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GOREL y comunidades nativas aprueban plan para iniciar proceso de consulta previa del ACR Medio Putumayo Algodón

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En representación del gobernador de Loreto Dr. René Chávez, el gerente regional del Ambiente del Gobierno Regional de Loreto y representantes de 16 Comunidades Nativas de los distritos de Yaguas, Putumayo y Pebas, de las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla, aprobaron el plan de consulta, a fin de dar inicio al proceso de consulta previa sobre la propuesta de establecimiento del Área de Conservación Regional Medio Putumayo Algodón (ACR MPA).
La propuesta de ACR MPA, abarca una extensión de 399 mil 249 hectáreas (399,249.90 ha) y colinda con comunidades de los pueblos indígenas Bora, Yagua, Kichwa, Ocaina, Murui-Muinan?, Kukama-Kukamiria, Mauijuna y Secoya, ubicados en las Comunidades Nativas Siete de Agosto, Siete de Mayo y Anexo Bagazán, Bobona – Río Putumayo, Esperanza, La Florida, Mairidicai, Nuevo Horizonte, Nuevo Perú y Anexo Nuevo Progreso, Nuevo Porvenir, Puerto Aurora y Anexo Costa Azul, Puerto Elvira, Puerto Franco, Puerto Milagro, Punchana, San Pablo de Totolla y San Pedro del Bajo Putumayo.
La reunión tuvo como objetivo la elaboración consensuada del plan de consulta previa para el desarrollo de las diferentes etapas del proceso de consulta, el mismo que contempla la realización de reuniones informativas, asambleas comunales de evaluación interna y un espacio de diálogo entre las autoridades del Gobierno Regional y los representantes de las comunidades, a fin de que el Gobierno Regional de Loreto, pueda tomar una decisión contemplando los acuerdos y pedidos de las comunidades nativas.
La actividad contó con la asistencia técnica del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, así como el apoyo de instituciones cooperantes relacionadas a la conservación y promoción del desarrollo.
El derecho a la consulta previa es un derecho de los pueblos indígenas u originarios, contemplado en la Ley 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por lo que el Estado implementa procesos de consulta previa obligatoriamente, sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos.

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