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JUZGADO DE INVESTIGACION

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EDICTO
En el Exp. N° 049-2014 en el incidente de ACUSACIÓN, en los seguidos contra los imputados GERARDO SEGURA ZULUETA, ALFONOS SEGURO ZULUETA, ELVERDIAZZULUETA, HILDAGUEVARA DIAZ, MILAGROS LOZADA GUEVARA, GRATELI FASABI TAPULLIMA Y MILE LOZADA GUEVARA como presuntos AUTORES por la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de USURPACION AGRAVADA, en agravio de MARIA DOLORES LOZADA ALARCON. En que se reprograma la Audiencia de Control de Acusación conforme lo establece RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO de fecha nueve de mayo del presente año, “De la audiencia en la cual se ha podido advertir la inasistencia de la parte acusada, y estando al informe de la especialista de audiencias quinen indica que para esta audiencia no se habrían recabado los edictos para la notificación de la modificatoria de la acusación de la parte acusada, así como el subprefecto de Pampa Hermosa ha devuelto las notificación sin diligenciar, el cual no habría cumplido la finalidad dispuesta en la resolución número siete respecto  a la notificación de la modificación de la acusación; consecuentemente no habiendo sido válidamente emplazados no es posible instalar la presente audiencia reprogramándose para  EL DIA VEINTIDOS DE JUNIO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00AM) exhortándose a la especialista de la causa a efecto de que realice las coordinaciones necesarias para el emplazamiento válido de las partes procesales sea esta a través del edicto correspondiente, y al domicilio real de los acusados”. Sito en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ucayali – Contamana.
V-3(29,30 y 31)

EDICTO PENAL
El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Mercado y Ambientales, en el EXPEDIENTE N° 03414-2016-0-1903-JR-PE-05, en los seguidos contra los investigados JUAN OJAICATE MACAYA Y OTROS, por el presunto delito TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a la persona antes señalada, con la Resolución N° SEIS de fecha veinticinco de mayo Del dos mil Diecisiete, cuya redacción es la siguiente: SE DISPONE:  REITERAR EL REQUERIMIENTO al  señor Fiscal con la finalidad que en el término de TRES DÍAS de notificado con la presente informe respecto del imputado FELIPE RENGIFO ANGULO si cuenta con abogado defensor  o en caso contrario solicitar se le designe un defensor público al referido imputado, conforme al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal  – de ser el caso aplicando lo dispuesto en el artículo 85° del Código Procesal Penal, y cumplido que sea comunique a esta judicatura, a efectos de continuar el trámite de la presente causa, BAJO APERCIBIMIENTO DE REMITIRSE COPIAS AL FISCAL SUPERIOR COORDINADOR DE LAS FISCALIAS PROVINCIALES Y A SU ORGANO DE CONTROL INTERNO.
Iquitos, 25 de mayo del 2017
V-3(29,30 y 31)

EXP. N° 03434-2016-0
Especialista de Audiencias: Eddier Rojas Linares.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, se dispuso se NOTIFIQUE al testigo IGOR ALEXANDER VEGA DA SILVA, para que concurra a la próxima audiencia de juicio oral, que se llevara a cabo EL DÍA VEINTIUNO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE Y TREINTA MINUTOS DEL MEDIO DIA en la Sala de Audiencia del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz ordenado en el cuaderno número 03434-2016-0-1903-JR-PE-01 en la causa seguida contra el acusado IGOR ALEWXANDER VEGA DA SILVA por el presunto DELITO DE CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de  LA SOCIEDAD.
Iquitos, 26 de Mayo del 2017.
V-3(29,30 y 31)

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