EDICTOS

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00299-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO.
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente: SEÑALESE fecha y hora, para recibir la declaración testimonial de  MARTÍN MESIAS MATIAS Y MARIA ELIZABETH FANO NUÑEZ, para el DÍA DOS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, notificándoseles por cédula de ley, y emplazarlo por edicto penal; quedando bajo apercibimiento de ser ordenada su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia. Por haberse dispuesto así en la Instrucción N° 299-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 16 de mayo de 2011.
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00305-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente: RECIBASE, la declaración testimonial de los efectivos policiales OMAR ARTURO MORI NACIMIENTO Y MARIN TENORIO, PARA EL DÍA PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS DOS Y TREINTA Y TRES DE LA TARDE, respectivamente y en el orden mencionado. Lo que ha sido dispuesto en la Instrucción N° 305-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 03 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00332-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente: HABILÍTESE fecha y hora a efectos de recabarse la declaración instructiva del procesado WALTER ENRIQUE DEL AGUILA MASS, la misma que se realizará día TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL ONCE, A LAS ONCE Y TREINTA  DE LA MAÑANA, debiendo concurrir en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, quedando bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente en caso de inconcurrencia, y disponerse su captura a nivel nacional.  Por haberse programado así en la Instrucción N° 332-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 11 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00368-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado penal de Maynas hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO DOS.   Iquitos, tres de mayo de dos mil once.-       AUTOS y VISTOS, (…): AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva de la encausada ELITA ALVARADO MELENDEZ, para el día TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL ONCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del Juzgado en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, quedando el procesado bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia, (…)
Iquitos 03 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)

 

Exp. N° 2002-823
SEc. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quito Juzgado penal de Maynas hace de conocimiento a ANDERSON RAMIREZ NUÑEZ, que en el proceso 2002-823 se emitió lo siguiente: RESOLUCION NUMERO CUARENTISIETE.  Iquitos, ocho de abril del dos mil once. AUTOS y  VISTOS; dado cuenta, con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente; y ATENDIENDO: PRIMERO.- Que, habiendo nuevas pruebas se remite a fiscalía para que prosiga conforme a sus atribuciones; SEGUNDO.- Que, en ese orden de ideas la fiscalía REPRODUCE el Dictamen N° 831-2005 de fecha catorce de noviembre del dos mil cinco, que obra a fojas doscientos setentidós al doscientos setenta y cuatro, solicitando la integración en el sentido que el delito de lesiones graves se encuentra previsto y penado en el primer párrafo inciso 3 del artículo 121° del Código penal (vigente al momento de los hechos) que a la letra dice: “El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de tres ni mayor de ocho años. Se consideran lesiones graves: (…) 3. Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental  de una persona que requiera treinta o más  días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa”; en consecuencia: Téngase por REPRODUCIDA su Dictamen Fiscal de fojas doscientos setentidós al doscientos setenta y cuatro de autos, e INTEGRADA  en la misma en el sentido que el delito de lesiones graves se encuentra previsto y penado en el primer párrafo inciso 3 del artículo 121° del Código penal (vigente al momento de los hechos) que a la letra dice: “El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de tres ni mayor de ocho años. Se consideran lesiones graves: (…) 3. Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental  de una persona que requiera treinta o más  días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa”;  dejando en todo lo demás que contiene los mencionados Dictámenes; y para los fines de evitar futuras nulidades: AMPLÍESE el auto de apertura de instrucción, a fin de dejar establecido que la comisión del delito instruido se encuentra previsto y penado en el primer párrafo inciso 3 del artículo 121° del Código penal (vigente al momento de los hechos) que a la letra dice: “El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido con pena privativa de libertad, no menor de tres ni mayor de ocho años. Se consideran lesiones graves: (…) 3. Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental  de una persona que requiera treinta o más  días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa”;  SUBSISTIENDO en todo lo demás el aludido auto; asimismo, y para los fines de no recortar el derecho a la defensa, de conformidad con el artículo doscientos ochenticinco-A, segundo apartado del Código de Procedimientos Penales, aplicable por extensión en este proceso: PÓNGASE en consideración de esta ampliación a las partes, por el término de OCHO DÍAS; y fecho: Póngase a mesa para expedir la resolución que corresponda; al primer, segundo y tercer otrosí digo: Téngase presente. Y la presente RESOLUCION NUMERO CUARENTA Y OCHO. Iquitos, diecisiete de mayo del dos mil once.     Dado cuenta con la razón del cursor que antecede: Téngase presente; por consiguiente al no ser debidamente notificado, y con fines de no perjudicarlo y no recortar su derecho a la defensa: NOTIFÍQUESE al encausado ANDERSON RAMIREZ NUÑEZ, en su domicilio real, sito en  CALLE LORETO S/N – FRANCISCO DE ORELLANA – RIO AMAZONAS POR EL RIO NAPO, el contenido íntegro de la resolución número  cuarenta y siete y la presente resolución, sin perjuicio de ello notifíquese por edicto penal tanto en el diario la Región como en el Peruano; y en cuanto a la devolución de cédula de Crisostomo Rengifo; dispuesto en el proceso 2002-283.
Iquitos, 17 de mayo del 2011
V-3(25,26 y 27)

 

Exp. N° 2007-1982
5to. Juzgado Penal de Maynas
Sec. Gamaniel Laulate
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y llama a la personas de OCTAVIO LÓPEZ RUIZ, REYNER VENEGAS ROJAS, JUAN AYALA ESPINAL y JAVIER LAVAJOS TELLO,  para el día OCHO DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA; NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA; DIEZ DE LA MAÑANA; y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente en el orden mencionado en el local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente en caso de inconcurrencia; por haberse así dispuesto en el proceso 2007-1982 por el Delito de Omisión de actos funcionales y otros en su contra.
Iquitos, 17 de mayo del 2011
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02380-2010-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas hace de conocimiento que la señora Juez ha dado la siguiente disposición: SEÑALESE como nueva fecha y hora, para recibir la declaración instructiva del encausado SILAS TUISIMA FERNANDEZ, para el DOS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, (…); recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo RECÍBASE la declaración preventiva del Procurador Público del Gobierno regional de Loreto, para el mismo día DOS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, Por haberse dispuesto así en la Instrucción N° 2380-2010 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 09 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)

