EDICTOS1

EXP. N° 1902-2010
E D I C T O
Que, en el expediente N° 01902-2010 seguido contra ANGEL HUGO CALAN GARCÍA Y OTROS por el delito de USURPACIÓN en agravio de CONSTRUCTORA MARIANO LOO RIOS S.A.; la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se publique lo siguiente:
“RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Iquitos, once de noviembre del año dos mil diez.
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta en la fecha, y proveyendo conforme a su estado Y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que de conformidad con el primer párrafo del artículo 202º del Código de Procedimientos Penales AMPLIESE de Oficio por el término de TREINTAS DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTIQUENSE las siguientes diligencias: RECÍBASE las declaraciones instructivas de los procesados WILMER ILDEFONSO PARINANGO ZERPA, BELTRÁN HIDALGO CORDOVA, JONATHAN MICHAEL ALEGRE ARCEBIA, RICARDO FLORES TINA, EMIGDIO LEVEAU MALDONADO Y GERSON VELA MONTALVAN, en la audiencia del día veinticinco de noviembre del año en curso a horas ocho, nueve, diez, once y doce de la mañana, así como a las dos de la tarde, respectivamente, en el local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES y ordenar sus conducciones y capturas a este Juzgado por la P.N.P; y practíquese las demás diligencias que sean necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos, notificándose por cédula de Ley y por edicto.- Hágase Saber. Notifíquese.
Iquitos, 11 de noviembre del 2010
V-3(18,19 y 22)

EXP. N° 2010-2013
SEC. JUD.  Eddier Rojas Linares
5to. Juzgado Penal
EDICTO PENAL
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza a la procesada LIALIANA DEL CARMEN MONCADA FLORES a efectos de que se ponga a derecho y cumpla con rendir su declaración instructiva el día DOS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, quien deberá concurrir conjuntamente con su abogado defensor o en su defecto el Juzgado le designara uno de oficio; notificándosele al procesado para su concurrencia mediante cédula de notificación, sin perjuicio de ser notificado mediante Edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y ordenarse su captura A NIVEL NACIONAL en caso de inconcurrencia, asimismo a los agraviados LIZETH OFELIA IGLESIAS, MARTHA ELENA NAVARRO DEL AGUILA Y WALTER HUGO DEL GUIDICE GARCIA, para el día dos de Diciembre del dos mil diez a horas nueve, nueve y treinta y diez de la mañana, por estar así ordenado en la instrucción N° 2010-2013, seguido en contra LIALIANA DEL CARMEN MONCADA FLORES, por el delito contra el patrimonio – Receptación, en agravio de WALTER HUGO DEL GUIDICE GARCIA Y OTROS.
Iquitos, 15 de Noviembre del 2010.
V-3(18,19 y 22)

Exp. N° : 02346-2010
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente pongo a su conocimiento que  la señora Juez comunica a la representante Legal de la Empresa CONSORCIO FORESTAL LORETO SAC-COFLOSAC, a fin de que se apersone al Local del Juzgado a rendir su declaración como Tercero Civilmente Responsable, la misma que se señaló para recibir su declaración el día TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, notificándosele por cédula de ley, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza en caso de inconcurrencia, por haberse así dispuesto en  la instrucción N° 2010-2346, seguido contra Orlando Mendoza Santamaría sobre Lesiones Graves.
Iquitos, 15 de noviembre del 2010
V-3(18,19 y 22)

Exp. N° 2010-2362
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente proceso, la señora Juez del Quinto Juzgado Penal de Maynas,  pone a conocimiento lo siguiente: que se llevara a cabo una Confrontación entre la agraviada ROSA NELLY DAZA BARRERA y el encausado: MARINA RUIZ RUIZ; y entre la agraviada ROSA NELLY DAZA BARRERA y el encausado HERMELINDA ACORI SOSA, por tal motivo se deben presentar al Local del Juzgado el día UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, A HORAS DOS y DOS Y TREINTA DE LA TARDE, respectivamente en el orden mencionado, notificándosele por cédula de ley, y emplazarlo por edicto penal; recordándosele que se encuentran bajo apercibimiento de ser conducidos con el auxilio de la fuerza pública, en caso de inconcurrencia, por estar así dispuesto en el proceso 2010-2362 seguido contra Hermelinda Acori Sosa y otro por el Delito Alteración o supresión de la Filiación de menor.
Iquitos, 12 de noviembre del 2010
V-3(18,19 y 22)

