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Incorporación de feminicidio en código penal permitirá sanciones adecuadas a agresores

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Mayor pena para agresores de mujeres. La incorporación del feminicidio como figura penal permitirá que se establezca no sólo una sanción adecuada y ejemplar a aquellos sujetos que asesinen a sus cónyuges o ex parejas.

 

La Defensoría del Pueblo  considera que su inclusión en el Código Penal implicaría un registro formal de la condena y el rechazo de la sociedad peruana  con relación a la violencia contra la mujer, así como una fórmula disuasiva a quienes utilizan la violencia como forma de control y dominio de la mujer.

 

En la actualidad, los agresores reciben penas poco severas que no guardan relación con la gravedad de la afectación a la vida o a la integridad física y psicológica de las mujeres. Explican que hoy en día, en aplicación del Código Penal, el hombre que mata a una mujer  puede cometer delito de parricidio o de homicidio calificado. Según el Código, debería ser condenado con una pena no menor de 15  años de cárcel. Sin embargo, en varios casos estudiados por la Defensoría del Pueblo detectaron sanciones menores a lo establecido por ley, lo que no ocurriría si se considerase al feminicidio como un agravante.

 

Sostienen que la incorporación de la figura del feminicidio en la legislación penal constituiría un avance importante en la prevención, sanción y erradicación de la problemática de la violencia contra la mujer, pues reconocería este hecho como un delito grave que no puede ser justificado por razón alguna y, mucho menos, quedar impune.

 

De esta manera, se lograría que estos casos obtengan una sanción adecuada, pero  además una reparación correspondiente al daño causado a la víctima. (MIP)

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