- Dicha autoridad edil tiene que hacer los descargos correspondientes.
Wagner Musoline, habría vulnerado el principio de neutralidad. La información alcanzada por el personal del JEE que realizó el informe para abrir el procedimiento sancionador, es contundente. Con fotos y precisiones de la emisión de propaganda sin el debido reporte para la autorización.
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE ALTO AMAZONAS RESOLUCIÓN N° 00025-2025-JEE-AAMZ/JNE
EXPEDIENTE N. º EG.2026011429 Jurado Electoral Especial de Alto Amazonas. VISTO: El Informe de Fiscalización N. º 000004-2025-JCC-JEEALTOAMAZONAS-EG2026/JNE de fecha 8 de noviembre de 2025, suscrito por el fiscalizador provincial de Datem del Marañón adscrito a este órgano electoral, sobre la presunta infracción a las normas que regulan la publicidad estatal en periodo electoral por parte de la Municipalidad Distrital de Manseriche, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto; en el marco de las Elecciones Generales 2026, a realizarse el 12 de abril y en el caso concreto, el fiscalizador provincial del Jurado Electoral Especial de Alto Amazonas, mediante Informe de Fiscalización N. º 00004-2025-JCC JEEALTOAMAZONAS-EG2026/JNE de fecha 8 de noviembre de 2025, informa:
Que el 6 y 7 de noviembre de 2025 se realizó la verificación de las publicaciones en medios digitales de la Municipalidad Distrital de Manseriche dentro del periodo comprendido entre el 19.9.2025 al 26.10.2025, y se detectó la difusión de publicidad estatal, mediante la publicación de piezas gráficas, galerías fotográficas y/o videos en la red social Facebook bajo el perfil de usuario “Municipalidad Distrital de Manseriche”, vinculada desde la página web institucional, según el siguiente detalle, características e incidencias:
En este contexto, la Municipalidad Distrital de Manseriche, con la conducta descrita anteriormente, estaría infringiendo lo dispuesto en el artículo 20°, literales e) y g) del Reglamento, por lo que corresponde admitir a trámite el procedimiento sancionador contra el Alcalde de la referida entidad, a quien se le deberá correr traslado los actuados a fin de que en ejercicio de su derecho de defensa presente su descargo, aportando la prueba pertinente a su defensa.
El JEE RESUELVE:
ADMITIR a trámite el procedimiento sancionador contra el señor Musoline Acho Wagner, en su condición de alcalde de la Municipalidad Distrital de Manseriche, por la presunta comisión de la infracción contenida en los literales e) y g) del artículo 20° del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0112-2025-JNE, consistente en: “No presentar el reporte posterior de la publicidad estatal, dentro del plazo de siete (7) días hábiles contados a partir del día siguiente del inicio de la difusión por medios distintos a la radio o la televisión” y “Difundir publicidad estatal que contenga el nombre, imagen, voz, cargo o cualquier otro medio que de forma indubitable identifique a algún funcionario o servidor público”, conforme a los argumentos expuestos en la presente resolución.