Exp. N° 2010-2377
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente se pone a conocimiento de las partes procesales que la señora Juez dispuesto en el expediente 2010-2377, siendo lo siguiente: RECÍBASE la declaración referencial de la menor TANIA JESUS RODRIGUEZ, quien deberá estar acompañada de su representante legal, para el día TRES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, notificándosela por cédula de ley, sin perjuicio de hacerlo por edicto; Y RECÍBASE la declaración testimonial de EMILDA RODRIGUEZ ANDY, y de los Sub Oficiales de Tercera. PNP. ALDHAIR MACEDO HUANCHO y KRIS PAUL LUIS MUÑOS RIVAS, para el día TRES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS NUEVEY TREINTA, DIEZ, y DIEZ Y TREINTA  DE LA MAÑANA, respectivamente en orden de mención, notificándoseles por cédula de ley sin perjuicio de hacerlo por edicto, quedando bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia. Por estar así ordenado: Cúmplase. Sin otro particular se suscribe.
Iquitos, 12 de noviembre del 2010
V-3(18,19 y 22)

Exp. N° 2010-2381
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por disposición de la señora Juez, se pone a conocimiento de las partes lo siguiente: que en autos se ha dispuesto RECIBIR. La Declaración Instructiva de los procesados LUIS FLORES SANCHEZ  y MOISES DAVID CAMPOS CORTEZ, señalándose  para el día UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ A HORAS NUEVE Y TREINTA y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente en el orden mencionado en el Local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE en caso de inconcurrencia de los procesados, debiendo estar los procesados en compañía de sus abogados caso contrario se le nombrará uno de oficio, notificándose por cédula de ley sin perjuicio de hacerlo por edicto, dispuesto así en el proceso 2010-2381, seguido contra Luis Flores Sánchez y otro.
Iquitos, 12 de noviembre del 2010
V-3(18,19 y 22)

ED I C T O    –   P E N A L
Por este segundo Edicto CITA, LLAMA Y EMPLAZA al inculpado CARLOS JOAQUIN LIMA PEDROZA, para que concurra al local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, a fin de que rinda su declaración instructiva en la audiencia del día uno de Diciembre del dos mil diez a horas once de la mañana.- Por haberse dispuesto en la Inst. N° 2010 – 02412, que se le sigue por el delito  de CONDUCCION EN ESATDO DE EBRIEDAD O DROGADICCION en agravio del  ESTADO PERUANO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su búsqueda y captura a nivel nacional en caso de  inconcurrencia.- Hágase saber con citación.- Sec.- Eddier Rojas Linares:
Iquitos, 15  de Noviembre del 2010.
V-3(18,19 y 22)

E D I C T O    –   P E N A L
Por este Primer Edicto CITA, LLAMA Y EMPLAZA a las personas de GERARDO PEZO ESCOBAR, CLAIR PEZO CHAVEZ Y ANIBAL MONTES FLORES, para que concurra al local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, a fin de que rinda su declaración testimonial en la audiencia del día dos de Diciembre del dos mil diez a horas once, once y treinta y doce del día.- Por haberse dispuesto en la Inst. N° 2010 – 02424, que se le sigue por el delito  de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ONDINA CHAVEZ MARIN, bajo apercibimiento de ser conducido de grado y fuerza en caso de  inconcurrencia.- Hágase saber con citación.- Sec.- Eddier Rojas Linares:
Iquitos, 16 de Noviembre del 2010.
V-3(18,19 y 22)

