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Iquitos

Jueza Ericka Iberico emitirá resolución en el plazo de Ley

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– Sobre improcedencia de acción solicitada por abogado de Yván Vásquez por el caso de nepotismojueza erika Ibérico

El pasado viernes 22 por la mañana,  en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria que despacha la Jueza Ericka Iberico Vega, se llevó a cabo la audiencia por el caso de nepotismo  y la solicitud presentada por improcedencia de acción por el abogado defensor  del ex presidente regional Yván Vásquez Valera y otros
El fiscal Roberto Delgado Tuesta dijo, que el delito cometido por los imputados es de peculado por cuanto de manera directa se han dispendiado los fondos del Estado por gastos que no correspondían realizarse. Además los gastos han sido realizados por orden directa del presidente regional Yván Vásquez. Indicó que cabe el delito de peculado por cuanto la relación por el cargo, no únicamente debe estar delimitado a aquel funcionario  que tenga el cuidado de los fondos. Además el administrador está motivado por otro responsable inmediato quien es a su                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     vez funcionario que va realizando los trámites correspondientes para hacer un pago; en estos casos, la participación del imputado Yván Vásquez está acreditado; entonces hay  una relación inmediata por parte del  ex presidente regional con los caudales que finalmente fueron utilizados para pagar servicios que no debieron pagarse a favor de su primo hermano Jaime Vásquez Valcárcel y desde ese punto de vista sí está tipificado el delito de peculado; asimismo, el delito de colusión, pues hubo concertación con sus propios primos; además, el órgano de control interno comunicó sobre la irregularidad, sin embargo  no se hizo las medidas correctivas, y el pedido de improcedencia de acción solicitado por el abogado de Yván Vásquez, debe ser declarado infundado, sostuvo el fiscal Delgado Tuesta.
A su turno el abogado defensor de Yván Vásquez, dijo que el representante del Ministerio Público está mezclando cuestionamientos de audiencias, pues ha mencionado que hay elementos de convicción; es más, hizo referencia a la declaración de Armando Murrieta y en una excepción de improcedencia de acción, lo único que se tiene que ver son los hechos en la forma de cómo está la formalización de la investigación preparatoria y no en los tipos que el Ministerio Público lo ha atribuido. Además, el representante del MP sostiene que hay falta de justificación para los contratos de publicación escrita y televisiva, los delitos pueden ser atribuidos al delito de colusión. El representante del MP no ha especificado en qué consiste la apropiación y los hechos deben subsumirse al mismo, pues la apropiación es el uso personal del dinero.
Una cosa es el poder de decisión fáctico, lo que el fiscal no ha podido sostener es que Yván Vásquez ha tenido injerencia directa en este tipo de delitos, pues quien hizo los requerimientos ha sido Armando Murrieta como jefe de Imagen Institucional del GOREL, por lo tanto, no se puede decir que Yván Vásquez está inmerso en los delitos de peculado y colusión, sostuvo el abogado defensor.
En la réplica el fiscal Delgado Tuesta dijo, me parece que el abogado de la defensa tiene un concepto errado, pues los elementos de convicción son la participación de Yván Vásquez en el contexto que el MP considera ilícitos; además está acreditado su participación, pues está demostrando que la oficina de Imagen Institucional dependía directamente de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto  y en cada  uno de los requerimientos Armando Murrieta expresamente dijo que los coordinaba con la presidencia del GOREL, esta conducta es peculado doloso y es agravada aún porque el monto pasa de la diez unidades impositivas tributarias; además, si existía una relación directa, porqué el presidente regional es parte de una cadena funcionarial que termina en un determinado pago. Además es un apoderamiento indebido porque se pagó por un concepto que no se debería pagar, es decir el dinero sale de la administración pública para ingresar al bolsillo de los favorecidos, es decir está acreditada la participación de Yván Vásquez. Además del delito de colusión está acreditado para concertar con sus primos hermanos para dar servicios que no se debieron realizar ni pagar nunca.
Luego del debate, la doctora Erika Ibérico dijo que en el plazo de ley se va a hacer  la resolución y se va a hacer llegar la notificación indicada al domicilio en la audiencia y se va a resolver en base solo a lo oralizado y a lo debatido en la misma. (W.Gil)

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