EDICTOS

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 3199
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 11 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO TRES
Iquitos, once de Octubre
Del año dos mil doce.-
Dado cuenta de estos autos en la fecha; previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente y de la revisión de autos se tiene que no se han realizad las diligencias ordenadas mediante resolución número dos, conforme a lo indicado mediante certificación del cursor de fojas cuarenta y cuatro vuelta; por equidad: Señálese como nueva fecha para la declaración instructiva del inculpado YURI RODOLFO CARRASCO FARFAN, el día seis de noviembre del dos mil doce a horas ocho con veinte de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente, en caso de inconcurrencia; recíbase la declaración preventiva de MARIA LUCIA AMASIFUEN LLERENA, el día seis de noviembre del dos mil doce a horas dos con veinte de a tarde,  notificándose; practíquese la diligencia de ratificación del Certificado Médico Legal de fojas trece y veintinueve de autos el día cinco de noviembre del dos mil doce a horas tres con diez de la tarde, notificándose; Ofíciese a las Entidades Bancarias y Registros Públicos a fin que informen si el inculpado posee cuentas bancarias y bienes que pudieran registrar a su nombre; recíbase la declaración testimonial de YURI SERGIO CARRASCO FIDEL el día seis de noviembre del dos mil doce a horas tres con diez de la tarde, notificándose; practíquese las demás diligencias que sean necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos; Hágase saber, con citación; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2012 – 00164
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 11 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO OCHO
Iquitos, once de Octubre
Del año dos mil doce.-
Dado cuenta de estos autos en la fecha; previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente;  y conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se encuentran pegados en el presente expediente el cargo del edicto ni su respectiva publicación en e diario “La Región”, del inculpado ELEAZAR FERNANDEZ AGUILAR;  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a efectos de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día ocho de noviembre del dos mil doce a horas nueve con veinte de la mañana,  debiendo de notificarse al inculpado ELEAZAR FERNANDEZ AGUILAR mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al primer otrosí: Razón por secretaría; al segundo otrosí: No habiéndose recabado a la fecha las declaraciones testimoniales ordenadas mediante resolución uno; RECÁBESE las declaraciones testimoniales de Ladislao Bautista Rodriguez, Beder Chamorro Diaz y Wellitong Augusto Tuesta Rodriguez, en la audiencia del día ocho de noviembre del dos mil doce a horas dos con veinte, dos con cincuenta y tres con veinte de la tarde, respectivamente, notificándoseles;  recíbase la declaración del tercero civilmente responsable Luis Estanislao Rocha Cabrera, el día ocho de noviembre del dos mil doce a horas tres con cincuenta de la tarde, notificándose; al tercer y cuarto otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2012 – 1955
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 11 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO DOS
Iquitos, once de Octubre
Del año dos mil doce.-
Dado cuenta de estos autos en la fecha; previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente, con el oficio remitido por el Tercer Juzgado Penal de Maynas, remitiendo el presente proceso en forma aleatoria, agréguese a los autos, en consecuencia practíquese las siguientes diligencias: Recíbase la declaración instructiva del procesado RENSO RENE RUIZ NAVARRO, en la audiencia del día ocho de noviembre del dos mil doce a horas ocho con veinte de la mañana; notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia; recíbase la declaración preventiva del Procurador Público en los Asuntos Judiciales del Ministerio Público a cargo de este tipo de delitos, haciéndose de su conocimiento vía exhorto, dirigido al juez penal de turno de la ciudad de Lima, adjuntándose las copias pertinentes de autos; Ofíciese a las entidades Bancarias y a los Registros Públicos a fin de determinar si el inculpado posee cuentas bancarias o bienes muebles o inmuebles; recábese los antecedentes penales, policiales y  judiciales, así como el informe razonado sobre sus domicilio y trabajo habitual conocidos del mismo, oficiándose; practíquese las demás diligencias que sean necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos, Hágase saber, con citación; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 2922
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO DIEZ
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar al inculpado TEDDY MICHE BOCANEGRA puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día veintinueve de octubre del dos mil doce a horas once con diez de la mañana, debiendo de notificarse al inculpado TEDDY MICHE BOCANEGRA mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 1965
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar a la inculpada ASTERIA GUERRA ROMERO puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión a la mencionada inculpada,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta y uno de octubre del dos mil doce a horas nueve con diez de la mañana, debiendo de notificarse a la inculpada ASTERIA GUERRA ROMERO mediante CÉDULA, a su domicilio real que se indica en su ficha Reniec, sito en CALLE RAMON CASTILLA 1153 y mediante EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.-
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2012 – 00124
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar al inculpado HERNAN ALEX DEL AGUILA ALVIS puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta y uno de octubre del dos mil doce a horas ocho con diez de la mañana, debiendo de notificarse al inculpado  HERNAN ALEX DEL AGUILA ALVIS mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2012 – 00289
