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El Congreso solo le sirve para dormir… ¿o para hacer negocios?

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– Al parlamentario Leonardo Inga Vásquez
– Preside comisión de construcción y vivienda del Congreso.
– Se prestó a estar presente en seudo audiencia pública donde su colega Urquizo Maggia, engañó a los integrantes del Frente Patriótico diciendo que la audiencia se postergaba para el mes de marzo.
– Ambos habrían impulsado actividad para respaldar mala obra de alcantarillado en Iquitos que, a como dé lugar, quiere inaugurar el presidente regional de Loreto. 

Leonardo Inga, con Contralor de la República-Loreto, Óscar Bardalez Alva y congresistas en seudo audiencia pública que rechazó el FPL.
Leonardo Inga, con Contralor de la República-Loreto, Óscar Bardalez Alva y congresistas en seudo audiencia pública que rechazó el FPL.

Por: Luz Marina Herrera.
Sabiendo lo álgido que significa para Iquitos-Loreto tocar el problema del agua potable y sobre todo del alcantarillado debido al mal proceso constructivo que ha derivado en varias denuncias penales contra varios funcionarios del gobierno regional e incluso de la misma empresa China Water & Electric, el congresista Leonardo Inga (presidente de la comisión de vivienda y construcción del Parlamento) avaló y quizá hasta motivó que se desarrolle en Iquitos la seudo audiencia convocada por la comisión de trabajo presidida por el congresista Urquizo Maggia, avalando así o queriendo “lavar la cara” al llamado megaproyecto del presidente regional Iván Vásquez.
Y con esa actitud de ambos congresistas, lo único que lograron fue enfrentar al pueblo con los miembros de la policía nacional, quienes arrojaron más de una decena de bombas lacrimógenas únicamente para que no se obstruya la vía Quiñones, a fin que los funcionarios invitados puedan ingresar al local del IIAP. Finalmente se desarrolló una audiencia deslucida porque no estuvieron los verdaderos actores que fiscalizan la obra que tiene un retraso clamoroso.
CONGRESISTA INGA NO PUEDE SER JUEZ Y PARTE… PODRÍA SER DESAFORADO DEL CARGO…
Si bien es cierto se habla en “voz baja” que los congresistas siempre aprovechan las influencias para lograr beneficios para sus empresas constructoras o de otra índole, en el caso de Inga Vásquez existe una prueba contundente e irrefutable. Esto se observa a través de la web de Transparencia Económica (consulta hecha el 31 de enero de 2014) donde aparece como proveedor del Estado, en este caso de la Municipalidad de Alto Amazonas-Yurimaguas.
Y en esa ciudad sería pública la relación de negocios del alcalde con el congresista. El hermano del alcalde Miguel Pérez López, es regidor por las filas de Acción Popular. Roberto Pérez López, resulta siendo amigo íntimo y correligionario de Leonardo Inga.
En la relación de proveedores aparece el código 100056022932 con nombre: Inga Vásquez Leonardo Agustín, a quien le giraron el monto de 22,718.34 nuevos soles. Y para que no quede duda en Sunat aparece el RUC 10056022932 a nombre de Inga Vásquez Leonardo (11/02/2014), como persona natural con negocio, DNI 05602293, nombre comercial: “Ladrillera San Pablo”. Calle Libertad 795-Loreto-Alto Amazonas.
¿Para muestra basta un botón? Quizá ha sido la muestra encontrada, pero podría haber más y eso definitivamente debería ser investigado por el mismo Congreso de la República, puesto que en estos instantes “Chacho” Inga, preside la comisión antes mencionada, de mucho interés para los constructores a nivel nacional. Lo mínimo que podrían hacer sus colegas, es disponer la destitución inmediata del cargo y lo máximo, aplicar lo que dice la Ley ante los presuntos delitos penales cometidos para que sea sancionado.
¿QUÉ DICE LA LEY?
NORMAS LEGALES ATROPELLADAS POR EL CONGRESISTA LEONARDO INGA VÁSQUEZ.
Constitución Política del Perú.
“Artículo 92º.  Función y mandato del congresista. Incompatibilidades.
(…)  La función de congresista es, asimismo, incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o miembro del Directorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran rentas públicas o prestan servicios públicos.
La función de congresista es incompatible con cargos similares en empresas que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y  administradoras Privadas de Fondos de Pensiones”.
Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Legislativo Nº 1017. “Artículo 10º. IMPEDIMENTOS PARA SER POSTOR Y/O CONTRATISTA. Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas:
a).-En todo proceso de contratación pública, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, el presidente y los vicepresidentes de la República, los congresistas de la República, los ministros y viceministros de Estado, los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos”.
Ley del Código de Ética de la Función Pública – Ley Nº 27815.
“Artículo 8º. Prohibiciones Éticas de la Función Pública.
El servidor público está prohibido de:
1.-Mantener Intereses de Conflicto. Mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.
2.-Obtener Ventajas Indebidas. Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.   (…)”.
El alcalde al haber permitido esta contratación puede ser vacado y denunciado  al haber pisoteado las “restricciones de contratación” y haber incumplido también la Constitución y la propia Ley de Contrataciones. Ídem don Leonardo Inga, que debería rendir cuentas de inmediato por los hallazgos acá mostrados.

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