EDICTOS

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00070-2009-0-1903-JR-PE-03
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: LLERENA AREVALO, FERNANDO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 7-10 AÑOS).
AGRAVIADO: MHMI
EDICTO
Señálese como nueva fecha para la declaración instructiva del inculpado FERNANDO LLERENA AREVALO el día cuatro de julio del dos mil once a horas dos y diez de la tarde, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia.
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(08,09 y 10)

 

 

Exp. N° 2002-153
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quito Juzgado penal de Maynas, cita y llama a la persona de JORGE ARELLANO MONZON, para recibir su declaración indagatoria señalándose para el día QUINCE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de hacerlo por edicto, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza por la Policía Judicial en caso de inconcurrencia; dispuesto así en el proceso 2002-153. Recomposición.
Iquitos, 31 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00337-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto juzgado penal, hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente: HABILITESE fecha a efectos de recibirse la declaración instructiva del procesado EDGARD ROBER  PANDURO NORONHA, para el día DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo el procesado hacerse presente en el local del Juzgado, en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, quedando bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. Dispuesto así en la Instrucción N° 337-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 30 de mayo de 2011
V-3(08,09 y 10)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00410-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado penal de Maynas hace de conocimiento que ola señora Juez ha dispuesto lo siguiente: HABILITESE fecha y hora, para recibir la declaración referencial de la menor JAJAYRA RIOS CORDOVA, para el día NUEVE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA notificándosele por cédula de ley, y emplazarlo por edicto penal; debiéndose contar con la presencia del Fiscal de familia, notificándose para tal fin. Dispuesto así en la Instrucción N° 410-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 31 de mayo de 2011
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2011-605
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y llama a la persona de DERCY JACINTO INSAPILLO SAMPI, para el día DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, quien deberá concurrir conjuntamente con su abogado defensor o en su defecto el Juzgado le designara uno de oficio; notificándosele al procesado para su concurrencia mediante cédula de notificación, sin perjuicio de ser notificado mediante Edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo AUSENTE y ordenarse su captura A NIVEL NACIONAL en caso de inconcurrencia; por estar dispuesto en el proceso 2011-605.
Iquitos, 23 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00777-2010-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
TERCERO CIVIL: SALAS MUÑOZ, JOSE
IMPUTADO: GUERRA PEREZ, RICHARD KENDER
DELITO: LESIONES CULPOSAS
AGRAVIADO: GUZMAN ALVAN, MARIA SOLEDAD
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal, en cumplimiento de lo ordenado por la señora juez mediante resolución número once, hace de conocimiento del Tercero Civilmente Responsable JOSE SALAS MUÑOZ, lo siguiente:
SENTENCIA CONDENATORIA
RESOLUCION NÚMERO OCHO   Iquitos, siete de octubre del dos mil diez.-
VISTO; (…); FALLO: APROBANDO el ACUERDO contenido en el Acta de la Audiencia Especial y Privada de Terminación Anticipada del Proceso,  y DECLARO al procesado RICHARD KENDER  GUERRA PEREZ, cuyas generales de ley constan en autos, como autor convicto y confeso del delito contra la vida, el cuerpo y la salud- Lesiones Leves agravadas, previsto en el cuarto párrafo del articulo ciento veinticuatro del Código Penal, en agravio de MARIA SOLEDAD GUZMAN ALVAN, y como tal le impongo la pena privativa de libertad de TRES AÑOS suspendida en su ejecución por el plazo de DOS AÑOS, e inhabilitación por tiempo igual a la pena para conducir o tramitar licencia de conducir vehículos, de conformidad con lo establecido en el inciso siete del artículo treinta y seis del Código Penal, sujeto a las siguientes reglas de conducta: a) No ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juzgado; b) Concurrir al local del Juzgado a fin de controlarse cada treinta días; c) No frecuentar lugares de dudosa reputación; d) Reparar el daño ocasionado, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo cincuenta y nueve del Código penal en caso de incumplimiento. FIJO POR CONCEPTO DE REPARACIÓN CIVIL la suma de: UN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES, que deberá abonar el sentenciado en forma solidaria con el Tercero Civilmente Responsable don JOSE SALAS MUÑOZ a favor de la agraviada MARIA SOLEDAD GUZMAN ALVAN. DÉSE lectura con citación del representante del Ministerio Público y de las partes, y ejecutoriada que sea la presente resolución, (…).
V-3(08,09 y 10)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00894-2011-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: DORADO GUERRA, ORLANDO
DELITO: PECULADO
PAINO INUMA, ALDO CAMILO
DELITO: INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES.
AGRAVIADO: EL ESTADO MUNICIPALIDAD DE AMAZONAS ,
EDICTO
Señálese como nueva fecha para la testimonial de los mencionados testigos el día doce de julio del dos mil once a horas siete con cincuenta, ocho con veinte, ocho con cincuenta, nueve con veinte, nueve con cincuenta, diez con veinte, diez con cincuenta y once con veinte, respectivamente, bajo apercibimiento de ser conducidos con el auxilio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; hágase saber.
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2006-1273
