JUZGADO CIVIL

EDICTO
QUE en el proceso Nº 01489-2008-0-1903-C1-02, iniciado por JOSE ALBERTO BELLODAS IRRASABAL sobre NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA ante el SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE MAYNAS, que despacha el SEÑOR JUEZ SERGIO ANTONIO DEL AGUILA SALINAS y SECRETARIO JUDICIAL ALAN JOSUE GARCIA MURRIETA, se ha dispuesto se notifique mediante edicto con el siguiente tenor:
RESOLUCION NUMERO DOS Iquitos, ocho de enero del 2009, ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por José Alberto Bellodas Irrasabal contra la Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio-Maynas – Alicia García Ruíz y otra, sobre nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, en la Vía de Proceso de Conocimiento.
Habiendo declarado el demandante desconocer el domicilio de la listis consorte Nelly García Panduro. Notifíquese a ésta con la presente resolución mediante edicto de ley, debiendo publicarse tres veces por el Diario La Región y el Diario el Peruano, para que cumpla con absolver la demanda dentro del término de sesenta días, conforme lo establece el Art. 479º del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de nombrársele  Curador Procesal.
Iquitos, 29 de Abril del 2013
Alan Josué García Murrieta
Secretaria Judicial
2do. Juzgado Civil de Maynas
V-3(24,25 y 26)B/29860
S/.45.60