JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
N 00037-2021-0-1907-JR-PE-01, seguido contra JULIAN LAZO PAREDES, por ser presunto AUTOR del Delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del grupo Familiar, previsto y sancionado en el numeral 7) del segundo párrafo del artículo 122°-B del Código Penal, en agravio de ALEGRÍA YUMBATO DEL AGUILA, ha dispuesto se NOTIFIQUE mediante edicto judicial a la parte  imputada JULIAN LAZO PAREDES., con la presente resolución: NÚMERO CUATRO  de fecha 08 de junio del 2021.  en la que SE RESUELVE: DECLARAR PROCEDENTE el requerimiento de proceso inmediato contra el procesado JULIAN LAZO PAREDES como presunto autor del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 122° – B del Código Penal, en agravio de ALEGRIA YUMBATO DEL AGUILA. Como consecuencia de ello el señor representante del Ministerio Público dentro del plazo de veinticuatro horas deberá proceder a emitir la acusación respectiva. JUEZ.- se le pregunta al señor representante del Ministerio Público si está conforme con la resolución emitida en la presente Audiencia. EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO.- conforme JUEZ: Se tiene presente lo expuesto por el señor representante del Ministerio Público para los fines pertinentes de ley, Se le pregunta al señor abogado de la defensa técnica de procesado si está conforme con la resolución emitida en la presente Audiencia. LA DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO.- conforme (Quedando registrado en audio). NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ (T) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. JUAN HEDILBERTO NOE FARFAN, ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA – NCP. 
V-3(14,15 y 16)

EDICTO PENAL
N° 00045-2021-0-1907-JR-PE-01,  seguido contra FLAUBER JHON ESCOBEDO INUMA como presunto autor del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 122° – B del Código Penal, en agravio de DEYSI EBERLY TAMINCHI CHANCHARI., ha dispuesto se NOTIFIQUE mediante edicto judicial a la parte  imputada JULIAN LAZO PAREDES., con la presente resolución: NÚMERO CUATRO  de fecha 08 de junio del 2021. en la que SE RESUELVE: DECLARAR PROCEDENTE el requerimiento de proceso inmediato contra el procesado FLAUBER JHON ESCOBEDO INUMA como presunto autor del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 122° – B del Código Penal, en agravio de DEYSI EBERLY TAMINCHI CHANCHARI. Como consecuencia de ello el señor representante del Ministerio Público dentro del plazo de veinticuatro horas deberá proceder a emitir la acusación respectiva. JUEZ.- se le pregunta al señor representante del Ministerio Público si está conforme con la resolución emitida en la presente Audiencia EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO.- conforme (Quedando registrado en audio). JUEZ: Se tiene presente lo expuesto por el señor representante del Ministerio Público para los fines pertinentes de ley, Se le pregunta al señor abogado de la defensa técnica de procesado si está conforme con la resolución emitida en la presente Audiencia. LA DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO.- conforme (Quedando registrado en audio). NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ (T) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. JUAN HEDILBERTO NOE FARFAN, ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA – NCP. 
V-3(14,15 y 16)

EDICTO JUDICIAL
En el Expediente 00016-2016-31-1905-JR-PE-01, seguido contra los imputados ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JHONNY LOPEZ SIFUENTES, FREDDY GUSTAVO OLIVEIRA VASQUEZ, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSÉ JONATHAN EGUREN ZUMAETA como presuntos AUTORES y contra BEATRIZ GOMEZ VILLACREZ en calidad de COMPLICE PRIMARIO de la comisión del presunto delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA en la modalidad de PECULADO DOLOSO y contra ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JHONNY LOPEZ SIFUENTES, FREDDY GUSTAVO OLIVEIRA VASQUEZ, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSÉ JONATHAN EGUREN ZUMAETA como presuntos AUTORES y contra BEATRIZ GOMEZ VILLACREZ en calidad de COMPLICE PRIMARIO de la comisión del presunto delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA en la modalidad de NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE O DE APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO; ambos ilícitos en agravio del ESTADO PERUANO- MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUINAHUA, el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante EDICTO JUDICIAL al imputado FREDDY GUSTAVO OLIVEIRA VASQUEZ, con las siguientes resoluciones: RESOLUCION NÚMERO VEINTITRES (23). Requena, diecinueve de enero Del año dos mil veintiuno. Dado cuenta en la fecha con el escrito que antecede presentado por el letrado Jhonatan Paolo Guerra Pumalloclla, donde solicita se le subrogue del presente proceso debido a que ha dejado de patrocinar al procesado Freddy Gustavo Oliveira Vásquez, se dispone: notificar al procesado FREDDY GUSTAVO OLIVEIRA VÁSQUEZ en su domicilio real, a fin de que en el plazo de 24 horas de notificado con la presente resolución cumpla con designar un abogado de su confianza, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de asignársele un defensor público. NOTIFIQUESE. RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO (24). Requena, tres de junio del año dos mil veintiuno. DADO CUENTA, a la razón de dicho del Asistente de Comunicaciones del Módulo Básico de Justicia de Requena devolviendo la cédula  de notificación Nº 968-2021-JR-PE (Dirección proporcionada por el representante del Ministerio Publico en el Requerimiento Fiscal) de la Resolución Número Veintitrés dirigida al imputado OLIVEIRA VASQUEZ FREDDY GUSTAVO por las razones que en ella se indica [Persona no habida, dirección inexacta y otros], se advierte de la revisión de los actuados que la dirección allí consignada pertenece al distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto, por tanto NOTIFÍQUESE debidamente la Resolución Número Veintitrés al imputado en mención. Por otro lado, a la razón de dicho del Asistente de Notificaciones de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto devolviendo la cédula de notificación Nº 969-2021-JR-PE (Dirección según ficha Reniec) de la Resolución Número Veintitrés dirigida al imputado OLIVEIRA VASQUEZ FREDDY GUSTAVO por las razones que en ella se indica [Dirección inexacta- La calle y la dirección no existe. Los vecinos de la zona indican no conocer al destinatario], téngase presente. Siendo así, el imputado no ha sido debidamente notificado por los motivos indicados. En tal sentido, en aras de garantizar el derecho de defensa que les asiste a todo justiciable, NOTIFÍQUESE VÍA EDICTO JUDICIAL con la resolución que ha sido devuelta con las razones de dicho. Sin perjuicio de REQUERIR AL FISCAL de la causa ponga en conocimiento de ésta judicatura en el plazo de 03 días hábiles, si el investigado en mención, a la fecha de emisión de la presente resolución, designó a un abogado que asuma su defensa técnica y/o señaló nuevo domicilio real o procesal en sede fiscal a efectos sea emplazado en la presente causa por ésta judicatura. Notifíquese solo al representante del Ministerio Público por economía y celeridad procesal.
V-3(14,15 y 16)