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado penal de Maynas
EDICTO
Por  el presente documento el Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y llama a la persona de MONICA LUCILA DIAZ RIOS para el día QUINCE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, en el local del Juzgado. Asimismo, se hace saber a los procesados JUAN RUIZ CHISTAMA y JEYCEN CORNEJO MURRIETA , que se emitió la resolución siguiente: RESOLUCION NUMERO DIEZ. Iquitos, cinco de abril del dos mil once. AUTOS y  VISTOS; dado cuenta con la razón del cursor que antecede: Téngase presente, y con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente; y ATENDIENDO: PRIMERO.- Que, mediante resolución número  nueve su fecha  veintitrés de setiembre del  dos mil diez, que dispone remitir los autos a Fiscalía para que proceda conforme a sus atribuciones; SEGUNDO.- Que, en ese orden de ideas la Fiscalía, advierte que no se especificó la específica calificación jurídica que conforman los hechos imputados, y no se ha identificado plenamente al denunciado GEYSER CORNEJO MURRIETA, habiéndose recabado la ficha RENIEC de JEYCEN CORNEJO MURRIETA, quien domicilia en la zona que se produjo la litis, por lo que, a fin de evitar futuras nulidades, el despacho fiscal solicita se deja sin efecto el Dictamen de folios cuarentiseis al cuarenta y siete y se aclare la denuncia de folios quince al dieciséis  en el sentido que el tipo penal aplicable es el artículo primer (en cuanto a la pena) y segundo párrafo del artículo 122-A del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos, concordante con el primer párrafo del artículo 122 (tipo base) del mismo cuerpo normativo, que a la letra dice: ARTÍCULO 122 A – Primer Párrafo: En el caso previsto en la primera parte del artículo anterior, cuando la víctima sea menor de catorce años y el agente sea el padre, madre, tutor, guardador o responsable de aquel, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años, suspensión de la patria potestad según el literal b) del artículo 83 del Código de los Niños y Adolescentes e inhabilitación a que se refiere el artículo 36 inciso 5. Segundo Párrafo: Igual pena se aplicará cuando el agente sea el cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente natural o adoptivo, o pariente colateral de la víctima. Artículo 122. Primer Párrafo: El que causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud que requiera más de diez y menos de treinta días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a ciento cincuenta días – multa; en consecuencia: y para los fines de evitar futuras nulidades: SE RESUELVE:  ACLARAR la denuncia de folios quince al dieciséis en el sentido que el tipo penal aplicable es el artículo primer (en cuanto a la pena) y segundo párrafo del artículo 122-A del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos, concordante con el primer párrafo del artículo 122 (tipo base) del mismo cuerpo normativo, que a la letra dice: ARTÍCULO 122 A – Primer Párrafo: En el caso previsto en la primera parte del artículo anterior, cuando la víctima sea menor de catorce años y el agente sea el padre, madre, tutor, guardador o responsable de aquel, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años, suspensión de la patria potestad según el literal b) del artículo 83 del Código de los Niños y Adolescentes e inhabilitación a que se refiere el artículo 36 inciso 5. Segundo Párrafo: Igual pena se aplicará cuando el agente sea el cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente natural o adoptivo, o pariente colateral de la víctima. Artículo 122. Primer Párrafo: El que causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud que requiera más de diez y menos de treinta días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a ciento cincuenta días – multa;  y téngase por aclarado y corregido el verdadero nombre del procesado por el de JEYCEN CORNEJO MURRIETA; quedando subsistente en todo lo demás la referida denuncia. Y por lo tanto: AMPLÍESE el auto de apertura de instrucción de fojas diecisiete a diecinueve de autos, en el sentido que el tipo penal aplicable es el artículo primer (en cuanto a la pena) y segundo párrafo del artículo 122-A del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos, concordante con el primer párrafo del artículo 122 (tipo base) del mismo cuerpo normativo, que a la letra dice: ARTÍCULO 122 A – Primer Párrafo: En el caso previsto en la primera parte del artículo anterior, cuando la víctima sea menor de catorce años y el agente sea el padre, madre, tutor, guardador o responsable de aquel, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años, suspensión de la patria potestad según el literal b) del artículo 83 del Código de los Niños y Adolescentes e inhabilitación a que se refiere el artículo 36 inciso 5. Segundo Párrafo: Igual pena se aplicará cuando el agente sea el cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente natural o adoptivo, o pariente colateral de la víctima. Artículo 122. Primer Párrafo: El que causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud que requiera más de diez y menos de treinta días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a ciento cincuenta días – multa;  y téngase por aclarado y corregido el verdadero nombre del procesado por el de JEYCEN CORNEJO MURRIETA  SUBSISTIENDO en todo lo demás el aludido auto; asimismo, y para los fines de no recortar el derecho a la defensa, de conformidad con el artículo doscientos ochenticinco-A, segundo apartado del Código de Procedimientos Penales, aplicable por extensión en este proceso: PÓNGASE en consideración de esta ampliación a las partes, por el término de OCHO DÍAS (…); por haberse así dispuesto en el proceso 2006-1273 que se sigue contra Geiser cornejo Murrieta y otro por el Delito de Lesiones Graves en agravio de Monica Lucila Díaz Ríos
Iquitos, 31 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

