- Dentro de las acciones que se vienen realizando en el Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad.
- Con el compromiso de ayudar a que más mujeres tengan acceso a los servicios de aborto terapéutico.

Programa Nacional De Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad de la Corte Superior de Justicia de Loreto, participaron del Taller Formativo para la Implementación de la Guía Nacional para el Aborto Terapéutico, organizado por la Red Peruana de Apoyo al Acceso, al Aborto Seguro-redpaas, con la finalidad de crear espacios informativos de capacitación para la difusión de valores y respeto de los Derechos Humanos.
Este importante taller estuvo dirigido a médicos, obstetras y abogados y se llevó a cabo con los objetivos de discutir las facetas relativas al aborto terapéutico en el Perú, estandarizar el manejo del aborto terapéutico y asumir compromisos con el acceso de las mujeres al servicio de aborto terapéutico,
La magistrada brindó una charla informativa sobre el aborto terapéutico desde una mirada jurídica, exponiendo sobre los delitos contra la vida, los derechos y principios que nos protegen como son la dignidad, libre desarrollo de la personalidad, derecho a la igualdad, a la salud y no discriminación.
La Abg. Roxana Carrión También explicó que si bien es cierto el aborto en el Perú es penalizado en los artículos 114 a 120 del Código Penal, se ha logrado un gran avance la aprobación de la Guía Nacional para la Atención del Aborto Terapéutico en los hospitales y clínicas asegurando la Atención Integral de la gestante en los casos de Interrupción Voluntaria por indicación Terapéutica del Embarazo menor de veintidós (22) semanas con consentimiento informado, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente, en el marco de los derechos humanos, con enfoque de calidad, género e interculturalidad.
Finalmente, la juez superior, manifestó: «Todavía existen muchos vacíos legales ya que la atención del aborto terapéutico discrimina y no es aplicable en los casos en que el embarazo es producido por violaciones sexuales u otro causal con actos de violencia y en donde la mujer desea interrumpir su gestación», indicó la magistrada.
(Oficina de Imagen
Institucional – CSJLO)





