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En primera instancia ordenan pago a Municipalidad del Yavarí de facturas inexistentes

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  • Procuraduría de dicha comuna solicita que Sala Civil sea la que resuelva el caso
  • Ex juez Alexander Rioja emitió cuestionada sentenciaalexander rioja

En el caso seguido por Comercial Marianita EIRL por obligación de dar suma de dinero por 31 mil 967 soles contra la Municipalidad Distrital del Yavarí, cuya demanda fuera declarada fundada por el Juzgado de Paz y confirmada en segunda instancia por el Primer Juzgado de Paz Letrado que despachaba el hoy suspendido juez Alexander Rioja Bermúdez, la Procuraduría de la Municipalidad Distrital de Yavarí interpuso recurso de apelación contra la resolución No. 12 del 11 de julio 2016 de segunda instancia.
Según la apelación del 25 de julio 2016 hecha por la Procuraduría de la Municipalidad Distrital del Yavarí, indica que la resolución No. 12 de segunda instancia expedida por el juez Alexander Rioja Bermúdez atenta contra la seguridad jurídica , debido proceso, motivación de las resoluciones, sopesación probatoria, tutela jurídica efectiva , por lo que solicitan suba al superior en grado (Sala Civil y Mixta) de la Corte de Loreto, en donde se ha de revocar la recurrida en todos sus extremos, por haber incurrido en errores de hecho y de derecho .
La apelación en su petitorio primero indica que causa agravio a la Municipalidad Distrital del Yavarí por atentar contra el derecho a la defensa y no tomar en consideración los medios probatorios presentados.
En su petitorio segundo dice, que no tomaron en cuenta de apreciar y observar cada uno de los medios probatorios de la demanda en donde se aprecia la irregularidad en la licitación, toda vez que en el sistema Seace y SIAF, aparece como no existentes las facturas No. 001-04662, 001-04785, 001-04789, 001- 001-04786 y menos documentación alguna que en esta entidad respalda dicho pago al no haber documentación que sustente no se puede realizar ningún desembolso.
El petitorio tercero dice, con relación a las facturas 001-04570, 0014572, 001-4573 y 001-4786, aparecen en el sistema Siaf como pagadas, lo que se demostró en los medios probatorios; sin embargo, el juzgado no ha tomado en consideración y solo le ha interesado emitir sentencia sin importarle el daño que está ocasionando al no valorar los medios de prueba, demostrando interés propio.
El petitorio sexto indica que la mercadería nunca ingresó y que ha sido corroborada por la demandante (representante de Comercial Marianita EIRL) en la audiencia llevada a cabo en el primer Juzgado Civil de Maynas, quien manifestó que nunca se acercó a la comuna toda vez que los funcionarios iban donde ella.
La demanda solicita que se le pague 31 mil 967 soles y además de ello solicita órdenes de compra, guía de internamiento; sin embargo, no existen tales documentos, por lo que hacen sospechar que la demanda sea temeraria de mala fe y maliciosa con la que está actuando la accionante.
El Primer Juzgado Civil de Maynas no realizó una apreciación analógica, sin criterio de conciencia pues en su resolución No. 12 indica que existe una relación obligacional entre las partes, sin fundamentar y probar dicha aseveración, además considera que las entidades del Estado se mueven como empresa propia y no considera las facturas pagadas existentes en el sistema, ordenando que se pague el total.
Finalmente indica que será la Sala Civil de la Corte de Loreto quien deberá desestimar la demanda, ya que la accionante no tiene vínculo y menos relación comercial con la Municipalidad Distrital del Yavarí, es decir no existe ninguna deuda pendiente con Comercial Marianita EIRL. (GL)

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