EDICTOS JUDICIALES

Exp. N° 043-2004
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado CARLOS PINEDO MACUYAMA, para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del VEINTISIETE DE ENERO del año 2011, a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de : VIOLACIÓN A PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTIR en agravio de LIZ VANESSA CHUMBE AMASIFUEN. Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Segundo Juzgado Penal. Fdo. MANUEL VILLACORTA MOZOMBITE.- Secretario Judicial.
Iquitos, Diecisiete de enero del 2011.
V-3(21.24 y 25)

Exp. N° 1524-2009
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado REIDER SORIA VELA, para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del OCHO DE MARZO del año 2011, a horas ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de: LESIONES GRAVES en agravio de BEATRIZ VASQUEZ MANIHUARI. Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Segundo Juzgado Penal. Fdo. MANUEL VILLACORTA MOZOMBITE.- Secretario Judicial.
Iquitos, Diecisiete de enero del 2011.
V-3(21,24 y 25)

EDICTO
NSTRUCCIO Nº   : 017 – 2009 – PE.
SECRETARIO JUDICIAL (E): SEGUNDO R. DOMINGUEZ APAGUEÑO
SE CITA LLAMA Y EMPLAZA  A LOS PROCESADO ARTEMIO BECERRIL NAVARRO, ROBERT MEGIA UBILLUS, ROBINSON MALDONADO PANDURO, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A L LOCAL DEL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE UCAYALI – CONTAMANA, EL DÍA 24 DE ENERO DEL 2011 A HORAS 12:00 DEL MEDIODÍA; CON LA FINALIDAD DE QUE SE LLEVE A CABO LA DILIGENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA; SE REQUIERE PARA LOS EFECTOS DE LA INSTRUCCIÓN Nº 017 – 2009 – PE, SEGUIDA CONTRA LOS CITADOS ENCAUSADOS, POR EL DELITO CONTRA LA ECOLOGÍA – TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES, EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO. BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY.
LO QUE SE NOTIFICA  A UDS., CONFORME A LEY.
V-3(21,24 y 25)

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00977-2010-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
Se cita llama y emplaza para el día VEINTITRES DE MARZO del año DOS MIL ONCE, a horas NUEVE CON CUARENTICINCO DE LA MAÑANA, para la diligencia de Lectura de Sentencia del acusado: JOSE ALBERTO MANZUR CHUMBE por el delito CONTRA LA SEGURIDAD  PÚBLICA – Peligro Común (Tenencia Ilegal de Arma de Fuego), en agravio del ESTADO PERUANO; debiendo el acusado concurrir en la fecha y hora anotada al local del Juzgado, a efectos de darse cumplimiento a la diligencia precitada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, debiendo el Secretario de la causa notificar mediante EDICTO, sin perjuicio de notificar bajo cédula a las demás partes, para tal diligencia; con citación y haciéndose saber.
Iquitos, 13 de enero del 2011.
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
V-3(21,24 y 25)

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02635-2010-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
En la presente Instrucción, el Primer Juzgado Penal por RESOLUCIÓN NÚMERO TRES: SE AMPLIA la presente instrucción por el termino de TREINTA DIAS adicionales plazo ordinario de investigación.- En consecuencia: RECÍBASE la declaración instructiva de los procesados OLIVER FREDDY APAGUEÑO HUALINGA, WALTER JUNIOR GONZALES RUIZ y GABRIEL LUQUE MEZA, por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales L.M.C.L., en la audiencia del Día Quince de Marzo del Dos Mil Once, a horas Diez con Cinco, Once con Cinco y Doce con Cinco de la mañana;  respectivamente; debiendo los procesados estar asistidos por su abogado defensor, bajo apercibimiento de ser declarados REOS AUSENTES y en caso de inconcurrencia ordenarse sus captura a Nivel Nacional; RECÍBASE la declaración Referencial de la agraviada L.M.C.L. en la audiencia del Día Quince de Marzo del Dos Mil Once, a las Catorce Horas con Treinta y Cinco de la Mañana, debiendo de estar asistido de su progenitor o tutor; notificándose al fiscal de familia; REITERESE la Partida de nacimiento de la menor  agraviada oficiándose a la Municipalidad Provincial de Maynas; y, con los oficios que anteceden, agréguese a los autos y téngase presente. NOTIFIQUESE
Iquitos 14 de enero del 2011.
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
V-3(21,24 y 25)

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 03037-2008-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
Se cita llama y emplaza  para el DÍA VEINTISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, A HORAS TRES DE LA TARDE, la diligencia de Lectura de Sentencia del acusado: JUAN CARLOS CABRAL SINCOMA, por el delito  CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES CULPOSAS GRAVES en la modalidad de : haber causado daño en el cuerpo y en la salud de otro, como consecuencia de haber estado conduciendo un  vehiculo motorizado en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos litros, en agravio de ADELBERT ASHLEY FRITZGAR TEJADA BARDALES; debiendo el acusado concurrir en la fecha y hora anotada al local del Juzgado, a efectos de darse cumplimiento a la diligencia precitada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, debiendo el Secretario de la causa notificar mediante EDICTO, sin perjuicio de notificar bajo cédula a las demás partes, para tal diligencia; con citación y haciéndose saber.
Iquitos, 18 de enero del 2011.
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
V-3(21,24 y 25)

