JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el EXPEDIENTE N° 00050-2014-0-1903-JR-PE-01, en los seguido contra: JOHN HENRY MONTES PEÑA por la presunta comisión del delito Contra La Seguridad Pública – Peligro Común, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD; se ha dispuesto la notificación mediante Edicto al imputado: JOHN HENRY MONTES PEÑA, la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha nueve de enero del dos mil catorce, cuyo contenido es el siguiente: «DADO CUENTA; en la fecha el Oficio que antecede, procedente de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, la misma que adjunta la Disposición Fiscal N° 04-2013-MP-4°FPPC-MAYNAS, de fecha dos de enero del dos mil catorce; y estando a lo que expone: TÉNGASE POR RECIBIDA LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra JOHN HENRY MONTES PEÑA por la presunta comisión del delito Contra La Seguridad Pública – Peligro Común, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD; teniéndose presente para las consecuencias procesales a que se contraen los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes. NOTIFIQUESE.» FIRMADO. ABOG. ALICIA GARCIA RUIZ – JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. JULIO CESAR MODESTO DAVILA – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS, 13 DE JUNIO DEL 2014.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
En el EXPEDIENTE N° 00050-2014-0-1903-JR-PE-01, en los seguido contra: JOHN HENRY MONTES PEÑA por la presunta comisión del delito Contra La Seguridad Pública – Peligro Común, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD; se ha dispuesto la notificación mediante Edicto al imputado: JOHN HENRY MONTES PEÑA, la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO de fecha trece de junio del dos mil catorce, cuyo contenido es el siguiente: «DADO CUENTA; con el escrito que antecede presentado por el Abogado Yvan Mao Vera Velarde, Fiscal Provincial Provisional de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, precisando la forma de notificación del imputado JOHN HENRY MONTES PEÑA [mediante edicto] a fin de no vulnerar su derecho en el presente proceso; en virtud a lo dispuesto por el artículo 128° del Código Procesal Penal, en tal sentido, SE DISPONE: NOTIFÍQUESE POR EDICTO las Resoluciones N° 01 y 04 de autos; Al imputado JOHN HENRY MONTES PEÑA, en virtud a lo previsto en el artículo 128° del Código Procesal Penal; publicándose en el diario oficial de esta Corte Superior las mencionadas resoluciones por el período de TRES DÍAS HÁBILES, cumpliéndose una vez efectuado, con agregar al expediente los ejemplares que contienen la notificación con el fin de acreditar su realización, a fin que el citado imputado tenga conocimiento del presente proceso; y proveyendo de acuerdo a ley, la Disposición Fiscal N° 05-2014-MP-4°FPPC-MAYNAS, de fecha treinta de abril del dos mil catorce presentado por el representante del Ministerio Publico, quien pone en conocimiento la CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA: Téngase presente para los fines de ley; debiendo RESERVARSE el proveído del Requerimiento de Acusación Fiscal, en el incidente: 00050-2014-92-1903-JR-PE-01, hasta que la Defensoría Publica designe abogado defensor público para el imputado JOHN HENRY MONTES PEÑA, a fin de asumir la defensa técnica del citado imputado en la audiencia próxima a programarse y no crearle indefensión en la tramitación de la presente causa. Avocándose a la presente causa el Señor Juez por Disposición Superior. NOTIFÍQUESE.» FIRMADO. ABOG. CARLOS ENRIQUE HUARI MENDOZA – JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. JULIO CESAR MODESTO DAVILA – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS, 13 DE JUNIO DEL 2014.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00915-2013-0-1903-JR-PE-01, se NOTIFICA POR EDICTO al imputado  CARLOS BARRERA DÍAZ, la RESOLUCION NUMERO DIEZ, Iquitos, treinta de Mayo del año dos mil catorce; cuyo contenido es el siguiente: DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con el Oficio N° 629-2014-MP-7°FPPC-MAYNAS-LORETO/DT, mediante el cual adjunta la disposición fiscal número ONCE procedente de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, estando a lo que  expone: TÉNGASE POR COMUNICADA LA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA formalizada en el presente caso; con conocimiento de las partes procesales para los fines legales consiguientes. En virtud a lo previsto en el artículo 128° del Código Procesal Penal. NOTIFÍQUESE. ”FIRMADO: ABOG (a). ALICIA GARCÍA RUIZ JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA. ABOG. JAIRO NEISER SALAZAR ANGULO – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.
Iquitos, 30 de Mayo del 2014.
V-3(17,18 y 19)