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Iquitos

Habrá multas rigurosas a partidos políticos que incumplan normas sobre financiamiento

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– Atención partidos y agrupaciones políticas de Loreto

Frontis ONPE
Frontis ONPE

El proyecto de la Nueva Ley de Partidos Políticos establece un cuadro de infracciones y sanciones más riguroso contra los partidos políticos que incumplan las normas sobre financiamiento privado, con la finalidad de fortalecer la verificación y control del accionar partidario ante la ciudadanía.
Dicha iniciativa legal, que amplía el artículo 36 de La Ley de Partidos Políticos vigente, ordena multas de 20, 10 y 3 Unidades Impositivas Tributarias-UIT (equivalente a S/.3,800), entre otras sanciones, cuando las organizaciones políticas, alianzas o candidatos incumplan las normas establecidas.
En ese sentido, se impondrá 20 UIT cuando el partido político no presente a la ONPE su información financiera anual en plazo previsto; no lleven libros y registros contables actualizados, y cuando hagan uso indebido de los ingresos percibidos a través del financiamiento público directo.
Asimismo, se sancionará con 10 UIT cuando la organización política no presente su información financiera semestral y de campaña en el plazo previsto en la ley.
En la actual Ley de Partidos Políticos, no están previstos estos supuestos de infracción, por lo cual las organizaciones políticas no se sienten obligadas a transparentar sus finanzas ante la ciudadanía. Con el proyecto de la Nueva Ley de Partidos Políticos se busca contribuir a la transparencia y credibilidad del accionar político ante el país, y evitar aportaciones irregulares o el uso indebido de estos ingresos o aportes.
De igual manera, la propuesta legal tiene como objetivo crear más mecanismos para que la ONPE empodere su labor de verificación y control, así como fortalecer la institucionalidad democrática de los partidos políticos. Precisamente, el proyecto de ley propone sancionar con una multa equivalente a no menos de 10 ni más de 30 veces el monto de la contribución recibida en exceso, omitida o adulterada, cuando se acredite que la organización política o sus candidatos  hayan recibido ingresos anónimos, de fuente prohibida o por encima de los topes señalados en la ley.
º    Deberán identificar a los aportantes
El proyecto de la Nueva Ley de Partidos Políticos establece también sancionar con 3 UIT cuando los ingresos recibidos o los gastos efectuados se realicen a través de persona distinta al tesorero y cuando no informen sobre las cuentas abiertas en el sistema financiero. (WGN)

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