- Tres individuos fueron condenados a 9 meses de prisión preventiva
Se declaró fundado el requerimiento de Prisión Preventiva, postulado por la fiscal de la Fiscalía Especializada en Tráfico Ilícito de Drogas, contra la persona de Geiner Meléndez Sánchez, Ruth Lozano Ramos y José Humberto Quispe Flores por la comisión del Delito Contra la Salud Pública en la modalidad de Favorecimiento Al Consumo Ilegal De Drogas Tóxicas Mediante Actos De Tráfico-Agravado en agravio del Estado peruano, Ilícito penal previsto y sancionado en el Artículo 296° Primer Párrafo del Código Penal, concordante con el Inciso 6) del Artículo 297° del Código Penal.
Por lo que se dispuso su internamiento en el Establecimiento Penal de Varones de Iquitos de los imputados Geiner Meléndez Sánchez, Ruth Lozano Ramos y José Humberto Quispe Flores en el Establecimiento Penitenciario de Varones de Iquitos, por el plazo de nueve meses, contados a partir del primer día en que los mismo se encuentren privados de su libertad, es decir, contados desde el 31 de diciembre 2018.
En consecuencia, una vez transcurridos los nueve meses desde la fecha indicada se les deberá poner en libertad en caso no exista otro mandato de detención en su contra o sentencia, plazo que vence el treinta de setiembre del 2019, exhortando a la representante del Ministerio Público, a que desarrolle toda su actividad con la mayor celeridad y eficiencia que el caso amerita, ello en mérito al Principio de Proporcionalidad y en virtud que la solicitud de Prisión Preventiva se encuentra con actuados ya diligenciados, debiendo considerarse que el plazo concedido incluye la etapa intermedia y el juzgamiento, así como la probable apelación de sentencia. (Oficina de Imagen Institucional-CSJ Loreto)