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Iquitos

JUZGADO CIVIL

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EDICTO CIVIL
El Juez del Segundo Juzgado Civil de Maynas, en el Expediente N° 00416-2024-0-1903-JP-CI-01, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto: EXTRACTO DE LA DEMANDA: Línder Antonio Manuel Cárdenas Leal; en nombre y representación de HENRY GILDER SIBINA PEREA: Que, en VÍA ABREVIADA, interpongo DEMANDA en contra de: 1. Doña MANUELA PEREA DE RUÍZ, domiciliada en la ZN del Agua Potable, ciudad de Nauta; y, 2. Don LUIS ALBERTO RUÍZ PIÑA, que será notificado por intermedio de su apoderado EDGAR SIMEÓN PINEDO SÁNCHEZ, domiciliado en la calle Yavarí Nº 1098 de esta Ciudad; conforme consta de la vigencia de poder; a fin de que: 1. SE DECLARE PROPIETARIO A MI DOMINUS POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE UBICADO CALLE TACNA Nº 649-651, DISTRITO DE IQUITOS, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO; cuyo dominio corre inscrito en el Asiento Nº 1) de la Partida Nº 00016624 del Registro de Propiedad Inmueble de Loreto-Zona Registral Nº IV-sede Iquitos-SUNARP. 2. SE INSCRIBA SU DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE SUBMATERIA, EJECUTORIADA QUE SEA LA SENTENCIA, EN LA PARTIDA Nº 00016624 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LORETO-ZONA REGISTRAL Nº IV-SEDE IQUITOS-SUNARP. RESOLUCIÓN NÚMERO TRES – AUDIENCIA PRELIMINAR AUTO ADMISORIO BAJO EL PRINCIPIO DE ORALIDAD CIVIL de cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Se resuelve: 1. ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO respecto del inmueble sito en CALLE TACNA N° 649-651, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, inscrito en la partida electrónica N° 00016624 de los Registros Públicos de Loreto interpuesta por HENRY GILDER SIBINA PEREA representado por el letrado LINDER ANTONIO MANUEL CARDENAS LEAL contra MANUELA PEREA DE RUIZ y LUIS ALBERTO RUIZ PIÑA (representado por EDGAR SIMEON PINEDO SANCHEZ) debiendo sustanciarse en vía del proceso ABREVIADO. RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO de dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro REPROGRÁMESE la fecha de AUDIENCIA PRELIMINAR para el MARTES 21 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO A HORAS DOS Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE debiendo ser esta de MANERA PRESENCIAL y OBLIGATORIA, aun cuando haya escritos por dar cuenta.
Abg. GABY GUZMAN CHAPIAMA
Secretaria Judicial
Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral
V-3(06, 07 y 08)B/6319
S/ 297.00

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