EXP. N° 2008-02518
E D I C T O
Que, en el expediente N° 2008-02518 seguido contra KONSTANTINO FOTEINIAS por el delito de APROPIACION ILICITA en agravio de JENAURIA PANAYFO RENGIFO; la señora Juez del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se publique lo siguiente:
RESOLUCION NUMERO CINCUENTIUNO
Iquitos, ocho de setiembre del dos mil diez.
Dado cuenta en la fecha, con el oficio que antecede, y estando a lo resuelto por la Superior Sala Penal: Téngase por recibido y CUMPLASE con lo ejecutoriado, y continuando con su trámite en vía de ejecución de Sentencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo trescientos treinta y siete del Código de Procedimientos Penales: REQUIERASE al Sentenciado KONSTANTINOS FOTEINAS para que el término perentorio de TRES DIAS, computados a partir de ser notificado con la presente resolución, CUMPLA con las reglas de de conducta impuestas en la Sentencia de fojas trescientos cincuenta y siete a trescientos sesenta y dos de autos,  quedando bajo expreso apercibimiento de aplicarse el inciso primero del artículo 59º del Código Penal vigente; asimismo CUMPLA el referido condenado con cancelar la suma de DOS MIL NUEVOS SOLES por concepto de REPARACION CIVIL a favor de la parte agraviada, bajo apercibimiento de trabarse embargo de los bienes que se sepan sean de su propiedad, en caso de incumplimiento.- Hágase saber, con citación.
RESOLUCION NUMERO CINCUENTIDOS
Iquitos, veintinueve de octubre del dos mil diez.-
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta el escrito presentado por el abogado de la parte agraviada, con las instrumentales que se acompaña, AL PRINCIPAL Y OTROSI: Agréguese a los autos y téngase presente; Y ATENDIENDO: Que, la parte agraviada mediante escrito de fecha dieciocho de octubre del año en curso solicita la revocatoria de la suspensión de la pena impuesta al Sentenciado, a fin de que se haga efectiva, amparando su pedido en que el Sentenciado KONSTANTINO FOTEINIAS no ha cumplido con las reglas de conducta, así como tampoco ha cumplido con devolver lo ilícitamente apropiado ni reparar el daño ocasionado, y que a pesar de existir un mandato de comparecencia restringida se fugó del país, al respecto es preciso indicar que por doctrina mayoritaria y uniforme jurisprudencia, señalan que la revocatoria de la suspensión se trata de una sanción más severa, por lo que su uso debe ser excepcional y luego de haberse aplicado las sanciones precedentes de amonestación y prorroga conforme lo dispone el Artículo 59º del Código Penal;  en tal sentido se declara NO HA LUGAR por ahora lo solicitado por la parte agraviada y siendo su estado CITESE a la diligencia de amonestación al Sentenciado KONSTANTINO FOTEINIAS para el día TRES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIEZ A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de aplicarse el inciso 2) del Artículo 59º  del Código Penal, en caso de inconcurrencia,  sin perjuicio de ordenarse la conducción de grado o fuerza por la autoridad policial. Asimismo a fin de evitar nulidades en el presente proceso NOTIFIQUESE al Sentenciado mediante edicto la resolución cincuentiuno y la presente resolución en el Diario de mayor circulación de la localidad Diario La Región y en el Diario Oficial “El Peruano”
Iquitos, 12 de Noviembre del 2010
V-3(18,19 y 22)

