimiento de sobreseimiento fiscal, precisar que solo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. Al primer Otrosí digo.- Téngase presente. Al segundo Otrosí digo.- Téngase presente para los fines correspondientes. 2) SEÑALAR FECHA Y HORA para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO, para el día JUEVES CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM) hora exacta en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Datem del Marañón [Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo – San Lorenzo]; la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y los sujetos procesales asistentes. Notifíquese.- SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑÓN. ABG. BRIGITH MORENO DOMINGUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP”.
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