Instr. N° 2007-2782.
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez: Se NOTIFICA a la agraviada JOSEFINA PEREZ HUALINGA, para que se presente ante el local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, para que proceda al reconocimiento de persona, señalado para el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de ser conducida de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2007-2782, seguida contra JUAN MANIHUARI ARIMUYA, por delito de lesiones leves  agravadas, en agravio de la referida.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 30 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2010-804-52
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado Penal de Maynas: Cita y llama a la persona de JUAN CARLOS TUESTA TAFUR, asistido de su abogado defensor; diligencia que se realizará en el del Juzgado; para el día DIECISÉIS DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, notificándoseles por cédula de ley; sin perjuicio de que a los Procuradores Público de la SUNARP y RENIEC, se les notifique vía edicto penal, por intermedio del Diario Oficial “El Peruano”, quedando bajo apercibimiento de llevar a cabo la diligencia, en caso de inconcurrencia; debiendo notificarse al procesado para que asista en la fecha y hora señalada, bajo apercibimiento de tenerse por no puesta la Terminación anticipada ordenada en autos y proseguir conforme a su estado en el cuaderno principal. Y notifíquese válidamente al procesado en su domicilio procesal; dispuesto en el proceso 2010-804-52 por el delito de Falsificación de documento en contra del referido líneas arriba en agravio del Estado.
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2010-2371
5to. Juzgado Penal de Maynas
Sec. Gamaniel Laulate
EDICTO
Por el presente, la señora Juez del Quinto Juzgado cita y llama a la persona de BLANCA FLOR CABRAL VIENA, para que rinda su declaración testimonial para el día DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza por la Policía Judicial en caso de inconcurrencia. Asimismo: HABILÍTESE FECHA Y HORA para recibir la declaración referencial de la menor de iniciales M.C.V.,  quien estará en compañía de sus padres, hermano o persona mayor debidamente acreditado para el día DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA en el local del Juzgado, notificándose para su concurrencia en su domicilio de su hermana y notificándose a la Fiscal de Familia para que este presente a la precitada diligencia; por estar así dispuesto en el expediente N° 2010-2371.
Iquitos, 23 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2010-2372
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado cita y llama a la persona de ROBINSON VELASCO ANDRADE, para que se presente al Local del Juzgado a fin de recabarse su declaración instructiva. Asimismo, cita y llama a las personas de MANUEL GREFA VEGA, VITELIA DE JESUS SOUZA MANIHUARI, JAMADALI GREFA LOPEZ, JAIME VILCHEZ CACHIQUE y JULIO CAMPOS TAMANI para el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA; NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA; DIEZ DE LA MAÑANA; DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA y ONCE DE LA MAÑANA respectivamente en el orden mencionado en el local del Juzgado, notificándosele para tal fin por cédula de ley sin perjuicio de hacerlo por edicto, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza en caso de inconcurrencia; por estar así dispuesto en el proceso 2010 seguido contra Robinson Velasco Andrade por el Delito de Asesinato en agravio de Jairo Antonio Pescador Morales
Iquitos, 30 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

