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Iquitos

JUZGADO CIVIL

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EDICTO
Que en el proceso Nº 01215-2010-0-1903-JR-CI-1, iniciado por el JUAN ENRIQUE ZUMAETA ARANDA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA contra la SUCESION DE DOÑA MERCEDES SAENZ MEZA VIUDA DE PACHECO ante el PRIMER JUZGADO CIVIL DE MAYNAS, que despacha el Señor Juez ALEXANDER RIOJA BERMUDEZ y secretaria judicial GABY GUZMAN CHAPIAMA, se ha dispuesto se notifique mediante edicto con el siguiente tenor.-
ESCRITO DE DEMANDA.-
JUAN ENRIQUE ZUMAETA ARANDA y MARIA TERESA CARDENAS ARANDA interpone demanda contra la SUCESION DE DOÑA MERCEDES SAENZ VIUDA DE PACHECO sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, con la finalidad que la demandada otorgue la escritura pública de compra venta del predio urbano constituido de lote de terreno y construcción, ubicado en el Jirón Abato Nº 590 – Distrito de Iquitos-Provicia de Maynas-Departamento de Loreto, el mismo que corre inscrito en un área total de 39.27 m2, adquirido a doña Mercedes Saenz Meza viuda de Pacheco; bien inmueble inscrito en el tomo 49, folio 17-31-39, partida 5, asiento 2, 10, 11 del Registro de Propiedad Inmueble de Loreto, mediante minuta de compra-venta de fecha 20 de agosto de 1988, como registrado en el asiento 13 del predio independizado, inscrito en e tomo 224, folio 61 que lo adquirió la anterior propietaria con fecha 16 de setiembre del 1986.
RESOLUCION NUMERO VEINTE, Iquitos veintinueve de agosto del año dos mil once. SE RESUELVE ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta JUAN ENRIQUE ZUMAETA ARANDA y MARIA TERESA CARDENAS ARANDA contra la SUCESION DE DOÑA MERCEDES SAENZ MEZA VIUDA DE PACHECO sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA; en consecuencia, TRASLADO de la presente demanda a la demandada por el término improrrogable de CINCO DIAS, para que cumplan con absolverla, bajo apercibimiento de seguirse la presente causa en su rebeldía. Al primer otrosí; NOTIFIQUESE por edicto a la SUCESION DE DOÑA MERCEDES SAENZ MEZA VIUDA DE PACHECO con un extracto del escrito de demanda, resolución número veinte (admisorio), por tres días consecutivos en el diario “La Región” y “El Peruano”, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal conforme lo prevé el artículo 435º del Código Procesal Civil. Fdo. Alexander Rioja Bermúdez, Juez. Fdo. Gaby Guzmán Chapiama, secretaria judicial.
Iquitos, 13 de setiembre del 2012
Abog. Gaby Guzmán Chapiama
Secretaria Judicial
1er. Juzgado Civil de Maynas
V-3(19,20 y 21)B/28332
S/.90.30
 

 

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