EDICTOS

EXP. N° 2877-2011
EDICTO
Se cita, llama y emplaza al procesado VENANCIO ROJAS TAFUR, para que ser apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de PELIGRO COMUN – CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Fdo.- Carlos Enrique Huari Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 05 de noviembre del 2012
V-3(14,15 y 16)

EXP. N° 152-2011
EDICTO
Se cita, llama y emplaza al procesado ROBERTO PEREZ BONFILD, para que ser apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION. Fdo.- Carlos Enrique Huari Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 05 de noviembre del 2012
V-3(14,15 y 16)
EDICTO
3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 01865-2012-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
MINISTERIO PUBLICO: SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL MIXTA DE MAYNAS ,
REPRESENTANTE: EMPRESA INVERSIONES EL GRAN ABANICO SRL ,
IMPUTADO: VASQUEZ CHAPARRO, ROBERT MARTIN
DELITO: ABUSO DE AUTORIDAD.
AGRAVIADO: DEL ESTADO PERUANO INDECOPI,
RESOLUCION NUMERO TRES
Iquitos, veintiséis de octubre
Del año dos mil doce.-
Dado cuenta ; previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente y conforme al estado del proceso y no habiéndose realizado las diligencias ordenadas mediante resolución uno, por equidad: Señálese como nueva fecha para la declaración instructiva del inculpado ROBERT MARTIN VASQUEZ CHAPARRO, el día veintinueve de noviembre del dos mil doce a horas ocho con veinte de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia; recíbase la declaración preventiva del representante de la Empresa Inversiones El Gran Abanico SRL., el día veintinueve de noviembre del dos mil doce a horas dos con veinte de la tarde, notificándose; recíbase la declaración testimonial de Armando Dávila Alvarado y José María Pereyra Pinedo, el día veintinueve de noviembre del dos mil doce a horas catorce con cincuenta y quince con treinta, respectivamente, notificándose; recábese los antecedentes penales, policiales y judiciales del inculpado, practíquese las demás diligencias que sean necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos; proveyendo el escrito presentado por el inculpado ROBERT MARTIN VASQUEZ CHAPARRO, de fecha once de setiembre del dos mil doce, agréguese a los autos y a lo expuesto; al principal: Autorícese a los abogados del inculpado recurrente estar presente en las diligencias que se ordenan por el juzgado; al único otrosí: Téngase presente; al escrito de fecha veintiocho de setiembre del año en curso presentado por el mismo procesado, agréguese a los autos y a lo expuesto; al principal y único otrosí: Téngase presente y estese a lo proveído en la presente resolución; Hágase saber, con citación; interviniendo el secretario judicial que da cuenta por disposición superior.
V-3(14,15 y 16)
EDICTO
3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 03199-2011-0-1903-JR-PE-03
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: CARRASCO FARFAN, YURI RODOLFO
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: AMASIFUEN LLERENA, MARIA LUCIA
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Iquitos, ocho de noviembre
Del año dos mil doce.-
Dado cuenta, no habiéndose realizado las diligencias programadas mediante resolución número tres de fecha once de octubre del dos mil doce, por haberse encontrado en paro los trabajadores del Poder Judicial, por equidad Reprográmese tales diligencias, en consecuencia: Recíbase la declaración instructiva del inculpado YURI RODOLFO CARRASCO FARFAN, el día veintiséis de noviembre del año en curso a horas ocho con veinte de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia; asimismo recíbase la declaración preventiva de la agraviada MARIA LUCIA AMASIFUEN LLERENA, el día  veintiséis de noviembre del año en curso a horas dos con veinte de la tarde, notificándose; practíquese la ratificación del certificado médico legal de fojas trece y veintinueve de autos, el día veintiséis de noviembre del año en curso a horas tres con diez de la tarde, notificándose; recíbase la testimonial de YURI SERGIO CARRASCO FIDEL el día veintiséis de noviembre del año en curso a horas nueve con treinta de la mañana, notificándose; Hágase saber, con citación.
V-3(14,15 y 16)
Exp. N° 00005-2011-59-1901-JR-PE-01
Sec. Moisés Jesús Rondinel Castro
Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Loreto – Nauta
EDICTO
Por el presente el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Loreto – Nauta, hace de conocimiento que en la causa signada con el número  00005-2011-59-1901-JR-PE-01 seguido contra  WILLY TORRES RUIZ y GERMAN NICOLAS RIVERA RENGIFO por el delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS – PECULADO CULPOSO en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE URARINAS, se emitió lo siguiente: RESOLUCION NUMERO TRES. Nauta Ocho de Noviembre de Dos Mil Doce. AUTOS Y VISTOS: Al estado del proceso; CONSIDERANDO: Primero.- Que, al haber sido válidamente notificados los sujetos procesales con la resolución número uno de fecha veintiséis de julio del dos mil doce, junto con el requerimiento de Sobreseimiento y, habiéndose vencido el plazo otorgado conforme lo establece el artículo trescientos cuarenta y cinco inciso 1,  del Código Procesal Penal, corresponde continuar con la siguiente etapa procesal; Segundo.- El articulo trescientos cuarenta y cinco inciso tres del Código Procesal Penal indica que vencido el plazo del traslado, el juez citara a una audiencia preliminar, en la cual se podrán debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento; Tercero.- Por lo expuesto y de conformidad con el articulo trescientos cuarenta y cinco inciso 03 del Código Procesal Penal, en consecuencia; SE RESUELVE: CITAR a AUDIENCIA PRELIMINAR de Sobreseimiento a realizarse en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, el día TREINTA DE NOVIEMBRE del presente año, a las DIEZ de la mañana (hora exacta)  la misma que se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal y del defensor del acusado; INFORMANDOSE al imputado que tiene derecho a ser asistido por un abogado defensor de su elección y que en caso de inconcurrencia del mismo se le nombrara un abogado de Oficio.- NOTIFIQUESE.
Nauta, 13 de Noviembre del 2012
V-3(14,15 y 16)