JUZGADO DE FAMILIA

EDICTO
1092-2012
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia LLAMA, CITA Y EMPLAZA A LA DEMANDADA PEREZ LAULATE LIZ,  a fin de que se apersone al local del Juzgado e informar sobre su domicilio actual, y ser notificada la resolución número cuatro, que dispone: SE RESUELVE: 1).- DECLARAR REBELDE a la demandada PEREZ LAULATE LIZ, y continuando con la secuencia procesal y según agenda judicial; 2) SEÑÁLESE para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA, el día ONCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en el local del juzgado, debiendo las partes apersonarse al local del Juzgado, en la fecha y hora señalada, bajo apercibimiento de archivarse definitivamente el proceso en caso de inconcurrencia de las mismas de conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo doscientos tres del código Procesal Civil Modificado por la Ley N° 29057. NOTIFIQUESE por Edicto.
Iquitos 07 de diciembre de 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
01013-2012
La Señora Juez del Juzgado Transitorio Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA al demandado TAPULLIMA ACHO NILSER, a fin de que en plazo de tres días de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al proceso, a fin señalar con precisión su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Así mismo NOTIFICA la resolución número uno, mediante la cual SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra de TAPULLIMA ACHO NILSER sobre Violencia Familiar – Maltrato Psicológico en agravio de VILCHEZ MAFALDO ELIZABETH; notifíquese al demandado para que dentro del plazo de CINCO DÌAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios y anexo que se manda agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado al Local del Juzgado, a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo diecisiete del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar-Decreto Supremo Nº 002-98-JUS; AL UNICO OTROSI DIGO: En conformidad del artículo diez del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 006-97-JUS, artículo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982,  prescribe “Recibida la petición o apreciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la Medida de Protección Inmediata de prohibición de proximidad a la victima con fines de maltratos en cualquiera de sus formas a favor de VILCHEZ MAFALDO, ELIZABETH, otorgada por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Fdo Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y secretaria judicial abogada PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos 07 de diciembre de 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1022-2011
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA A LAS PARTES ZUMAETA REATEGUI ALEX, Y AL AGRAVIADO ZUMAETA REATEGUI DAVID, a fin de que tomen conocimiento de la resolución numero siete que dispone: SE RESUELVE: 1).- DECLARAR REBELDE al demandado ZUMAETA REATEGUI ALEX, y continuando con la secuencia procesal y según agenda judicial; 2) SEÑÁLESE para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA, el día ONCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, en el local del juzgado, debiendo las partes apersonarse al local del Juzgado, en la fecha y hora señalada, bajo apercibimiento de archivarse definitivamente el proceso en caso de inconcurrencia de las mismas de conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo doscientos tres del código Procesal Civil Modificado por la Ley N° 29057. NOTIFIQUESE por Edicto. Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ Y Sec. Abog. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos 07 de diciembre de 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
01248-2012
La Señora Juez del Juzgado Transitorio Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a la agraviada JIPA TUITUY TANIA, a fin de que en plazo de tres días de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al proceso, a fin señalar con precisión su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Así mismo NOTIFICA la resolución número uno, mediante la cual SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra de CURICO OCHOA ROY sobre Violencia Familiar – Maltrato Físico y Psicológico en agravio de JIPA TUITUY TANIA; notifíquese al demandado para que dentro del plazo de CINCO DÌAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios y anexo que se manda agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado al Local del Juzgado, a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo diecisiete del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar-Decreto Supremo Nº 002-98-JUS; AL UNICO OTROSI DIGO: En conformidad del artículo diez del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 006-97-JUS, artículo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982,  prescribe “Recibida la petición o apreciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la Medida de Protección Inmediata de prohibición de proximidad a la victima con fines de maltratos en cualquiera de sus formas a favor de JIPA TUITUY TANIA, otorgada por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Fdo Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y sec. jud abo. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos 07 de diciembre de 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
997-2012
La Señora Juez del Juzgado Transitorio Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA al demandado RUIZ RENGIFO YURI, a fin de que en el plazo de tres días, de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al local del juzgado para precisar su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Asimismo NOTIFICAR la resolución número cuatro, donde SE RESUELVE: 1).- DECLARAR REBELDE al demandado RUIZ RENGIFO, YURI, y continuando con la secuencia procesal y según agenda judicial; 2) SEÑÁLESE para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA, el día QUINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del juzgado, debiendo las partes apersonarse al local del Juzgado, en la fecha y hora señalada, bajo apercibimiento de archivarse definitivamente el proceso en caso de inconcurrencia de las mismas de conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo doscientos tres del código Procesal Civil Modificado por la Ley N° 29057. NOTIFIQUESE por Edicto. Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y Sec. Jud. Abog. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos 07 de diciembre de 201
V-3(17,18 y 19)

 

Exp. 1080 – 2010
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza a la procesada SINARAHUA YAICATE, MARY DEL ROCIO para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTISIETE  DE DICIEMBRE  DEL DOS MIL DOCE, A HORAS ONCE  DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesada concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de LESIONES LEVES,.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 07 de Diciembre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. 1650 – 2011
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado JORGE LUIS PIPA REATEGUI para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR,.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 07 de Diciembre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. 166 – 2012
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado  ANDRES,SALAS DEL AGUILA, para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día  VEINTIOCHO DE DICIEMBRE  DEL DOS MIL DOCE, A HORAS NUEVE Y MEDIA DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de sus Abogados Defensores; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito contra LA VIDA, EL CUERPO y LA SALUD en la modalidad de LESIONES LEVES  en agravio de  Pedro Virgilio Chávez Almeida.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos,  07  de  Diciembre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. 1908 – 2011
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al acusado  MIRSCHEL CHISTAMA MAFALDO para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día   VEINTIOCHO DE DICIEMBRE  DEL DOS MIL DOCE, A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de sus Abogados Defensores; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito Contra La Seguridad Publica – Peligro Común, en la modalidad de CONDUCIR VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos,  07 de diciembre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. 02051-2012
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al  procesado ALEXANDER MORENO GONZALES, para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de DECLARACION DE INSTRUCTIVA en la audiencia del día  CUATRO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE A LAS OCHO DE LA MAÑANA, asimismo el  procesado deberá estar asistido por su abogado defensor que designe o en su defecto el Juzgado designara un abogado defensor de oficio para la diligencia señalada; bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia al local del Juzgado, por estar así ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Flores Vásquez. Andrea. Fdo. Alcira Rosa Lozano Ruiz.
Iquitos,  06 de  Diciembre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 00122-2012-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: ALCIRA ROSA LOZANO RUIZ
IMPUTADO: PEREYRA BARRERA, JIMMY
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al  procesado JIMMY PEREYRA BARRERA, para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de DECLARACION DE INSTRUCTIVA en la audiencia del día  VEINTISEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, asimismo el  procesado deberá estar asistido por su abogado defensor que designe o en su defecto el Juzgado designara un abogado defensor de oficio para la diligencia señalada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia al local del Juzgado,
Iquitos,  06 de  Diciembre del 2012.
V-3(17,18 y 19)