EXP. N° 2010-3456
SEC. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal
EDICTO PENAL
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza a los procesados CESAR RUIZ ESCOBAR, NEMIAS MACA AMARAL, JORGE ANIVAL CUELO RUBIO, JUAN DAVID VARGAS TARICUARIMA, JACK ROY SILVA HUAYLLAHUA, ANDREY ROBERTO DEL AGUILA PEREZ y MIJHAIL AMBROSIO CASTRO GARCIA, para que rindan su declaración instructiva para el día TRECE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA; DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA; ONCE DE LA MAÑANA; ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA; DOCE DEL MEDIODIA; DOS DE LA TARDE; DOS Y TREINTA DE LA TARDE y TRES DE LA TARDE respectivamente en el orden mencionado debiendo asistir con su abogado de elección, caso contrario se designara un abogado de oficio, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente en caso de inconcurrencia, notificándose por cédula de ley sin perjuicio de hacerlo por edicto tanto a nivel regional como nacional. Asimismo: Recíbase la declaración preventiva de RAFAEL CACHIQUE COQUINCHE y WILLY VICTOR GAVILAN GONGORA para el da  TRECE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS TRES DE LA TARDE y TRES Y TREINTA DE LA TARDE respectivamente en el orden mencionado, por estar así ordenado en la instrucción N° 2010-3456, seguido contra CESAR RUIZ ESCOBAR Y OTROS, por el delito de Tortura, en agravio de Estado peruano.
Iquitos, 30 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2010-3483
5to. Juzgado Penal de Maynas
Sec. Gamaniel Laulate
EDICTO
Por el presente, la señora Juez del Quinto Juzgado Penal De Maynas cita y llama a la persona de JULIO MANUEL PEREYRA CHAVEZ, para que se apersone al local del Juzgado para el día NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA; para rendir su declaración testimonial; por estar así dispuesto en el expediente N° 2010-3483, seguido por el Delito de Agravado
Iquitos, 23 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02385-2010-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado LUIS GUSTAVO ICOMENA MORI, para el día DIECISISETE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del juzgado en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, quedando el procesado bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia, (…); así mismo, RECIBASE la declaración testimonial del Tercero civilmente Responsable JOMBER DUILIO VENANCIO GALAN, y de la testigo MARLENE DIAZ GIL para el día DIECISISETE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ Y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, (…), RECIBASE la declaración testimonial de JENNY LEIDI PANDURO para el día DIECISISETE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, quedando bajo apercibimiento de ordenarse su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia (…).
Iquitos, 20 de mayo de 2011
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2010-2387
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento que se emitió la resolución correspondiente: RESOLUCION NUMERO DIEZ. Iquitos, tres de mayo del dos mil once.    (…), y PRACTÍQUESE UNA Inspección ocular y reconstrucción de los hechos, sito en carretera a Santa clara – San Juan Bautista en el interior del Hospedaje “Monalisa”, señalándose para el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, notificándoseles por cédula de ley a las partes procesales para el conocimiento del mismo y estén presente en la mencionada diligencia a realizarse, sin perjuicio de notificarlos por edicto: dispuesto en el proceso 2010-2387.
Iquitos, 30 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02427-2010-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
IMPUTADO: OSORIO VILELA, JOSE DEMETRIO
DELITO: DEPREDACIÓN DE BOSQUES LEGALMENTE PROTEGIDOS.
BOCANEGRA YCAHUATE, WAGNER
DELITO: DEPREDACIÓN DE BOSQUES LEGALMENTE PROTEGIDOS.
AGRAVIADO: EL ESTADO
EDICTO
El quinto juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora juez ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO   Iquitos, uno de junio de dos mil once.-    AUTOS y  VISTOS; (…) RECIBASE la declaración preventiva del Procurador Público del Gobierno Regional de Loreto, para el día TRECE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA; (…), SEÑALESE nueva fecha y hora a efectos de recibirse la declaración instructiva del procesado  WAGNER BOCANEGRA ICAHUATE, la misma que se realizará el día TRECE DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, debiendo concurrir en compañía de su abogado defensor, caos contrario se le nombrará uno de oficio, recordándosele al  procesado que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. (…) DECLÁRESE reo ausente al procesado JOSE DEMETRIO OSORIO VILLANUEVA y, disponiéndose su búsqueda a nivel nacional, captura aprehensión y puesta a disposición de este Juzgado; OFICIÁNDOSE a la Policía Judicial-Iquitos, y a la Dirección de Requisitorias de la Policía Judicial-DIRPOJ-Lima, disponiéndose así también el registro de las requisitorias, en la Oficina Distrital de Requisitorias de la Corte Superior de Loreto, y NOMBRESE como su abogada defensora a la de oficio CELIA AURORA ACUY TORRES, quien en el día deberá prestar su juramento de ley. (…).
Iquitos, 01 de junio de 2011
V-3(08,09 y 10)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02654-2010-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
TERCERO CIVIL: COLLANTES PEREZ, KATTY
IMPUTADO: YUMBATO HUAMAN, JUNIOR
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
EDICTO
Recíbase la declaración instructiva del inculpado JUNIOR YUMBATO HUAMAN el día veintidós de junio del dos mil once a horas tres y treinta de la tarde, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(08,09 y 10)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02742-2010-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: CARRION RAMIREZ, DANIEL ALCIDES
DELITO: RECEPTACIÓN
AGRAVIADO: RIOS MONTES, JEFFERSON PAOLO
EDICTO
Señálese como nueva fecha para la continuación de la declaración instructiva del mencionado procesado el día cinco de julio del dos mil once a horas ocho con veinte de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia;
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(08,09 y 10)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02774-2010-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: AQUIJE NUÑEZ, CLAUDIA NATHALY
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: RAMIREZ ALVAREZ, SALVIA IRENE
EDICTO
Recíbase la continuación de la declaración instructiva de la inculpada CLAUDIA NATHALY AQUIJE NUÑEZ el día veintitrés de junio del dos mil once a horas dos de la tarde, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional.
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3/08,09 y 10)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02778-2010-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: SAQUIRAY GUIMARAES, JOSE DE LOS SANTOS
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: APAGUEÑO ESCALANTE, ILIANA
EDICTO
Señálese como nueva fecha para la realización de la diligencia de declaración instructiva del inculpado JOSE DE LOS SANTOS SAQUIRAY GUIMARAES, el día veintiocho de junio del dos mil once a horas dos de la tarde, notificándosele, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia;
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(08,09 y 10)