 

EXP. N° 2010-3464
SEC. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal
EDICTO PENAL
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza a DAVID PINEDO JABA, para que rinda su declaración preventiva para el día NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, notificándosele por cédula de ley; RECÍBASE la declaración testimonial del testigo DINGER STALIN TAMANI LAICHE, para el día NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, notificándoseles por cédula de ley, quedando bajo apercibimiento de ser conducidas de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia; sin perjuicio de notificarlos por edicto, por estar así ordenado en la instrucción N° 2010-3464.
Iquitos, 16 de mayo del 2011
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 03474-2010-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
RESOLUCION NUMERO SEIS.  Iquitos, seis de mayo de dos mil once.-  AUTOS y  VISTOS; (…) SE RESUELVE: ACLARAR la Denuncia penal de fojas treinta y dos a treinta y cuatro de autos (…) Asimismo: ACLÁRESE Y AMPLÍESE   el auto apertorio de instrucción de fojas cuarenta a cuarenta y cuatro, a fin de dejar establecido que el nombre correcto del agraviado es WILSON CANGA FLORES;  SUBSISTIENDO en todo lo demás el aludido auto; poniéndose esta ampliación a conocimiento de las partes procesales; por el término de ocho días y sin perjuicio de ello, RECIBASE la declaración preventiva de WILSON CANGA FLORES PARA EL DIA TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado; (…).
Iquitos, 06 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)

 

 

EDICTO PENAL
EXP. Nº 2011-377
SECRETARIA JUDICIAL: CARDENAS
El Tercer Juzgado de Paz Letrado-Sede Comisaría que despacha el señor Juez DE LA CRUZ notifica al agraviado JAVIER PINEDO OCHOA con lo ordenado en la resolución numero dos a fin de que asista al local del Juzgado sito en Calle Ricardo Palma N° 552, a la diligencia de ESCLARECIMIENTO DE HECHOS programada para el día LUNES TREINTA DE MAYO DEL AÑO EN CURSO a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA), bajo apercibimiento al agraviado de tenerse por DESISTIDO de la presente denuncia en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 23 de mayo del 2011
V-3(25,26 y 27)

 

Exp. N°2009-1547
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado BELLA AURORA MANIHUARI CACHIQUE   para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día TREINTA  Y UNO DE MAYO  DEL DOS  MIL ONCE, a horas DOCE Y TREINTA  DEL DÍA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de LESIONES LEVES  en agravio de EDITH TORRES RUIZ .- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 16 DE MAYO  del 2011.
V-3(25,26 y 27)

 

Exp. N°2010-1112
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado EMEROSN DAVID  ROJAS HUANCI  para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTISEIS DE MAYO   DEL DOS MIL ONCE, a horas DOCE DEL MEDIO DÍA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLECIA FAMILIAR en agravio de MARIA BEATRIZ RDORGUEZ  BARVO- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 16 DE MAYO  del 2011.
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00334-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO  PENAL
El Quinto Juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento que se ha dispuesto lo siguiente: HABILITESE fecha, para recibir la declaración instructiva del encausado TITO HUAMAN NAPUCHE, para el día SEIS DE MAYO DE DOS MIL ONCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, (…); recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo RECÍBASE la declaración testimonial de la representante legal del menor agraviado, MARIA ROSA NOLORBE SALAS, para el mismo día SEIS DE MAYO DE DOS MIL ONCE A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, por haberse dispuesto así en la Instrucción N° 334-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 23 de mayo de 2011.
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00358-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento lo siguiente: SEÑALESE como nueva fecha y hora, para recibir la declaración instructiva de los encausados JOHN PAUL PANDURO TORRES Y LUIS ARMANDO LOPEZ ANGULO, para el día SEIS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, (…); recordándoseles que se encuentran bajo apercibimiento de ser declarados reos ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo RECÍBASE la declaración preventiva de la agraviada MARÍA AVELINA LOPEZ MACEDO,  y del procurador Público de la Municipalidad Provincial de Maynas, para , para el mismo día SEIS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ Y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, notificándoseles por cédula de ley; y RECÍBASE la declaración testimonial de MARILEN NORIEGA CARDENAS, para el mismo día SEIS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia. Por haberse dispuesto así en la Instrucción N° 358-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 23 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00388-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO  PENAL
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto lo siguiente:     SEÑALESE como nueva fecha y hora, para recibir la declaración instructiva del encausado GENARO SHAHUANO MURRIETA, para el día TRES DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, notificándosele por cédula de ley, y emplazarlo por edicto penal; recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo RECÍBASE la declaración     testimonial del representante legal del Tercero Civilmente Responsable, REPRESENTACIONES CARTER E.I.R.L., para el día TRES DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA notificándosele por cédula de ley; bajo apercibimiento de ser ordenada su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 23 de mayo de 2011.
V-3(25,26 y 27)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00399-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas, hace de conocimiento que se ha dispuesto lo siguiente: HABILITESE fecha a efectos de recabarse la declaración instructiva del encausado ALAN DAVILA RUIZ, para el día TRES DE JUNIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del Juzgado en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, quedando bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente en caso de inconcurrencia. Por haberse dispuesto así en la instrucción N° 399-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 23 de mayo de 2011
V-3(25,26 y 27)