EDICTOS

EDICTO
Se hace saber que por ante el 1º JUZGADO DE FAMILIA DE MAYNAS en el expediente Nº 00707-2010-0-1903-JR-FC-01 doña ELVA MARINA PALOW CURITIMA Y JOSÉ RAFAEL CUZCANO VILLALOBOS, solicitan AUTORIZACION JUDICIAL PARA DISPONER BIENES DE MENOR del inmueble ubicado en Pueblo Joven San Antonio Mz. G lote 26 Etapa Quinta y actualmente ubicado en el pasaje la paz Nº 309, que mediante resolución número dos del 02/06/2010, se admite a trámite la presente solicitud en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO y se señala como fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION para el día MIÉRCOLES VIENTINUO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, con conocimiento de la parte solicitante y del señor representante del Ministerio Público, asimismo ordena efectuar las publicaciones respectivas en el diario oficial “El Peruano y La Región” por un período de tres días consecutivos.  Fdo. Carmen Julia Ubillus Chunga. Juez y Fdo. Ketty Gutiérrez Oré. Secretaria Judicial.
Iquitos, 02 de julio del año 2010
Abog. KETTY GUTIERREZ ORE
SECRETARIA JUDICIAL
1er. Juzgado de Familia de Maynas
V-3(15,16 y 19)
(S/.25.30)

Exp. N° 2004-641
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado VICTOR ROMAN ESTRADA VILLACREZ, MAYER PINEDO PINEDO y JAIME ALEJANDRO MARTINEZ DE LA CRUZ, para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día MARTES VEINTE DE JULIO del año en curso, a DOCE HORAS Y QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de LIBRAMIENTO INDEBIDO en agravio de NESTOR ROGER ALVAREZ YUMBATO. Fdo. Dra. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Segundo Juzgado Penal. Fdo. MARCO ANTONIO NORIEGA PIÑA.- Secretario Judicial.
Iquitos, 06 de Julio del 2010.
V-3(15,16 y 19)

EDICTO
EXPEDIENTE Nº 00076-2010-0-1903-JR-CI-02, en los seguidos por FÉLIX EDWIN BAUTISTA ALCÁZAR contra la sociedad denominada “ALTO YAVARÍ DE APROVECHAMIENTO FORESTAL Y MANEJO SOSTENIBLE S.A.C.” sobre CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS, se ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCIÓN Nº SIETE, de 16 de Junio del 2010.- SE RESUELVE: DECLARAR LA NULIDAD DE LA PRIMERA CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA “ALTO YAVARÍ DE APROVECHAMIENTO FORESTAL Y MANEJO SOSTENIBLE S.A.C.” Y TODO LO ACTUADO CON POSTERIORIDAD; Y RENOVANDO EL ACTO PROCESAL VICIADO, SE ORDENA LA CONVOCATORIA JUDICIAL PARA LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA “ALTO YAVARÍ DE APROVECHAMIENTO FORESTAL Y MANEJO SOSTENIBLE S.A.C.”; PARA CUYO EFECTO SE FIJA COMO PRIMERA FECHA PARA EL DÍA LUNES DOS DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS CUATRO DE LA TARDE; Y, COMO SEGUNDA FECHA EL DÍA TRECE DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS CUATRO DE LA TARDE. Dicha junta será presidida por el solicitante Félix Edwin Bautista Alcázar; designándose al Notario David Foinquinos Mera a fin de la misma y de los acuerdos que se adopten; en el local de la Notaria Pública sito en la Calle Tacna Nº 368 de esta ciudad con el objeto de tratarse la agenda propuesta. CUMPLA EL SOLICITANTE CON PUBLICAR LA CONVOCATORIA JUDICIAL DE ACCIONISTAS POR EDICTO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN DIARIO JUDICIAL DE ESTA CIUDAD, DE ACUERDO A LEY. Notifíquese.
Firmado.- JUEZ: MILLONES ÁNGELES.- ESPECIALISTA: ALVARADO CASTILLO.
Abog. Leonardo Alvarado Castillo
Secretario Judicial
Segundo Juzgado Civil Maynas
V-3(15,16 y 19)
(S/.33.80)

EDICTO FAMILIA TUTELAR
La Señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, a los PADRES BIOLÓGICOS Y/O FAMILIARES de la tutelada Blanca Luisa Murayari García, de doce años de edad aproximadamente, a efectos que se APERSONEN A ESTE JUZGADO, en término de TRES DÍAS de haber tomado conocimiento de la presente publicación, con la finalidad de RECABAR sus DECLARACIONES JUDICIALES y resolver la situación jurídica de la referida menores, quien se encuentra albergada en la Aldea Infantil “Santa Mónica”, desde el dieciocho de junio del presente año; requerido en el proceso de investigación tutelar Nº 00868-2010-FT-02, sobre “Abandono Material y Peligro Moral”, aperturado a su favor. Fdo.- Doctora JENNY POMALAZA CASABONA.-Juez Titular. Fdo.- Abogada NATALY MALDONADO RENGIFO, Secretaria Judicial que da cuenta.
Iquitos, 09 de julio de 2010
V-3(15,16 y 19)

