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JUZGADO DE INVESTIGACION

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EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 00674-20176-98, en los seguidos contra el investigado TADEO ESTELA TELLO y OTROS, por el presunto delito CONTAMINACION DEL MEDIO AMBIENTE; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO al persona antes señalada, con la Resolución N° CINCO, cuya redacción es la siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS.- Iquitos, veinte de febrero del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso; y conforme al estado del proceso se procede a expedir la presente resolución; Primero: Que, el artículo 102º del Código Procesal Penal, prescribe: Inciso 1: “El Juez de la Investigación Preparatoria, una vez que ha recabado información del Fiscal acerca de los sujetos procesales apersonados en la causa y luego de notificarles la constitución en actor civil resolverá dentro del tercer día”; Inciso 2): “Rige en lo pertinente, y a los solos efectos del trámite, el artículo 8°. A su vez, el numeral 8º del citado cuerpo normativo dispone en su inciso 2: “El Juez de la Investigación Preparatoria, una vez que ha recabado información del Fiscal acerca de los sujetos procesales apersonados en la causa y luego de notificarles la admisión del medio de defensa deducido, dentro del tercer día señalará fecha para la realización de la audiencia, la que se realizará con quienes concurran a la misma. El Fiscal asistirá obligatoriamente y exhibirá el expediente fiscal para su examen inmediato CCC por el Juez en ese acto”. Segundo: En este orden de ideas, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos antes indicados y encontrándose la solicitud motivada y sustentada, corresponderá el resolver la petición en audiencia; siendo  el estado del proceso: CÍTESE a AUDIENCIA DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL para el día DIEZ DE MARZO del presente año a horas NUEVE DE LA MAÑANA; que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicado en el Segundo Piso de esta Sede de Corte, Modulo del Nuevo Código Procesal Penal, sito en la Avenida Grau N° 720-Iquitos, con la concurrencia obligatoria del Fiscal a cargo de la Investigación Preparatoria, quien deberá exhibir en ese acto la carpeta fiscal y del solicitante Procurador Publico Especializado en Materia Ambiental del Ministerio del Ambiente. PÓNGASE de conocimiento a los demás sujetos procesales para los fines legales consiguientes. NOTIFÍQUESE por Edicto la presente resolución al imputado TADEO ESTELA TELLO, para los fines de Ley. 
Iquitos, 20 de febrero del 2017
V-3(01,02 y 03)

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