Dueño de Alfa y de La Maloca apelan sentencia

  • Casos de empresarios José Bailón y Kramer Eléspuro, con cárcel efectiva.
  • Ambos procesados por delito contra la vida, el cuerpo y la salud.
  • Fiscalía confiaría que Sala Penal confirme las sentencias.fiscal

Recordemos que el Ministerio Público de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Liquidador de Maynas, defensores de la legalidad a cargo del fiscal provincial Raúl Arquímedes Barrezueta Reyes, acusó a dos empresarios José Silvano Bailón Gamarra y también al empresario Rafael Kramer Eléspuru Pérez, quienes habrían cometido el delito contra la vida el cuerpo y la salud -lesiones culposas graves y resistencia y desobediencia a la autoridad.
Obra en el Expediente 02430-2011-0-1903-JR-PE-06 y que mediante Resolución de Sentencia N° 18 de fecha 30 de mayo 2016, donde la jueza Rosa Estela Peláez Quipusco del Primer Juzgado Liquidador de Maynas condenó con sentencia efectiva a empresario famoso, más conocido por el sonado «Dueño de Alfa».
Se trata de José Silvano Bailón Gamarra, sentenciado a 4 años y 6 meses de pena privativa de libertad efectiva por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud – lesiones culposas graves y por el delito contra la administración de justicia en la modalidad de fuga del lugar de accidente de tránsito.
Esto fue en agravio de Julio César Zavaleta Yumbato, una persona humilde a quien lo dejaron en estado de abandono. Sin prestarle el auxilio lo dejó abandonado y dicho empresario se encuentra ahora con orden de captura.
El otro caso corresponde al Expediente N°00316-211-0-1903-JR-PR-PE-05, que mediante Resolución de Sentencia N° 46 de fecha 29 de abril 2016, donde la jueza Rosa Estela Peláez Quipusco, del Primer Juzgado Liquidador de Maynas condenó con sentencia efectiva al empresario Rafael Kramer Eléspuru Pérez (propietario de «La Maloca»), a 4 años y 6 meses de pena privativa de libertad efectiva por el delito contra la vida el cuerpo y la salud -lesiones culposas graves.
Además por el delito contra la administración pública – resistencia y desobediencia a la autoridad y en agravio del Estado peruano – Ministerio del Interior, la misma que la cumplirá en el centro penitenciario que designe el Instituto Nacional Penitenciario – INPE, en agravio de Juan Alberto Navarro Rengifo, una persona humilde al que dejó en estado de abandono, sin prestarle el auxilio humanitario y de ley.
Trascendió en el Ministerio Público-Fiscalía que ambos casos se encuentran con recursos de apelación, y que confiarían en que la sala penal confirme las resoluciones y demuestre su imparcialidad con independencia del Poder Judicial, aplicando la justicia para todos por igual, sin vulnerar el derecho de las personas agraviadas.
Es importante sugerir a la población de la región Loreto en general, a no conducir sus vehículos en aparente estado de ebriedad porque es un peligro para sus vidas y en agravio de la sociedad, o de cualquier persona. Si algún agravio sucediera por este tipo de motivaciones la administración de justicia aplicará el proceso inmediato, según resulte el caso. (D.López)