EDICTO PENAL
INSTRUCCION   2010-076-P
JUEZ: JESUS CORDOVA GRAJEDA
POR LA PRESENTE SE EMPLAZA A LOS PROCESADOS JACKSON CARDENAS SANCHEZ Y EDINYUZA QUIROZ CANDIDO, A FIN DE LLEVARSE ACABO LA DILIGENCIA DE DECLARACION INSTRUCTIVA Y PREVENTIVA PARA EL DIA DIECISEIS DE JULIO DEL PERSENTE AÑO, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA TARDE, BAJO APERCIBIMIENTODE SER DECARADOS REOS CONTUMAZ, EN CASO DE INCONCURRENCIA Y ORDENAR SU CAPTURA, EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE POR EL DELITO CONTRA LA FAMILIA-ATENTADOS CONTRA LA PATRIA POTESTAD EN LA MODALIDAD DE INDUCCION A LA FUGA DE MENOR EN LA AGRAVIO DE EDINYUZA QUIROZ CANDIDO.
CABALLO COCHA 23 DE JUNIO DEL 2010.
V-3(15,16 y 19)

EDICTO PENAL
INSTRUCCION   2010-073-P
JUEZ : JESUS CORDOVA GRAJEDA
POR LA PRESENTE SE EMPLAZA A LOS PROCESADOS JOSE MARCIAL PARADO NARVAEZ, LELLYS VILLACORTA ALBARRACINY EDUARDO LIZARRAGA LEGUI,  A FIN DE LLEVARSE ACABO LA DILIGENCIA DE DECLARACION TESTIMONIAL PARA EL DIA DIECINUEVE DE JULIO DEL PERSENTE AÑO, A HORAS TRECE Y TREINTA DE LA TARDE, BAJO APERCIBIMIENTODE SER DECARADOS REOS CONTUMAZ, EN CASO DE INCONCURRENCIA Y ORDENAR SU CAPTURA, EN EL PROCESO QUE SE LES SIGUE POR EL DELITO DEPREDACION DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDA, EN AGRAVIO DE INRENA
CABALLO COCHA 23 DE JUNIO DEL 2010.
V-3(15,16 y 19)

QUEJA N° 047-2009-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: ELIAS TANTALEAN DIAZ
QUEJADO: Dr. ROLANDO VARGAS VEGA
MOTIVO: INCONDUCTA FUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO DIECINUEVE.- Iquitos, diecinueve de mayo del dos mil diez.- AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta, con la razón que antecede suscrito por la Asistente de esta Unidad, actuados e informe opinado remitido por el doctor Gustavo Joe Matta Núñez; téngase por recibido los actuados, agréguese el informe opinado a los autos, avocándose a conocimiento el Juez Superior Responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas, siendo el estado del presente procedimiento, corresponde emitirse la resolución respectiva; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante resolución N° 03 de fecha 24 de agosto del 2009, se dispuso abrir proceso disciplinario contra el doctor Rolando Vargas Vega,(…), Segundo.- Que, el Juez sustanciador mediante resolución N° 14 de fecha 31.03.2010 dispone la realización de diversas diligencias (…); posteriormente(…), el Juez sustanciador emite su informe opinado; Tercero.- De la revisión de los actuados (…) mediante resolución N° 14 de fecha 31.03.2010 dispone la realización de la diligencia indagatoria del ciudadano Hermógenes Mendoza Saboya; sin embargo, y conforme a la devolución de cédula obrante a fojas 245, se tiene que dicha resolución no fue notificada debidamente a dicho ciudadano; (…) que, dicha diligencia no se llevó a cabo, no obrando en autos (…) que se haya prescindido de la realización de la mencionada diligencia; Cuarto.- Que, conforme lo tipifica el artículo 10° inciso 1) de la Ley N° 27444 “Ley de Procedimiento Administrativo General” –norma de aplicación supletoria al presente procedimiento-, son causales de nulidad el contravenir a la Constitución, las leyes y las normas reglamentarias; Quinto.- Que, la omisión advertida en el tercer considerando de la presente resolución, constituye vicio que acarrea nulidad insubsanable que debe ser corregida a fin de salvaguardar los principios procesales de celeridad, debido proceso y derecho de defensa; en consecuencia corresponde declarar  la nulidad del informe opinado emitido por el Juez sustanciador, debiendo devolverse los presentes actuados al despacho del sustanciador (…); por tales consideraciones, SE RESUELVE: DECLARAR NULO el informe opinado emitido por el Juez sustanciador Gustavo Joe Matta Núñez; DEVUÉLVASE los actuados al despacho del Juez sustanciador Gustavo Joe Matta Núñez, Juez del Juzgado Mixto de Contamana; a fin que cumpla con subsanar los defectos detectados (…); Interviniendo la Asistente que da cuenta; Notifíquese y Ofíciese.
QUEJA N°: 047-2009-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: ELIAS TANTALEAN DIAZ
QUEJADO: Dr. ROLANDO VARGAS VEGA
MOTIVO: INCONDUCTA FUNCIONAL
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTE.- Iquitos, nueve de julio del dos mil diez.- DADO CUENTA, en la fecha (…) el Oficio N° 1138-2010-JMPU-C-/PJL, remitido por el doctor Ronaldo Miraval Flores; téngase presente y agréguese a los autos, estando a su contenido; y advirtiéndose que el doctor ROLANDO VARGAS VEGA, ex Juez del Juzgado de Paz Letrado de Contamana, no ha sido notificado válidamente con la resolución N° 19, conforme se tienen de autos; y siendo que a la fecha se desconoce el domicilio actual de dicho ex Juez; corresponde notificarse al doctor Rolando Vargas Vega mediante edicto judicial; asimismo, y estando al Oficio N° 1138-2010-JMPU-C-/PJL presentado por el doctor Ronaldo Miraval Flores, se debe remitir los presentes autos a la Jefatura de ODECMA – Loreto para los fines correspondientes; por tales consideraciones; SE DISPONE: 1) NOTIFICAR la resolución N° 19, y la presente resolución por Edicto en el diario oficial “El Peruano” y el diario “La Región”; oficiándose para tal fin a la Oficina de Imagen de ésta Sede de Corte, 2) REMITIR los presentes actuados a la Jefatura de ODECMA – Loreto a fin que proceda conforme a sus atribuciones conferidas en el artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA. Notifíquese y Ofíciese.
Marianella Saravia De Lemos
Asistente
Unidad de Investigación, Visitas y Quejas, ODECMA- Loreto.
V-3(15,16 y 19)