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; y conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público: Resérvese; y de la revisión de autos se tiene que no se encuentran pegados en el presente expediente ningún cargo  de notificación ni menos edictos de ninguna de las resoluciones emitidas por el juzgado, del inculpado DANIEL EDUARDO BARBAJELATA ROBLEDO;  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día veinticinco de octubre del dos mil doce a horas ocho con diez de la mañana,  debiendo de notificarse al inculpado DANIEL EDUARDO BARBAJELATA ROBLEDO mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia, llámese severamente la atención a la Secretaria Judicial anterior Abogada Angela Valeria Pinedo Reátegui y al Asistente Judicial Héctor Javier Zumba López a fin de que pongan mayor celo en el desempeño de sus funciones; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 3150
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO NUEVE
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; y conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se encuentran pegados en el presente expediente el cargo del edicto ni su respectiva publicación en e diario “La Región”, del inculpado RICARDO MACA SANCHEZ;  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a efectos de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día veinticinco de octubre del dos mil doce a horas diez con diez de la mañana,  debiendo de notificarse al inculpado RICARDO MACA SANCHEZ mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.-
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 02826
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CINCO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar al inculpado JORGE ANTONIO PEZO BARDALES al haber sido devuelto los cargos de notificación y anexos con razón de dicho por el notificador judicial, conforme es de verse de fojas treinta y tres y treinta y cuatro,  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día veintinueve de octubre del dos mil doce a horas nueve con diez de la mañana, debiendo de notificarse al inculpado JORGE ANTONIO PEZO BARDALES mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia;  interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2012 – 00194
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CINCO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar al inculpado MARLON AQUITUARI ARIRAMA al haber sido devuelto los cargos de notificación y anexos con razón de dicho por el notificador judicial, conforme es de verse de fojas setenta y dos,  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día veintinueve de octubre del dos mil doce a horas diez con diez de la mañana, debiendo de notificarse al inculpado MARLON AQUITUARI ARIRAMA mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 3103
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar a la inculpada WILMA CRUZ TORRES puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión a la mencionada inculpada,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta de octubre del dos mil doce a horas nueve con diez de la mañana, debiendo de notificarse a la inculpada WILMA CRUZ TORRES mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 2858
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar a la inculpada DEYVI MARGARITA ARANA TANANTA puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión a la mencionada inculpada,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta de octubre del dos mil doce a horas ocho con diez de la mañana, debiendo de notificarse a la inculpada DEYVI MARGARITA ARANA TANANTA mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.-
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 2975
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar a la inculpada ARSEÑA ELIZABETH BALLESTEROS CATASHUNGA puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión a la mencionada inculpada,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta y uno de octubre del dos mil doce a horas diez con diez de la mañana, debiendo de notificarse a la inculpada ARSEÑA ELIZABETH BALLESTEROS CATASHUNGA mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2011 – 1874
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO SEIS
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar al inculpado RODRIGO SUAREZ PIZARRO puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión al mencionado inculpado,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta de octubre del dos mil doce a horas diez con diez de la mañana, debiendo de notificarse al inculpado RODRIGO SUAREZ PIZARRO mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)

EDICTO
TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
SEDE: GRAU CON LETICIA (FRENTE A LA PLAZA BOLOGNESI)
Expediente No. 2012 – 00275
Señor Juez:
Doy cuenta a Usted de estos autos en la fecha, haciendo de su conocimiento que no se le ha dado el impulso procesal correspondiente por haberse encontrado el juzgado  trasladándose a su nuevo local.- Lo que hago saber a Usted para los fines consiguientes.
Iquitos, 09 de octubre del 2012.
RESOLUCION NÚMERO CINCO
Iquitos, nueve de Octubre
Del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, previamente el señor juez que suscribe se AVOCA al conocimiento del presente proceso por disposición superior; con la razón del cursor que se tiene presente; y con el dictamen fiscal que antecede, el que se manda agregar a los autos; al principal: Conforme a lo solicitado por el señor representante del Ministerio Público y de la revisión de autos se tiene que no se ha logrado notificar a la inculpada ADRIANA GRISEL MARIÑO SHUPINGAHUA puesto que en autos no consta, el edicto, ni su respectiva publicación en el diario “La Región”,  y a fin de no dejar en indefensión a la mencionada inculpada,  señálese como nueva fecha, a fin de que concurra al juzgado a rendir su declaración instructiva, el día treinta de octubre del dos mil doce a horas once con diez de la mañana, debiendo de notificarse a la inculpada ADRIANA GRISEL MARIÑO SHUPINGAHUA mediante CÉDULA Y EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; al único otrosí: Téngase presente; interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior; Hágase saber.
V-3(18,19 y 22)