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Drel suspende a maestros por abandono de cargo

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-Sin derecho a remuneraciones

La dirección regional de Educación de Loreto, suspendió a cuatro maestros de zona rural por incumplimiento de deberes y obligaciones funcionales – abandono de cargo, sin goce de haberes. Mientras que a otros cuatro maestros se dispuso instaurar proceso administrativo  por el mismo motivo.

 

A través de la Resolución Directoral N° 1225 de la UGEL Maynas, se resolvió imponer sanción administrativa de separación temporal en el servicio, por dos meses, sin derecho a remuneraciones al docente nombrado José Aníbal Sarmiento Alarcón y al maestro contratado Oscar Silva Azañero, ambos de la institución educativa Primaria Secundaria N° 60144, pueblo de Esperanza, río Tahuayo, distrito de Fernando Lores.

 

También se impuso sanción de separación temporal por dos meses, sin goce de haber, al servidor Pedro Wong Vásquez, docente nombrado en la institución educativa N° 60220 – Manatí II Zona, perteneciente a la Red Educativa Regional de Indiana. Similar sanción recibirá la servidora Carmen Elizhet Sandy de Encinas, en su condición de docente contratada en la institución educativa inicial N° 540 «Milagro de Jesús», comunidad de Carococha, río Amazonas.

 

Por otro lado, se resolvió instaurar proceso administrativo por el presunto delito de incumplimiento de deberes y obligaciones funcionales, a la servidora Ivone Lomas Dahua, docente nombrada de la Institución Educativa Primaria de Menores N° 60864, en la comunidad de Portugal, distrito de Las Amazonas. A la maestra en condición de nombrada Ruth Rodríguez Horna de la institución educativa Primaria de Menores N° 6010129, en la comunidad de Puerto Libre, distrito de Las Amazonas.

 

Asimismo, se instauró proceso administrativo al servidor Gilber Pérez Flores, docente de la Institución Educativa Primaria Secundaria de Menores N° 60122, en San Pablo de Cuyana – río Nanay y a Ugarte Cobos Mozombite, auxiliar contratado en la institución educativa Inicial N° 350, en Santa Ana I Zona, ambos por el presunto incumplimiento de deberes y obligaciones funcionales.

 

En el caso de los maestros y auxiliar que se les abrió proceso administrativo, se les concede el plazo de 15 días hábiles para que ejerzan su derecho de defensa que les asiste, adjuntando las pruebas necesarias al pliego de descargo correspondiente. (GLP)

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