 

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02802-2010-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: ASPAJO CARDENAS, EDUARDO ALBERTO
DELITO: RECEPTACIÓN
AGRAVIADO: TORREJON BARBARAN, ELMER AUGUSTO
EDICTO
Se resuelve no se ha indicado el delito por el cual se apertura proceso al inculpado EDUARDO ALBERTO ASPAJO CARDENAS, Señálese como nueva fecha para su declaración instructiva del mencionado inculpado el día treinta de junio del dos mil once a horas doce y treinta, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional;
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(08,09 y 10)

 

Exp. N° 2010-3405
Sec. Gamaniel Laulate
5To. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
En mérito a lo dispuesto en la presente causa se ha dispuesto notificar por el presente al procesado MARVILA PADILLA GUZMAN o MARBINSILLA PADILLA PADILLA,  a fin de que se presenten al Local del Juzgado a  la Audiencia Especial de Terminación Anticipada para el día DIECISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, notificándoseles por cédula de ley al procesado y a la parte agravia da y al Ministerio Público, sin perjuicio de hacerlo por edicto, bajo apercibimiento de ser rechazado la terminación anticipada y proseguir conforme a su estado en caso de inconcurrencia del procesado; por haberse así dispuesto en el proceso 2010-3405.
Iquitos, 24 de mayo del 2011
V-3(08,09 y 10)