EDICTO
EXPEDIENTE Nº: 014 – 2010 – QUEJA
SEC. JUDICIAL: NOEMI JULCA ARAUJO
MOTIVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali – Contamina, que despacha el señor Juez Dr.  NERIO LAZO QUEVEDO y Secretaria Judicial NOEMI JULCA ARAUJO, que autoriza por Disposición Superior, ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NUMERO TRECE. Contamana veinticuatro del dos mil diez.- AUTOS Y  VISTOS: Dado cuenta en la fecha con la razón que antecede y las notificaciones por edicto al ex Magistrado Rolando Vargas Vega, téngase presente y agréguese a los autos; y CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, mediante resolución numero once de fojas trecientos diecisiete, se ordena notificar al investigado ex – Magistrado Rolando Vargas Guerra, mediante el edicto en el diario oficial “El Peruano” y diario “La Región” a fin de que el plazo de cinco días, mas el termino de la distancia, a partir de su notificación cumpla con presentar su informe de descargo;
SEGUNDO.- Que a fojas trecientos catorce y siguientes obra las notificaciones realizadas mediante edicto, quien hasta la fecha no ha cumplido con presentar su informe de descargo y habiendo transcurrido el plazo en exceso para la presentación del mismo y estando a lo establecido en el articulo noventa y tres inciso dos, del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura, SE RESUELVE: DECLARAR REBELDE al investigado ex – Magistrado ROLANDO VARGAS VEGA, debiendo proseguirse el tramite del proceso en su rebeldía; por lo que SE DISPONE: Notificar la presente resolución, mediante edicto en el diario oficial “El Peruano” y el diario judicial del Distrito de Loreto “La Región”, Oficiándose: para tal fin a la Oficina de Imagen de la sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, notifíquese y publíquese.
V-3(21,24 y 25)

EDICTO
EXPEDIENTE Nº: 017 – 2010 – INVEST.
SEC. JUDICIAL: NOEMI JULCA ARAUJO
MOTIVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali – Contamina, que despacha el señor Juez Dr.  NERIO LAZO QUEVEDO y Secretaria Judicial NOEMI JULCA ARAUJO, que autoriza por Disposición Superior, ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NUMERO CINCO. Contamana veinticuatro del dos mil diez.- AUTOS Y  VISTOS: Dado cuenta en la fecha con la razón que antecede y las notificaciones por edicto al ex Magistrado Rolando Vargas Vega, téngase presente y agréguese a los autos; y CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, mediante resolución numero cuatro de fojas ochenta y uno, se ordena notificar al investigado ex – Magistrado Rolando Vargas Guerra, mediante el edicto en el diario oficial “El Peruano” y diario “La Región” a fin de que el plazo de cinco días, mas el termino de la distancia, a partir de su notificación cumpla con presentar su informe de descargo;
SEGUNDO.- Que a fojas ochenta y cuatro y siguientes obra las notificaciones realizadas mediante edicto, quien hasta la fecha no ha cumplido con presentar su informe de descargo y habiendo transcurrido el plazo en exceso para la presentación del mismo y estando a lo establecido en el articulo noventa y tres inciso dos, del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura, SE RESUELVE: DECLARAR REBELDE al investigado ex – Magistrado ROLANDO VARGAS VEGA, debiendo proseguirse el tramite del proceso en su rebeldía; por lo que SE DISPONE: Notificar la presente resolución, mediante edicto en el diario oficial “El Peruano” y el diario judicial del Distrito de Loreto “La Región”, Oficiándose: para tal fin a la Oficina de Imagen de la sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, notifíquese y publíquese.

EDICTO
NSTRUCCIO Nº   : 017 – 2009 – PE.
SECRETARIO JUDICIAL (E): SEGUNDO R. DOMINGUEZ APAGUEÑO
SE CITA LLAMA Y EMPLAZA  A LOS PROCESADO ARTEMIO BECERRIL NAVARRO, ROBERT MEGIA UBILLUS, ROBINSON MALDONADO PANDURO, A FIN DE QUE COMPAREZCAN A L LOCAL DEL JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE UCAYALI – CONTAMANA, EL DÍA 24 DE ENERO DEL 2011 A HORAS 12:00 DEL MEDIODÍA; CON LA FINALIDAD DE QUE SE LLEVE A CABO LA DILIGENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA; SE REQUIERE PARA LOS EFECTOS DE LA INSTRUCCIÓN Nº 017 – 2009 – PE, SEGUIDA CONTRA LOS CITADOS ENCAUSADOS, POR EL DELITO CONTRA LA ECOLOGÍA – TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES, EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO. BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY.
LO QUE SE NOTIFICA  A UDS., CONFORME A LEY.
V-3(21,24 y 25)