5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03760-2019-46-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a las personas de MAGNO ORBE HERRERA y CARLOS MARCELO ZUMAETA VERGARA en calidad de acusados, a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha siete de mayo del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTIDOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación y 3.PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/fqm-tmpz-rks o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz – Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(16, 19 y 20)
Exp. N.° 4298-2019-48-1903-JR-PE-01 – “CUADERNO DE PROCESO INMEDIATO”
Especialista: Judith Gisela Toro Guevara
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF Y CEED – Sede central
EDICTO
Por el presente, el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF y CEED – Sede central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N.° 4298-2019-48-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar a la parte sentenciada GABRIEL ALEXANDER CASTILLO LAVADO, con el contenido del ACTA DE AUDIENCIA de fecha 09-05-2025; mediante el cual se dispone 1) DECLARAR IMPROCEDENTE el requerimiento de Prorroga del Régimen de Prueba sin exceder del plazo inicialmente fijado formulado por el representante Ministerio Público en contra el sentenciado GABRIEL ALEXANDER CASTILLO LAVADO, quien es autor del Delito Contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO en grado de tentativa, previsto y sancionado en el artículo 185 de del Código Penal concordado con su forma agravado el artículo 186 segundo párrafo numeral 9, en agravio MARIO RAFAEL RAMIREZ RIVERA. 2) Hacer efectivo los apercibimientos contemplados en la resolución número uno, esto es: se van a cursar los oficios al Registro de Deudores de Reparaciones Civiles REDERECI por incumplimiento del pago de la reparación civil del sentenciado. 3) CONSENTIDA O EJECUTORIADA la presente resolución, declárese consentida en la forma y modo de ley. Así firma el señor juez, de lo que como especialista certifico. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 15 de mayo del 2025.
V-3(16, 19 y 20)





