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JUZGADO CIVIL

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EDICTO
En el Proceso N° 00345-2018-0-1903-JR-CI-01, que despacha la Señora Juez Doctora ROSITA VARELA GONZALEZ del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas, con intervención de la Especialista Judicial ABOGADA NATALI RIOS ARMAS, dispuso se notifique mediante Edicto lo siguiente: proceso seguido por CARLOS AMADOR LLERENA TELLO Y YOLANDA AREVALO DE LLERENA, contra ELVIA DOILI LLERENA TELLO, GABRIELA LIZETH VASQUEZ LLERENA, ROSARIO DEL PILAR VASQUEZ LLERENA, JORGE JOHNNY VASQUEZ LLERENA, LIDA MARINA VASQUEZ LLERENA y ADRIANA LIZETH VASQUEZ LLERENA, representada por Doña ELVIA DOILI LLERENA TELLO. Que con fecha 05 de Abril del 2018, don CARLOS AMADOR LLERENA TELLO y Doña YOLANDA AREVALO DE LLERENA, interponer demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, contra ELVIA DOILI LLERENA TELLO Y LOS CODEMANDADOS SEÑALADOS, a fin de que la señora Juez, mediante sentencia se les declare propietarios del inmueble ubicado en el Pasaje Paino Mz. G Lt. 24 Prolongación Yavari, Pueblo Joven San Antonio, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto, la misma que se encuentra INSCRITA EN LA PARTIDA N° 12008981, del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). Que, mediante la Resolución número dos, de fecha treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, en AUTOS Y VISTOS se resuelve ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CARLOS AMADOR LLERENA TELLO y Doña YOLANDA AREVALO DE LLERENA, contra ELVIA DOILI LLERENA TELLO Y OTROS, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; corrigiéndose la misma mediante resolución número tres de fecha veintitrés de Julio del dos mil dieciocho, corriéndose traslado de la demanda por el término de diez días, a los demandados, notificándose a los colindantes en los domicilios señalados en autos, debiéndose publicarse de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, mediante Edicto en el diario La Región y en el diario oficial El Peruano, por tres veces, con un intervalo de tres días.
Iquitos, 20 de agosto del 2018
Abg. NATALI RIOS ARMAS
Secretaria Judicial
1° Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas
V-3(24,31 y 06)B/2154
S/.145.35

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