Los oficios Nos. 577-2015-MP-Fn-SFSP-Loreto del 13-11-2015, que adjunta la disposición No. 167-2015 del 08-11-2015, expedidos por la Cuarta fiscalía Superior penal del Distrito Judicial de Loreto, sobre los seguidos contra la empresa Petrex SA, por el presunto delito de Violación de la Libertad de Trabajo-Coacción Laboral y por el presunto delito contra la administración pública en su modalidad de resistencia o desobediencia a la autoridad en agravio de Carlos Incháustegui Dávila, Arnaldo Cruz Eche, Juan José Bicerra Ruiz, Adger Cías Panduro y Winston Aguilar Portocarrero, solicitud presentada por el abogado defensor de los trabajadores José Luis Perea Vergara.
La disposición No. 11 de carpeta acumulada indica que se debe efectuar una constatación fiscal en las instalaciones de la empresa Petrex SA, a efectos de que su representante muestre la documentación concerniente a la efectiva incorporación de los trabajadores Carlos Inchaustegui Dávila, Arnaldo Cruz Eche, Juan José Bicerra Ruiz, Adger Cías Panduro y Winston Aguilar Portocarrero, quienes, según la empresa, han sido reincorporados en el mes de agosto 2014 y sus pendidos en la prestación de sus servicios en enero del 2015. Es decir, si es cierto, la empresa Petrex deberá mostrar las planillas de trabajadores, los registros de asistencia, las boletas de pago de las remuneraciones, el cargo o labor que vienen desempeñándose y si es que no han podido ser trasladados a su centro de trabajo de origen y demás documentos que estime pertinente, entre otros detalles que podrá exigirse en la investigación fiscal.
Asimismo, la disposición fiscal indica receptar la ampliación de las declaraciones de Rosa Amelia Navarro Urbina jefe de la sede Petrex SA Iquitos, de Julio silvestre Angulo Bailly abogado de la empresa y de Carlos Fernando Silva Ruiz, coordinador de relaciones industriales, a fin de que precisen cuáles son los actos que han desplegado a efectos de reincorporar efectivamente a los trabajadores a sus centros de labores u otro similar.
Asimismo, en el caso de los trabajadores Cías Aguilar e Inchaustegui Dávila, se consiga como fecha de ingreso del trabajador el 14 de enero del 2015 y el 15 de enero se suspende de la prestación de sus servicios, conforme se aprecia en las cartas cursadas a los referidos trabajadores, añadido a ellos, tampoco se remitieron las planillas emitidas entre agosto y diciembre del 2014 en el que supuestamente estaban plenamente incorporados.
La declaración de los trabajadores será el día 02 de diciembre 2015, mientras que los funcionarios de la empresa Petrex el día 04 de diciembre y en caso de inconcurrencia de los funcionarios, serán declarados reos contumaces. Asimismo, la disposición indica oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Lima para que por su intermedio se curse oficio a la embajada de Italia e informe detalladamente sobre os datos identificatorios y el domicilio en el Perú de Stefano Marcoaldi y Luciano Furlini Caleffig. (WGN)
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