EDICTO PENAL
EXP. N° 1997 – 286
Por éste Primer Edicto, PONE A CONOCIMIENTO a las personas de: MARCO FLORES NAVARRO, LLONY VELA VELASQUEZ, YONEL ALDO ALARCON SALDARRIAGA Y WENCESLAO LLERENA ROJAS, para que concurran al local del Tercer Juzgado Penal de Maynas, que Despacha el Señor Juez LUIS ENRIQUE PANDURO REYES, asistida por la Secretaria Judicial: Abogada Jenny Carmen Vásquez Ramírez, a fin de  REQUERIRLES PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE LEY, HAGA EFECTIVO EL PAGO DE LA REPARACION CIVIL POR LÑA SUMA DE DIEZ MIL NUEVOS SOLES para los dos primeros nombrados solidariamente y además CIENTO OCHENTA DIAS MULTAS; y para el TERCERO Y CUARTO DE LOS NOMBRADOS la suma de VEINTE MIL NUEVOS SOLES Y MIL OCHENTA NUEVOS SOLES POR DIAS MULTAS Y SETECIENTOS VEINTE NUEVOS SOLES a favor de la parte agraviada;  por haberse dispuesto en la INSTRUCCIÓN N° 1997 – 286, que se le sigue a ALBERTO ACHO PEÑA Y OTROS por el delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA – TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS en agravio de EL ESTADO PERUANO;
ABOG. JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ-SECRETARIA
Iquitos, 16 de Noviembre del 2,010.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
VISITA JUDICIAL ORDINARIA N°    : JUZGADO DE PAZ LETRADO DE BELEN
JUEZ VISITADOR: Dr. LUIS ENRIQUE MARIN SOUZA
JUZGADO VISITADO: JUZGADO DE PAZ LETRADO DE BELEN
JUEZ VISITADO: Dr. CESAR LUIS ACOSTA GUTIERREZ.
Por orden del Primer Juzgado Laboral de Maynas, que despacha el Doctor Luís Enrique Marín Souza, se ha dispuesto que se notifique mediante Edictos al servidor Manuel Ricardo Morales Guzmán, con un extracto de las resoluciones números uno y nueve, con el tenor siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Iquitos, catorce de setiembre del dos mil diez.-AUTOS Y VISTOS.- POR LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS, de conformidad con el artículo 91º de la Resolución Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ, SE RESUELVE: PRIMERO.- ABRIR PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO en la vía de PROCESO ÚNICO, por las presuntas conductas disfuncionales detalladas en los fundamentos precedentes de la presente resolución; contra el magistrado y servidores, a fin dentro del quinto día  de notificados presenten sus escritos de descargo, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes:
.- El servidor RICARDO MANUEL MORALES GUZMÁN, deberá absolver los cargos imputados: en el punto 5.1, numeral 4), 5), 15), 29), 33) y 37), en el punto 5.3 numeral 10). SEGUNDO.- Ofíciese a la Oficina de Administración de esta sede de Corte, a fin que informe la dependencia judicial donde laboran o, en su defecto, el domicilio real del servidor MANUEL RICARDO MORALES GUZMAN, toda vez que en el caso del servidor MANUEL RICARDO MORALES GUZMAN se encuentra de licencia, la servidora BLANCA REÁTEGUI GONZÁLES, se encuentra laborando en el Segundo Juzgado Civil y la servidora  JOSEFA JESÚS MELÉNDEZ GONZÁLES, donde se les notificará. Sin perjuicio de notificarlos mediante EDICTOS en el Diario La Región. Avocándose al conocimiento de la presente, el señor magistrado Integrante del Órgano de Línea de ODECMA – Loreto y Asistente por disposición superior. Ofíciese, Regístrese y Comuníquese.
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE Iquitos, veinticinco de octubre del dos mil diez. Se Dispone notificar al servidor MANUEL RICARDO MORALES GUZMAN mediante EDICTOS, debiendo publicarse en el diario La Región; asimismo OFÍCIESE a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, para el trámite de los edictos. Fdo. Luís Enrique Marín Souza.- Juez del Primer Juzgado Laboral de Maynas.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 00458-2009, a OSMAR FLORES ARIAS, delito: Robo Agravado, agraviado: Armando Torres Torres; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Jueves, Hora: 8:15 a.m, Fecha: 25-11-10.
Presidente: Sologuren Secretario: Pérez
Iquitos, 17-11-10
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 01248-2008, a Royde Rodríguez Chota, delito: Robo Agravado, agraviado: Lisbeth Nuñez Butron; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Lunes, Hora: 8:00 a.m, Fecha: 25-11-10.
Presidente: Sologuren    Secretario: Pérez
Iquitos, 17-11-10
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 02804-2009, a Jonny Luis Navas Solignac, delito: Violación Sexual, agraviado: L.M.A.M.; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Jueves, Hora: 8:05 a.m, Fecha: 25-11-10.
Presidente: Sologuren Secretario: Pérez
Iquitos, 17-11-10
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
EL SEÑIOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE MAYNAS DR. ALEXANDER RIOJA BERMUDEZ Y LA ESPECIALISTA DRA, PAOLA MENDOZA DEL RIO MANDO A PUBLICAR POR EDICTO LO SIGUIENTE.
EN EL PROCESO CIVIL SOBRE INDEMNIZACION INTERPUESTA POR FELIPE DAZA BUESAQUILLO CONTRA EMPERATRIZ ESPINOZA ARCE. EXP. 2010-00237-0-1903-JR-CI-01.
RESOLUCION NÚMERO DOS. Iquitos, Once de Mayo del dos mil diez. Dado cuenta de la demanda presentada por el demandante Felipe Daza Buesaquillo, sobre indemnización. SE RESUELVE: Admitir a trámite la presente sobre Indemnización por daños, en la vía del Proceso de Conocimiento y conforme a lo prescrito en el artículo 458 del Código Procesal Cvil, NOTIFIQUESE POR EDICTO a la emplazada EMPERATRIZ ESPINOZA ARCE, con un extracto del auto admisorio en los diarios El Peruano y la Región por el término establecido en el artículo 479 del CPC y así mismo se fija como plazo de emplazamiento a la demandada por el término de treinta días a fin de que se apersone al proceso y absuelva la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Avocándose al proceso el señor juez que suscribe y Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior.
Iquitos, 06 de Octubre del 2010.
Abog. Paola Tatiana Mendoza del Río
SECRETARIA JUDICIAL
1er.  JUZGADO CIVIL
V-3(18,19 y 22)
(S/.25.00)