Instr. N° 2009-2879.
Sec. C. Huari M.
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, se NOTIFICA al testigo JEAN KEVIN COQUINCHE, para que se presente ante el local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, para que rindan su declaración testimonial, señalado para el día 05 de agosto del año en curso, a las 11.30 de la mañana, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2009-2879, seguida contra  Raúl Mori Conde, por delito de violación de la libertad sexual, en agravio de la menor de iniciales N.CH.V.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 08 de julio  del 2010.
V-3(15,16 y 19)

Instr. N° 2008-2769.
Sec. C. Huari M.
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora Juez, por intermedio del presente NOTIFICO al acusado VICTOR ERDULFO ARRARTE FLORES, para que se presente ante el local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, para que absuelva las citas que le resultan de autos; asimismo se le comunica que por Resolución N° 06, de fecha 30-11-09, se puso de manifiesto, a disposición de las partes para los alegatos de ley y en la fecha se le ha declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2008-2769, que se le sigue por delito de hurto agravado, en agravio de Instituto Nacional de desarrollo-INADE.
Iquitos, 07 de julio del 2010.
V-3(15,16 y 19)

Instr. N° 2009-2862.
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado penal de Maynas
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA a las personas de ASTERIA GUERRA MANIHUARI, MAYRA CHUJUTALLI GUERRA y FLOR DE MARIA GARCÍA SALAS, para que se presente ante el local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración testimonial, señalado para el día DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS DIEZ Y TREINTA  DE LA MAÑANA; respectivamente en el orden mencionado; notificándose mediante cédula de Ley, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza en caso de inconcurrencia. Asimismo, PRACTÍQUESE la Ratificación Pericial del Certificado Medico Legal por parte del Médico HUGO EDWIN AROTAYPE LINO, para el día DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS DIEZ Y TREINTA  DE LA MAÑANA; notificándose mediante cédula de Ley, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2009-2862, que se le sigue, por delito Actos contra el Pudor del Menor, en agravio del A.D.J.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de julio del 2010.
V-3(15,16 y 19)

EXP. N° 2010-1568
SEC. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal
EDICTO PENAL
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza al procesado NERY EVELIO HERNANDEZ HERNANDEZ, para que se presente AL Local Del Juzgado a fin de que se llevarse a cabo su declaración instructiva para el día CUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA,  debiendo estar presente proceso el día y hora señalada en compañía de su abogado de elección caso contrario se le nombrará uno de oficio, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, en caso de inconcurrencia; Asimismo, RECÍBASE las declaraciones TESTIMONIALES de RANDY WAGNER RIOS GUTIERREZ, SHARON MELITA GUTIERREZ PINO y ARTEMIO HERNANDEZ HERNANDEZ, el día CUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, A HORAS NUEVE Y TREINTA; DIEZ; Y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente en el orden mencionado debiendo estar presente proceso el día y hora, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia; por estar así ordenado en la instrucción N° 2010-1568, seguido en su contra NERY EVELIO GERNANDEZ HERNANDEZ, por el delito de Denuncia Calumniosa, en agravio del Estado.
Iquitos, 09 de julio del 2010
V-3(15,16 y 19)

Instr. N° 2010-934.
Sec. C. Huari M.
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, se NOTIFICA al  agraviado GERMAN ADOLFO PAUCAR CARDENAS, para que se presente ante el local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración preventiva, señalado para el día 02 de agosto del año en curso, a las 11.30 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2010-934, seguida contra  Julio alemán Ríos Sifuentes, por delito de robo agravado, en agravio del referido.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 06 de julio  del 2010.
V-3(15,16 y 19)