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EDICTO
2009-01254
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a las partes HUAYLLAHUA MANUYAMA, PAOLA y VASQUEZ HUAYLLAHUA, JORGE LUIS, a fin de NOTIFICAR la resolución NUMERO     ONCE: SE RESUELVE: DAR POR CONCLUIDO EL PRESENTE PROCESO, ordenándose su ARCHIVO DEFINITIVO. Debiendo remitirse a la Oficina del Archivo Central de esta Sede de Corte. NOTIFIQUESE VIA EDICTO. La secretaria Judicial que da cuenta. En el proceso de VIOLENCIA FAMILIAR DEL EXPEDIENTE N° 2009-01254-0-1903-JR-FA-3, seguido por HUAYLLAHUA MANUYAMA, PAOLA contra el demandado JORGE LUIS AMASIFUEN PEREZ, WILTON. Fdo. juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y Sec. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos, 20 de Diciembre de 2010
V-3(31,03 y 04)

EDICTO
01587-2010
La Señora Juez del Juzgado Transitorio Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a las partes VASQUEZ PILCO, MARILU, y OCHAVANO VASQUEZ, BRENDA PRISCILA, a fin de que en plazo de tres días de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al proceso, a fin señalar con precisión su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Así mismo NOTIFICA la resolución número uno, mediante la cual SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra de VASQUEZ PILCO, MARILU sobre Violencia Familiar – Maltrato Físico en agravio de OCHAVANO VASQUEZ, BRENDA PRISCILA (12); notifíquese a las codemandadas para que dentro del plazo de CINCO DÌAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios y anexo que se manda agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado al Local del Juzgado, a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo diecisiete del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar-Decreto Supremo Nº 002-98-JUS; AL UNICO OTROSI DIGO: En conformidad del artículo diez del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 006-97-JUS, artículo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982,  prescribe “Recibida la petición o apreciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la Medida de Protección de Impedimento de acoso a favor de OCHAVANO VASQUEZ, BRENDA PRISCILA, otorgada por la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- Al PRIMER Y SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase presente. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Fdo Juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y secretaria judicial PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
V-3(31,03 y 04)

EDICTO
01623-2010
La Señora Juez del Juzgado Transitorio Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a las partes SANGAMA TORRES EUNICE y MALDONADO SABOYA WILLIAM, a fin de que en plazo de tres días de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al proceso, a fin señalar con precisión su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Así mismo NOTIFICA la resolución número uno, mediante la cual SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra de MALDONADO SABOYA WILLIAM sobre Violencia Familiar – Maltrato Físico en agravio de SANGAMA TORRES EUNICE; notifíquese al demandado para que dentro del plazo de CINCO DÌAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios y anexo que se manda agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado al Local del Juzgado, a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo diecisiete del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar-Decreto Supremo Nº 002-98-JUS; AL UNICO OTROSI DIGO: En conformidad del artículo diez del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 006-97-JUS, artículo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982,  prescribe “Recibida la petición o apreciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la Medida de Protección de Impedimento de acoso a favor de SANGAMA TORRES EUNICE, otorgada por la Segunda Provincial de Familia de Maynas.- Al PRIMER Y SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase presente. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Fdo Juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y secretaria judicial PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos 22 de Diciembre de 2010
V-3(31,03 y 04)

NOTIFICACION POR EDICTO
El Director Ejecutivo de Administración – Responsable de la Instancia Única de la Dirección Regional de Salud de Loreto – Lic. Julio Alberto Rivadeneira Meléndez hace de conocimiento  y notifica lo sgte: Resolución Administrativo Nº 0001-2010-GRL-DRS-LORETO/30.01, expedida en Iquitos veintisiete de diciembre del dos mil diez, cuyo texto es el siguiente: ARTÍCULO PRIMERO. RESOLVER el Contrato Administrativo de Servicios – CAS, celebrado entre la DIRESA Loreto y la C.P.C. MARIBEL PETRONILA TORRES  GALDÓS.
Lic. Julio Alberto Rivadeneira Meléndez
Director Ejecutivo de Administración
F/75767 V-1(31)

EDICTO
Ante mi oficio notarial ubicado en calle Ricardo Palma Nº 162 Iquitos, doña PATRICIA ROSSANA PALACIOS PEREZ, solicita la sucesión intestada de su extinto padre don ENRIQUE ADOLFO PALACIOS SHAPIAMA, por lo que se emplaza a doña ANA CONSUELO FERNANDEZ AREVALO, a fin de que se apersone ante mi oficio notarial para hacer valer el derecho que le corresponde como presunta heredera. Iquitos, 29 de diciembre del 2010.
ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ
Abogado
Notario de Maynas
V-3(31,03 y 04)
(S/.45.00)

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