31 C
Iquitos

JUZGADO CIVIL

Date:

Share:

EDICTO
En el Expediente: 01020-2018-0-1903-JR-CI-01 el señor Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas, ha dispuesto se le notifique mediante edicto en el tenor siguiente: ESCRITO DE DEMANDA. PETITORIO. PEREZ RAMIREZ RUSBER interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO para que se le declare legalmente propietaria del bien inmueble ubicado en la calle Capitán Belgramo Mza. B Lote 6 del Pueblo Joven Nueva Venecia, distrito de Punchana, Provincia Maynas y Departamento de Loreto, inscrito en la ficha 4890 de la Partida Registral No. 00000639 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. IV – Sede Iquitos, la que conduce desde hace más de diez años, en forma, continua, pacífica y pública como propietario; acción que la dirige contra SALAZAR CERDEIRA, FRIDA, SALAZAR CERDEIRA, FERNANDO JAVIER y SALAZAR CERDEIRA, JOSE MANUEL RESOLUCION NUMERO DOS. Iquitos, once de octubre del dos mil dieciocho. AUTOS Y VISTOS SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RUSBER PEREZ RAMIREZ contra FRIDA SALAZAR CERDEIRA, FERNANDO JAVIER SALAZAR CERDEIRA, JOSE MANUEL SALAZAR CERDEIRA; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, debiendo tramitarse la demanda por la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, y en tal virtud, dispóngase el traslado de la misma a los demandados por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos los anexos que se adjunta a la demanda; NOTIFIQUESE a los propietarios de los predios colindantes, con el escrito de demanda, subsanación y la presente resolución, en la dirección allí precisada para su conocimiento y fines pertinentes. Al Primer Otrosí Digo: Conforme lo establecido por el artículo 506° del Código antes mencionado: PROCEDASE A LA PUBLICACION DE EXTRACTO DE LA DEMANDA Y AUTO ADMISORIO por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Avocándose a conocimiento de la presente causa el señor Juez que suscribe y secretaria judicial que da cuenta por disposición de la disposición superior. Fdo. Juan Antonio Vega Tello. Juez, Ruth Tenazoa Lomas. Especialista Legal.
Iquitos 18 de octubre del 2018
RUTH TENAZOA LOMAS
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Civil de Maynas
V-3(22,26 y 02)B/2346
S/.162.00

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Junta Nacional de Justicia implementa procedimientos individuales de evaluación integral y ratificación

A través de la Convocatoria 001-2026/Ratificación/JNJ. El Pleno de la Junta Nacional de Justicia, de conformidad con los acuerdos adoptados en sesiones de fechas 6...

FORTALECEN CAPACIDADES PARA PREVENIR Y CONTROLAR INCENDIOS FORESTALES EN LORETO

Prevención ambiental Especialistas y equipos técnicos participaron en una capacitación sobre prevención, manejo del fuego y uso de herramientas para anticipar condiciones favorables para incendios. Con...

“El intento del trasvase de las aguas del río Marañón a la costa, es el insulto más grande hecho contra la Amazonía”

*Opinó Alfonso López Tejada, presidente de la ACODECOSPAT. Cabe recordar que Acodecospat, agrupa a 50 comunidades del río Marañón. El líder de la misma opinó...

“Vemos a personas foráneas que dicen que llegan por turismo, pero el Nanay no cuenta con áreas turísticas”

Expresó Gerardo Valles Quiroz, dirigente comunal de la comunidad Diamante Azul. Ayer suspendieron el control territorial para dialogar en la prefectura sobre el problema de...

“La semana pasada un Apu de la comunidad de Diamante Azul llegó a decirnos que seamos flexibles con el pase del combustible”

*Respondió el oficial de la Marina de Guerra, después de escuchar la queja pública del dirigente de dicha comunidad. “El domingo de la semana pasada,...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente