EDICTOS

E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado PEREZ FERNANDEZ, GILMER OMAR para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día SEIS DE JUNIO DEL  DOS MIL TRECE, A HORAS NUEVE  Y TREINTA  DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTPRIDAD, en agravio de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNCHANA,.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 21  de mayo  del 2013.
V-3(24,27 y 28)

E D I C T O
3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 02999-2011-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
QUERELLADO: RODRIGUEZ PINCHI, JUAN CARLOS MARTIN
DELITO: CALUMNIA
CELIZ LOPEZ, RAMIRO RAUL
DELITO: CALUMNIA
CELIZ LOPEZ, RAMIRO RAUL
DELITO: DIFAMACIÓN
RODRIGUEZ PINCHI, JUAN CARLOS MARTIN
DELITO: DIFAMACIÓN
QUERELLANTE: REATEGUI ARCE DE ALVAREZ, YOLANDA
ALVAREZ FARRO, LORENZO HUMBERTO
RESOLUCION NUMERO TRES
Iquitos, seis de mayo del año dos mil trece.-
Dado cuenta; de la revisión de autos se tiene que al emitirse la resolución número dos de fecha once de abril del dos mil trece, erróneamente se puso como fecha para la declaración de los querellantes LORENZO HUMBERTO ALVAREZ FARRO y YOLANDA REATEGUI ARCE DE ALVAREZ, el día cuatro de mayo del dos mil trece, sin tener en cuenta que es día sábado, en consecuencia: Reprográmese la fecha y hora para la declaración de los querellantes mencionados para el día  cuatro de junio del dos mil trece a horas ocho con veinte y nueve con veinte de la mañana, respectivamente, notificándose; asimismo no habiendo concurrido a la diligencia de declaración instructiva los querellados  RAMIRO RAUL CELIS LOPEZ y JUAN CARLOS MARTIN RODRIGUEZ PINCHI, señálese como nueva fecha para dicha diligencia, el día cinco de junio del dos mil trece a horas nueve con veinte y diez con veinte de la mañana, respectivamente, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser conducido por la fuerza pública, en caso de inconcurrencia; asimismo señálese como nueva fecha para la declaración del Tercero Civilmente Responsable “Radio Loreto”, representado por DELIA CRUZADO, el día cuatro de junio del dos mil trece a horas dos con veinte de la tarde, notificándose; hágase saber.
V-3(24,27 y 28)

EXP. N° 252-2010
Sec. Ronaldo Augusto Cárdenas Ovalle
EDICTO PENAL
El Quinto Juzgado Penal Liquidador de Maynas, pone de conocimiento al acusado MARCOS WILLIAMS PUENTE FLORES, lo siguiente:
Que, mediante resolución número uno de fecha seis de abril del año dos mil diez se RESUELVE: ABRIR INSTRUCCIÓN en la VIA SUMARIO contra MARCOS WILLIAMS PUENTE FLORES como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO por inobservancia de reglas técnicas de transito, tipificado en el en el primer y segundo párrafo del Articulo 111º del Código Penal, en agravio de ERICKA TANIA CAYO GARCIA; en su virtud, DÍCTESE MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA. Asimismo, mediante resolución número doce de fecha treinta de abril del año dos mil trece se ordena: REQUIERASE al procesado MARCOS WILLIAMS PUENTE FLORES para que CUMPLA con dar cuenta  personalmente a este juzgado las razones por las cuales no viene cumpliendo las reglas de conducta impuestas en la resolución número uno, esto es: a) comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado cada quince días a informar sobre sus actividades y controlarse con su respectiva libreta b) no ausentarse del lugar de su domicilio sin previa autorización del Juzgado c) no conferenciar con la agraviada ni los testigos sobre el hecho materia de investigación d) Pagar una caución en la suma de DOS MIL NUEVOS SOLES la misma que deberá ser depositada en el Banco de la Nación a nombre del Juzgado; en el término de setenta y dos horas de notificado con la presente resolución, BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO DE REVOCARSE LA COMPARECENCIA RESTRINGIDA Y ORDENARSE LA DETENCION, BÚSQUEDA, CAPTURA, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO; sin perjuicio de notificarse al referido procesado por edicto.. Asimismo proveyendo el escrito ingresado de fecha veinticinco de abril del año dos mil trece presentado por F. JABIER CHACHAPOYAS PEREZ; agréguese a los autos y estese a lo resuelto líneas arriba. AL PRIMER OTROSI DIGO: OFICIESE a la Oficina De Migraciones – Sede Iquitos a fin de que informe al juzgado respecto de los movimientos migratorios del procesado. AL SEGUNDO OTROSI DIGO: Estando a lo solicitado por el recurrente remítase copia certificada de los actuados pertinentes a la Oficina de ODECMA a fin de que resuelva conforme a sus atribuciones respecto de la servidora MONICA SHIMIZU HERRERA, a conocimiento para los fines de ley. Interviniendo el secretario judicial que da cuenta por disposición superior.
Iquitos, 30 de abril de 2013
V-3(24,27 y 28)

3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 02843-2011-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: JORGE SANCHEZ TISNADO
REPRESENTANTE: RIBEYRO ROMAYNA, LILA
IMPUTADO: ACUÑA DEL AGUILA, ALFREDO JAVIER
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: ACUÑA RIBEYRO, MAYCOL ANDERI
ACUÑA RIBEYRO, ROSSEMBERG FRANCO
ACUÑA RIBEYRO, JAIME JAVIER
ACUÑA RIVEYRO, FERNANDO DANNY
ACUÑA RIVEYRO, AMBAR LEYSI
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado ACUÑA DEL AGUILA, ALFREDO JAVIER para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del DÍA CINCO DE JUNIO DEL  DOS MIL TRECE, A HORAS DIEZ Y TREINTA  DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus menores hijos,.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 20 de Mayo del 2013.
V-3(24,27 y 28)