- Y es que sobre la esposa y Marden Paredes, en estos instantes no recae ninguna requisitoria.
Ayer a las 10 de la mañana se pudo ver al ex alcalde de Requena Marden Paredes Sandoval, condenado en primera instancia a 10 años de pena privativa de la libertad y a su esposa 8 años por el presunto delito de lavado de activos; en el aeropuerto de esta ciudad.
El ex alcalde se despedía de sus hijos y su esposa que luego subieron a un avión con destino Tarapoto Iquitos. Al parecer su familia bajó en la ciudad de las palmeras. No llegó a Lima.
Los ciudadanos se preguntaban ¿cómo era posible ello porque el último lunes (17 de octubre) el Colegiado del poder judicial había leído la sentencia completa para la ex autoridad, su esposa y su sobrino, con la misma condena de años adelantada en el fallo de hace unos días?
Se pudo consultar en la sala del mismo Colegiado del poder judicial presidido por el Dr. José Chumbe e integrado por Tania Niño y al parecer por el Dr. Carlos Huari. ¿Qué había pasado, no salió ninguna requisitoria para los sentenciados en primera instancia?
Se explicó que no. ¿Y por qué? Porque el Colegiado se acogió al Art. 402 del Nuevo Código Procesal Penal, que habla sobre la ejecución provisional. 2.- “Si el condenado estuviere en libertad y se impone pena o medida de seguridad privativa de libertad de carácter efectivo, el juez penal según su naturaleza o gravedad y el peligro de fuga, podrá optar por su inmediata ejecución o imponer algunas de las restricciones previstas en el artículo 288 mientras se resuelva el recurso”.
¿Y miren lo que ha pasado? La esposa del ex alcalde de Requena, para quien han pedido 8 años de cárcel por un delito gravísimo, viajó ayer con sus hijos sin ninguna detención de por medio ya que el Colegiado no decidió irse por la inmediata ejecución de la pena, sino esperar hasta que la Sala Penal de Apelaciones, a cargo de la Dra. Melina Vargas, resuelva el caso.
Un caso de lavado de activos el que se supone, según investigación fiscal, se ha desprendido del presunto delito de corrupción cometido por la ex autoridad edil en los dos periodos que fue alcalde de Requena. No es poca cosa, no es cualquier caso simple. Es un caso de extrema sentencia y gravedad, pero el Colegiado no optó por la ejecución inmediata de la pena, sino hasta que la sala penal de apelaciones tenga tiempo y espacio en su apiñada agenda y llame a audiencia.
Igual figura pasó hace casi un año con el ex gobernador de Loreto Yván Vásquez. Las normas están ahí, los únicos responsables de aplicarlas o no en su momento, son los jueces y juezas del poder judicial.
(Luz Marina Herrera Lama).





